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martes, 22 de enero de 2013

Multa de la Agencia de Protección de Datos por enviar un correo electrónico masivo con las direcciones accesibles y no como destinatario oculto


Aviso a 'navegantes'. La Agencia Española de Protección de Datos ha determinado que la Fundación Santa María la Real vulneró el derecho a la privacidad de los receptores de un correo electrónico informativo por enviarlo sin ocultar sus direcciones de email. Les han impuesto una multa.
LAEDICION.NET.-REDACCIÓN.-Se trata de una sanción que sirve como aviso ante una práctica bastante extendida: un correo electrónico enviado a cientos o miles de direcciones, en el que no se ha procedido a ocultar los emails de los receptores.
El organismo denunciado, Fundación Santa María la Real, es una escuela de restauración y conservación del patrimonio, con sede en el Monasterio que lleva su mismo nombre situado en Aguilar de Campoo, provincia de Palencia.
Con motivo de la cercanía de la Feria del Libro de Madrid, la institución decidió enviar un correo electrónico a todos aquellos clientes que figuraban en su base de datos tras haber comprado alguno de los artículos que ofrece. En el caso del denunciante, una colección de DVD`s.
Este mail fue enviado a 1.000 direcciones de correo electrónico, pero por un “error involuntario” de la persona que operaba con el ordenador, tal y como reconoce la propia fundación, se envío sin ocultar la dirección de los destinatarios, de forma que todos los que lo recibían podían comprobar las direcciones del resto de receptores.
“Desde ahora, y como ya lo hicimos en dichas alegaciones previas, admitimos el error y por tanto reconocemos voluntariamente nuestra responsabilidad a efectos de la graduación de la sanción (…) que se ha tipificado como GRAVE con escala de 40.000 € a 300.000 € y que nos parece, sea dicho con todo el respeto, absolutamente desproporcionada” indicó la fundación en su carta de respuesta a la AEPD.
Finalmente, la Agencia Española de Protección de Datos, tras estudiar el expediente, ha impuesto a la fundación una multa de 2.000 euros, considerando una infracción del artículo 10 de la Ley de Protección de Datos.

domingo, 25 de noviembre de 2012

El Banco de España estudia penalizar a las entidades con más quejas



MUCHASCASAS.NET.-REDACCIÓN.-Se exigiría a todos los grupos un depósito que podrían perder por exceso de reclamaciones El Banco de España está estudiando penalizar a las entidades que superen un volumen elevado de reclamaciones o quejas, dentro de un paquete de medidas para mejorar la transparencia en el trato con los clientes. La propuesta consistiría en exigir a los bancos un depósito, que podrían llegar a perder si supera un cierto límite en el volumen de reclamaciones.

Así lo puso de manifiesto el secretario general del Banco de España, Francisco Javier Priego Pérez, durante su comparecencia a puerta cerrada en la Subcomisión de Transparencia de Productos Financieros e Hipotecarios del Congreso el pasado 7 de noviembre, según consta en las actas de la reunión a las que ha tenido acceso Efe.

En cuanto a las "insuficiencias" en relación con los productos financieros complejos, explicó que valoran una propuesta del Defensor del Pueblo para "incluir también algún símbolo fácilmente comprensible sobre el grado de riesgo asociado al mismo". El Defensor del Pueblo sugirió el sistema de los semáforos, con el que se puede hacer una escala de tres colores (rojo, amarillo o ámbar, y verde) de manera que el cliente pudiera asociar "rojo" con un producto de riesgo. El ámbar y el verde serían para productos sin riesgo aparente, explicó Priego, quien añadió que al Banco de España le parece "una idea útil".

 

 

 

 

lunes, 15 de octubre de 2012

eeuu demanda al banco jpmorgan por fraude en las hipotecas de alto riesgo



la fiscalía general del estado de nueva york ha presentado una demanda civil contra el banco estadounidense jpmorgan chase por fraude con las hipotecas de alto riesgo. estos préstamos para la compra de vivienda fueron concedidos por el banco bear stearns, que fue adquirido por jpmorgan en 2008, tras reconocer que tenía problemas de liquidez
un portavoz de la oficina del fiscal general de nueva york, Eric Scheneiderman, precisó que la demanda afecta a la actuación del banco de inversiones Bear Stearns entre 2005 y 2007, antes de ser adquirido por JPMorgan Chase
según los términos de la demanda civil, presentada ante el Tribunal Supremo del estado de Nueva York, las pérdidas provocadas por los títulos respaldados con hipotecas de alto riesgo de Bear Stearns sumaron 22.500 millones de dólares entre 2006 y 2007. las autoridades quieren que jpmorgan haga frente al pago de una indemnización cuya cuantía todavía no ha sido revelada por los daños causados de forma directa o indirecta por la comercialización de esas hipotecas

Es la primera vez en las que las autoridades presentan cargos contra un gran banco desde la creación en enero pasado de un equipo especial para investigar y perseguir las prácticas que condujeron a la crisis hipotecaria por parte de la Casa Blanca
 el telégrafo

hoy atentos a los mercados por la incertidumbre del rescate a españa y a la venta de coches en eeuu
las matriculaciones de vehículos caen un 38,6% en septiembre tras el repunte de agosto por el alza del iva
la seguridad social pierde 86.174 afiliados y suma dos meses en negativo
google supera por primera vez a microsoft en capitalización bursátil

miércoles, 13 de junio de 2012

Francia impondrá castigos a los alquileres abusivos

Los microespacios, muy de moda en el país vecino, se vuelven la única alternativa para estudiantes y personas sin recursos. Los problemas a la hora de alquilar también se suceden en el país vecino. Ocho millones de personas viven en condiciones de hacinamiento en Francia, según la fundación Abee Pierre, y más del 60% de los franceses aseguran tener problemas para encontrar una casa en la que vivir por culpa de los precios, según Ipsos. El Gobierno francés ha aprobado una norma para regular los excesos y exigirá más impuestos a los que más pidan al inquilino, sobre todo en lo referente a los microespacios, muy de moda en París y alrededores de la capital gala. El mercado de la vivienda en Francia ha sufrido una subida anual de cerca del 2% en los alquileres, el incremento más alto desde 2009. Desde el año 2000, los precios del mercado inmobiliario acumulan una subida del 125%, en el caso de los apartamentos usados, y del 80% en el caso de las casas, según datos de la Federación Nacional de Agencias Inmobiliarias (Fnaim).

miércoles, 29 de febrero de 2012

LA CNC IMPONE A IBERDROLA UNA MULTA DE MÁS DE 10 MILLONES DE EUROS

La Comisión Nacional de la Competencia ha impuesto a Iberdrola una multa de 10.685.000€ por el traspaso de clientes desde la comercializadora de último recurso hasta la comercializadora en mercado libre sin recabar el consentimiento expreso del consumidor exigido por la normativa sectorial.
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN.-.- Con fecha 23 de diciembre de 2009, tuvo entrada en la Comisión Nacional de la Competencia denuncia presentada por Gas Natural Servicios SDG, S.A. y Unión Fenosa Comercial, S.L. contra Iberdrola por el traspaso de contratos desde la comercializadora de último recurso hasta la comercializadora en mercado libre, sin recabar el consentimiento expreso del consumidor, exigido por la normativa sectorial.
El 1 de julio de 2010, la Dirección de investigación de la CNC acordó la incoación de expediente sancionador (S/0213/10 Iberdrola Sur) contra Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U. (Ibercur), Iberdrola, S.A. e Iberdrola Generación S.A.U. por una posible infracción del artículo 3 de la Ley de Defensa de la Competencia, consistente en el falseamiento de la libre competencia por actos desleales. El artículo 3 permite la intervención de las autoridades de competencia cuando los actos de competencia desleal falseen la competencia en el mercado afectando al interés público
De acuerdo con la normativa sectorial (Orden ITC/1659/2009), es necesario el consentimiento expreso del cliente para el cambio de suministrador de energía eléctrica. Desde agosto de 2009 a marzo de 2010, Iberdrola procedió a traspasar clientes sin su consentimiento desde la comercializadora de último recurso de su grupo hasta la comercializadora en mercado libre.
En su Resolución de 24 de febrero de 2012, el Consejo de la CNC considera acreditado que Iberdrola incumplió lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Orden ITC/1659/2009 al no solicitar el consentimiento expreso de los consumidores en todos los cambios de suministrador llevados a cabo. En virtud de lo dispuesto en el artículo 15.2 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal se considera desleal la infracción de normas jurídicas que tengan por objeto la regulación de la actividad concurrencial en el mercado.
El Consejo de la CNC destaca en su Resolución que dicha infracción se produjo en un momento en el que la liberalización del mercado minorista de suministro de electricidad iba a desplegar todos sus efectos. Los comercializadores libres podían competir por los consumidores que iban a ser suministrados transitoriamente por una comercializadora 2

domingo, 26 de febrero de 2012

LA CNC IMPONE A ENDESA MULTAS POR ABUSAR DE SU POSICIÓN DE DOMINIO

El Consejo de la CNC ha impuesto a Endesa Distribución Eléctrica S.A. dos multas de 14.967.960 € y de 8.158.000€ por abusar de su posición de dominio como distribuidora de energía eléctrica.
Madrid, 22 de febrero de 2012.
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN.-.- El expediente (S/0211/09 Endesa Instalación) tiene su origen en una denuncia presentada por la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de España (FENIE). Como resultado del mismo, el consejo de la CNC ha declarado a Endesa Distribución Eléctrica S.A. responsable de dos infracciones de abuso de posición de dominio.
Ambas infracciones tienen que ver con el mercado de las instalaciones eléctricas. Este mercado comprende la realización de las obras necesarias (acometida, enganche, extensiones, conexión, etc.) para la conexión de la red de distribución con las instalaciones receptoras de los usuarios finales. La normativa distingue entre las actividades de instalación que están reservadas a los distribuidores y las que no. La ejecución de las instalaciones no reservadas al distribuidor puede llevarse a cabo en libre competencia por cualquier instalador autorizado.
Respecto a la primera infracción, Endesa habría aprovechado su posición en el mercado de la distribución para distorsionar la competencia en el mercado conexo de las instalaciones no reservadas, en el que también opera.
Endesa ha utilizado la información sobre las solicitudes de suministro a la que tenía acceso privilegiado por su condición de distribuidor (la identidad de cada cliente que necesitaba una instalación y todos los detalles técnicos del punto de suministro) para ofertar la ejecución de los trabajos de instalaciones eléctricas a los clientes de mayor tamaño del mercado. Esta conducta dificulta que el resto de operadores presentes en el mercado de instalaciones pueda competir con Endesa Distribución Eléctrica en situación de mínima igualdad de condiciones en sus zonas de distribución por la parte más atractiva del mercado.
Por esta infracción se ha impuesto a Endesa una multa de 14.967.960 €.
No es la primera vez que las autoridades de competencia imponen multas por conductas como esta. En el año 2011, las distribuidoras de los grupos empresariales E.ON, Gas Natural Fenosa e Hidrocantábrico fueron multadas por un comportamiento similar, como también lo fue la propia Endesa en 2006 por realizar una conducta parecida en la Isla de Mallorca.
Respecto a la segunda conducta, el Consejo considera que Endesa ha abusado de su posición de dominio por cobrar a los clientes por la ejecución de los trabajos de 2
entronque y conexión de la instalación. La norma prevé que estos trabajos deben ser realizados por el distribuidor a su costa. Sin embargo, durante un determinado periodo la distribuidora cobró a los clientes por ello, lo que ha sido considerado un abuso explotativo. Por esta infracción se ha impuesto a ENDESA una multa de 8.158.000

miércoles, 22 de febrero de 2012

Reino Unido multa al Banco Santander por información deficiente de sus productos estructurados

Vendió productos de inversión a sus clientes sin informarles de las circunstancias en que su dinero quedaría protegido por garantías estatales
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN.-.- El supervisor de Reino Unido (FSA por sus siglas en inglés) le ha impuesto una multa al Banco Santander de 1,8 millones de euros (1,5 millones de libras esterlinas) por información deficiente sobre sus productos estructurados, informó el organismo británico.
Los productos estructurados se basan en una combinación de diferentes inversiones en las que la rentabilidad o el coste de financiación está relacionada con la evolución que experimente una referencia concreta, por ejemplo la Bolsa.
Concretamente, la FSA considera que el banco que preside Emilio Botín no ofreció toda la información respecto a la cobertura de dichos productos por parte del esquema de compensación de servicios financieros (FSCS). Los clientes de productos estructurados de la entidad comenzaron a preguntar sobre la amplitud de la cobertura que podrían encontrar en dicho esquema de compensación a finales del ejercicio 2008, pero no fue hasta enero de 2010 que el Santander empezó a aclarar sus interrogantes.
Durante este periodo, el Santander comercializó productos estructurados por importe de 3,2 millones de euros (2,7 millones de libras), de los que se contrataron productos por 1,4 millones de euros (1,2 millones de libras) después de junio de 2009, fecha en la que se concluyó que la cobertura de dos de sus productos era limitada.
Santander no recurrirá
Según una responsable de la FSA, Tracey McDermott, "cuando las firmas informan a los consumidores sobre sus productos, ésta ha de ser correcta y sin ambigüedades. Al fin y al cabo, se trata de ayudar a la gente a tomar decisiones sobre dónde invertir". "Teniendo en cuenta que las ventas de estos productos se produjo entre 2008 y 2009, un periodo de incertidumbre financiera, Santander debería haber reaccionado con celeridad para confirmar bajo qué circunstancias estaría disponible la cobertura de la FSCS", argumentó.
Por su parte, fuentes oficiales del grupo cántabro indicaron a Europa Press que "Santander está decepcionado con la decisión", que considera desproporcionada, y ha registrado su oposición a la FSA. La entidad que dirige Ana Patricia Botín en Reino Unido subrayó que no existe indicación de que los productos fueran vendidos a clientes no cualificados y que ningún cliente ha sufrido una pérdida financiera. Sin embargo, para evitar una larga investigación, Santander ha decidido no recurrir la decisión o la multa.

viernes, 17 de febrero de 2012

LA CNC IMPONE A ABERTIS TELECOM S.A.U. UNA SANCIÓN DE 13.755.000€ POR ABUSO DE POSICIÓN DE DOMINIO

LA CNC IMPONE A ABERTIS TELECOM S.A.U. UNA SANCIÓN DE 13.755.000€ POR ABUSO DE POSICIÓN DE DOMINIO
La Comisión Nacional de la Competencia ha dictado resolución declarando la comisión por parte de Abertis Telecom S.A.U. de un abuso de su posición de dominio en el mercado de los servicios de transporte distribución de la señal de TDT.
MUCHASCASAS.NET.- DANIELLA MONTENEGRO.- Madrid, 9 de febrero de 2012. En abril de 2010 la Dirección de Investigación de la CNC incoó un expediente sancionador contra ABERTIS TELECOM S.A.U. por un supuesto abuso de posición de dominio por el que se estaría impidiendo la entrada de competidores al mercado de los servicios de transporte distribución de la señal de TDT. El expediente (S/0207/09 Transporte Televisión) se habría originado por una denuncia de ASTRA.
ABERTIS viene obligado por regulación de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) a permitir el acceso a su red de emplazamientos y centros de emisión para la difusión de señales de TDT por constituir un activo irreplicable y necesario para la prestación del servicio de transporte y difusión de la señal de TDT. La propia ABERTIS también presta estos servicios de transporte y difusión a los operadores de televisión, en los que también tiene una posición de dominio.
La Dirección de Investigación ha constatado tras un minucioso análisis de los costes e ingresos de ABERTIS que, a los precios a los que esta empresa presta el servicio de acceso a sus centros y dadas las condiciones que tiene pactadas con los clientes en el mercado minorista, los competidores tan eficientes como ABERTIS no tienen margen para sobrevivir en el mercado de los servicios de transporte distribución de la señal de TDT. Este tipo de práctica, que técnicamente se denomina un estrechamiento de márgenes, es considerada abusiva en el derecho de la competencia comunitario y nacional.
El Consejo de la CNC, vista de la propuesta de la Dirección de Investigación y las alegaciones de ABERTIS, ha considerado que ABERTIS ha infringido el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
En vista de que la conducta es muy grave y de que ha obstaculizado la entrada de competidores en el mercado del transporte distribución de la señal de TDT, el Consejo de la CNC ha impuesto a ABERTIS una sanción de 13.755.000 euros.
ABERTIS ya había sido sancionada por la CNC en mayo de 2009 (Expediente 646/08 Axion/Abertis) por cometer un abuso de posición de dominio porque el diseño de sus contratos en cuanto a plazo y estructura de los descuentos provocaba un cierre de mercado en la provisión del servicio portador de la señal de televisión.