MUCHASCASAS.NET.- DANIELLA MONTENEGRO El Gobierno aprobará la reforma laboral, la Ley de Estabilidad y Sostenibilidad Presupuestaria, y la reestructuración del sistema financiero entre los consejos de ministros del 27 de enero y el 10 de febrero, según ha confirmado el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
Por su parte, Fátima Báñez, ministra de Empleo y Seguridad Social, ha recordado que la Reforma laboral se va a presentar “pensando en el interés general de los españoles”. “Es la Reforma para crear empleo“, ha añadido. En cuanto a sus líneas básicas, Fátima Báñez ha enumerado “primero la estabilidad en el empleo. Empleo más estable en este país que tiene una fuerte dualidad en su mercado de trabajo; segundo, flexibilidad interna en las empresas, para que cuando las relaciones trabajadores y empresarios vengan mal dadas, es decir cuando haya crisis puedan ajustarse a las circunstancias del mercado y no les quede como única razón el despido y, tercero, cambios en la formación como derecho individual del trabajador”. “Un trabajador mejor formado es una trabajador con mayor número de oportunidades“, ha destacado.
Por último, ha subrayado que “vamos a poner nuestro empeño en la empleabilidad. Hoy día, los servicios de empleo sólo ayudan a un 3% de los desempleados a encontrar trabajo, por lo que vamos a poner en marcha una intermediación en los servicios público- privados para que ayuden a encontrar trabajo“.
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martes, 24 de enero de 2012
sábado, 14 de enero de 2012
La mitad de los ayuntamientos de España lleva sin actualizar el valor del suelo 18 años
DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.-Cerca de la mitad de los ayuntamientos en españa, concretamente 3.538 de 7.591, llevan 18 años sin revisar el valor del suelo, es decir, el valor catastral que sirve como base para calcular el impuesto de bienes inmuebles (ibi) que pagan los vecinos. aunque el gobierno recomienda revisar este valor cada diez años, muchos consistorios no lo han hecho, y ahora la mitad de sus vecinos verá cómo se incrementa el recibo de este impuesto un 10%
las viviendas con mayor valor catastral de cada municipio verán incrementar su factura de ibi hasta un 10% en función del tiempo que haga que el ayuntamiento revisó por última vez el valor del suelo. 4.158 ayuntamientos lo revisaran antes de 2002, algunos de ellos incluso hace más de 20 años, como es el caso de 44 consistorios. en todos ellos aplicará una subida del 10%, que incrementará la cuota total percibida por este concepto en 665 millones de euros
en cualquier caso, la no revisión del valor del suelo por parte de estos ayuntamientos cada diez años según establece el gobierno, supone un gran contratiempo para los ciudadanos. Cuando por fin estos ayuntamientos se decidan a revisar este valor, habrá subido tanto desde la última revisión que los ciudadanos verán incrementados sus recibos de manera radical. Es el caso de Chiclana de la frontera (cádiz), que revisó hace cuatro años el valor de su suelo, algo que no hacía desde 1994 y que supuso que sus vecinos tuvieran que pagar diez veces más de ibi de lo que hacían hasta entonces
las viviendas con mayor valor catastral de cada municipio verán incrementar su factura de ibi hasta un 10% en función del tiempo que haga que el ayuntamiento revisó por última vez el valor del suelo. 4.158 ayuntamientos lo revisaran antes de 2002, algunos de ellos incluso hace más de 20 años, como es el caso de 44 consistorios. en todos ellos aplicará una subida del 10%, que incrementará la cuota total percibida por este concepto en 665 millones de euros
en cualquier caso, la no revisión del valor del suelo por parte de estos ayuntamientos cada diez años según establece el gobierno, supone un gran contratiempo para los ciudadanos. Cuando por fin estos ayuntamientos se decidan a revisar este valor, habrá subido tanto desde la última revisión que los ciudadanos verán incrementados sus recibos de manera radical. Es el caso de Chiclana de la frontera (cádiz), que revisó hace cuatro años el valor de su suelo, algo que no hacía desde 1994 y que supuso que sus vecinos tuvieran que pagar diez veces más de ibi de lo que hacían hasta entonces
viernes, 6 de enero de 2012
Denuncian la construcción de una promoción inmobiliaria sobre restos arqueológicos en Alcalá de Henares
Diversos colectivos sociales de Alcalá de Henares han presentado una denuncia por la construcción de una promoción inmobiliaria de vivienda sobre unos yacimientos arqueológicos de la Edad del Hierro. La promoción inmobiliaria es de viviendas de precio limitado y promoción pública.
DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.-Según la Asamblea Popular de Alcalá (APAdH) las máquinas ya abrían entrado en el yacimiento arqueológico que desde el año 1988 tiene la consideración de Bien de Interés Cultural. La misma página web del Ayuntamiento de Alcalá reconoce la nueva categoría de yacimiento arqueológico en el cual “destacan los fondos de cerámica, industrias líticas y óseas”.
Desde el ayuntamiento se alega que la empresa que va a edificar las viviendas ha llegado a un acuerdo con el equipo de arqueólogos para proteger la zona donde se encuentran las excavaciones, que no será objeto de ninguna edificación. Desde los movimientos sociales también se ha querido denunciar que la zona arqueológica se ha quedado fuera de la protección municipal que se otorga a otros lugares del municipio, caso de la Villa Romana del Val y la Necrópolis de los Afligidos.
A pesar de esta pretendida protección de los vestigios históricos en los que se escuda el consistorio alcalaíno, desde el Grupo de Trabajo Recuperando Nuestros Espacios se arguye que muchos de los fondos de cabaña que existen en el municipio han sido tapados para de ese modo poder realizar un diseño urbano y construir sobre los mismos.
Además en lo que respecta a la parcela en cuestión, desde los movimientos sociales denunciantes se arguye que la remoción de tierra previa a la construcción ya tuvo que ser parada cuando a raíz d ela misma aparecieron restos romanos durante la excavación y desde APAdH siempre se pensó que la crisis inmobiliaria y la quiebra de la constructora sería la que finalmente haría inviable el proyecto.
DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.-Según la Asamblea Popular de Alcalá (APAdH) las máquinas ya abrían entrado en el yacimiento arqueológico que desde el año 1988 tiene la consideración de Bien de Interés Cultural. La misma página web del Ayuntamiento de Alcalá reconoce la nueva categoría de yacimiento arqueológico en el cual “destacan los fondos de cerámica, industrias líticas y óseas”.
Desde el ayuntamiento se alega que la empresa que va a edificar las viviendas ha llegado a un acuerdo con el equipo de arqueólogos para proteger la zona donde se encuentran las excavaciones, que no será objeto de ninguna edificación. Desde los movimientos sociales también se ha querido denunciar que la zona arqueológica se ha quedado fuera de la protección municipal que se otorga a otros lugares del municipio, caso de la Villa Romana del Val y la Necrópolis de los Afligidos.
A pesar de esta pretendida protección de los vestigios históricos en los que se escuda el consistorio alcalaíno, desde el Grupo de Trabajo Recuperando Nuestros Espacios se arguye que muchos de los fondos de cabaña que existen en el municipio han sido tapados para de ese modo poder realizar un diseño urbano y construir sobre los mismos.
Además en lo que respecta a la parcela en cuestión, desde los movimientos sociales denunciantes se arguye que la remoción de tierra previa a la construcción ya tuvo que ser parada cuando a raíz d ela misma aparecieron restos romanos durante la excavación y desde APAdH siempre se pensó que la crisis inmobiliaria y la quiebra de la constructora sería la que finalmente haría inviable el proyecto.
jueves, 29 de diciembre de 2011
España, cara a cara con las políticas de vivienda europeas
DANIELLAMONTENEGRO.-MUJCHASCASAS.NET.-En España, por ejemplo, el derecho a la vivienda viene recogido en el artículo 47 de la Constitución de la siguiente manera:
“Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La Comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”.
Política de vivienda en España
En España, la mayor parte de la población tiene una vivienda en propiedad (82%), frente a un 11% que opta por el alquiler y un 7% restante en otras situaciones, situándose en los puestos de cabeza de los países de la UE con mayor vivienda en propiedad y muy por encima de las principales economías europeas como Alemania, Francia, los países nórdicos o Reino Unido, que tienen unos porcentajes mucho mayores de vivienda en alquiler, debido a que sus políticas han incentivado más el mercado del alquiler tanto privado como social.
Las distintas políticas de vivienda, especialmente las tributarias, llevadas a cabo en España desde la segunda mitad del siglo XX han incentivado de forma especial la adquisición de vivienda favoreciendo a quienes contaban con una mayor capacidad económica. En este contexto la alternativa del alquiler quedó tan desprotegida que la población vio en la adquisición la única alternativa rentable.
De este modo, la alta rentabilidad que el mercado inmobiliario español llegó a alcanzar durante los años de la burbuja favoreció la adquisición de vivienda como forma de inversión dificultando, cada vez más, el acceso a la misma de los sectores más desfavorecidos de la población y dejando como una opción residual el alquiler.
Durante la última campaña electoral todos los partidos políticos hicieron mucho hincapié en la necesidad de –aparte de incentivar de nuevo la compra- potenciar el mercado de la vivienda social. La pregunta que surge entonces es evidente: ¿hasta qué punto la política de vivienda social española está desarrollada? Una buena piedra de toque sería contraponer la situación española con la de algunos de los modelos más representativos de la UE.
El caso alemán
Alemania es el único país de la UE en que predomina la vivienda en alquiler sobre la vivienda en propiedad. Precisamente en el extremo opuesto a esta situación se encuentra España, donde la preeminencia de la propiedad frente al alquiler es aplastante.
Según algunos especialistas inmobiliarios, esto puede deberse a varias circunstancias como la constante adaptación a las circunstancias del mercado de la normativa sobre el alquiler; la garantía al propietario ante una posible insolvencia del inquilino, mediante subvenciones al alquiler; el establecimiento de sistemas de financiación privilegiados; un tratamiento fiscal favorable de la inversión inmobiliaria, etc.
A todo esto hay que añadir que, a pesar de los intentos por equilibrar las dos opciones, alquiler y adquisición, en Alemania, al contrario de lo que ocurre en España, la opción de compra es menos interesante. Resulta que la opción por la adquisición se encuentra en Alemania con dos problemas fundamentales: por un lado unas restricciones urbanísticas que hacen que el precio de la vivienda sea muy elevado y, por otro, que el sector financiero exige al comprador la financiación del 25% del valor de adquisición de la vivienda.
También hay que destacar que en Alemania la vivienda social en alquiler tiene una representación débil, sólo supone el 6% del parque de viviendas.
Finlandia como ejemplo del modelo escandinavo
La reciente noticia de que el Gobierno vasco ha decidido incorporar a su anteproyecto de ley de vivienda la figura de las cooperativas de régimen de cesión de uso con el fin de promover el modelo escandinavo de alquiler, ha llamado la atención sobre el sistema escandinavo. Un buen ejemplo de éste es la política finlandesa de la vivienda.
El concepto de vivienda social en Finlandia es generalista, tiene como objetivo a toda la población con necesidad. Aunque la tendencia de los últimos años es hacia una concepción universal de atención a toda la población.
Pero hay que reseñar que la estructura del mercado de vivienda en Finlandia se caracteriza por un predominio de la vivienda en propiedad, pero con una proporción de vivienda de alquiler social superior a la vivienda de alquiler privado (la vivienda social en alquiler es del 18%). Sin embargo, en Finlandia, a la vivienda social de alquiler se le aplica uno de los IVAs más altos de los países europeos: un 22%.
Por último, y sólo como alternativa a la adquisición y al alquiler, Finlandia (así como Dinamarca y Suecia), han creado un régimen llamado Condominio o Cooperativa, en el que lo que se adquiere en este sistema es el derecho al uso indefinido de la vivienda, aunque también pueden ser compradas (en Suecia con el sistema de puja) y vendidas. Una de sus ventajas es que se paga un derecho de uso cuyo importe es inferior a un alquiler. No obstante, quien haya comprado también estará pagando su hipoteca al banco.
Reino Unido, vivienda social para población desfavorecida
Al contrario que en los demás ejemplos, el concepto de vivienda social en el Reino Unido es residual, centrado principalmente en las personas desfavorecidas y colectivos en exclusión.
La estructura de tenencia del Reino Unido se caracteriza por un predominio de la vivienda en propiedad, junto a una mayor presencia de vivienda social en alquiler que de vivienda de alquiler del mercado privado. El parque de vivienda social es amplio, con un nivel de representación del 21% sobre el parque total y el IVA aplicado a la vivienda es un IVA reducido del 0%.
Alquiler social en Europa y España
Algo en lo que coinciden todos los partidos políticos españoles es en la importancia de potenciar el alquiler en España. Ahora bien, ¿cuál es la situación actual de la vivienda social en alquiler en España?
Según el estudio de 2008 ‘The development of Social HousinG’ de CECODHAS-USH-Dexia, así está distribuido el alquiler de vivienda social en Europa: El derecho a la vivienda y el reconocimiento de ésta como bien de primera necesidad se recoge por primera vez en 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pero más de cincuenta años después la vivienda sigue siendo un problema en muchos lugares.
“Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La Comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”.
Política de vivienda en España
En España, la mayor parte de la población tiene una vivienda en propiedad (82%), frente a un 11% que opta por el alquiler y un 7% restante en otras situaciones, situándose en los puestos de cabeza de los países de la UE con mayor vivienda en propiedad y muy por encima de las principales economías europeas como Alemania, Francia, los países nórdicos o Reino Unido, que tienen unos porcentajes mucho mayores de vivienda en alquiler, debido a que sus políticas han incentivado más el mercado del alquiler tanto privado como social.
Las distintas políticas de vivienda, especialmente las tributarias, llevadas a cabo en España desde la segunda mitad del siglo XX han incentivado de forma especial la adquisición de vivienda favoreciendo a quienes contaban con una mayor capacidad económica. En este contexto la alternativa del alquiler quedó tan desprotegida que la población vio en la adquisición la única alternativa rentable.
De este modo, la alta rentabilidad que el mercado inmobiliario español llegó a alcanzar durante los años de la burbuja favoreció la adquisición de vivienda como forma de inversión dificultando, cada vez más, el acceso a la misma de los sectores más desfavorecidos de la población y dejando como una opción residual el alquiler.
Durante la última campaña electoral todos los partidos políticos hicieron mucho hincapié en la necesidad de –aparte de incentivar de nuevo la compra- potenciar el mercado de la vivienda social. La pregunta que surge entonces es evidente: ¿hasta qué punto la política de vivienda social española está desarrollada? Una buena piedra de toque sería contraponer la situación española con la de algunos de los modelos más representativos de la UE.
El caso alemán
Alemania es el único país de la UE en que predomina la vivienda en alquiler sobre la vivienda en propiedad. Precisamente en el extremo opuesto a esta situación se encuentra España, donde la preeminencia de la propiedad frente al alquiler es aplastante.
Según algunos especialistas inmobiliarios, esto puede deberse a varias circunstancias como la constante adaptación a las circunstancias del mercado de la normativa sobre el alquiler; la garantía al propietario ante una posible insolvencia del inquilino, mediante subvenciones al alquiler; el establecimiento de sistemas de financiación privilegiados; un tratamiento fiscal favorable de la inversión inmobiliaria, etc.
A todo esto hay que añadir que, a pesar de los intentos por equilibrar las dos opciones, alquiler y adquisición, en Alemania, al contrario de lo que ocurre en España, la opción de compra es menos interesante. Resulta que la opción por la adquisición se encuentra en Alemania con dos problemas fundamentales: por un lado unas restricciones urbanísticas que hacen que el precio de la vivienda sea muy elevado y, por otro, que el sector financiero exige al comprador la financiación del 25% del valor de adquisición de la vivienda.
También hay que destacar que en Alemania la vivienda social en alquiler tiene una representación débil, sólo supone el 6% del parque de viviendas.
Finlandia como ejemplo del modelo escandinavo
La reciente noticia de que el Gobierno vasco ha decidido incorporar a su anteproyecto de ley de vivienda la figura de las cooperativas de régimen de cesión de uso con el fin de promover el modelo escandinavo de alquiler, ha llamado la atención sobre el sistema escandinavo. Un buen ejemplo de éste es la política finlandesa de la vivienda.
El concepto de vivienda social en Finlandia es generalista, tiene como objetivo a toda la población con necesidad. Aunque la tendencia de los últimos años es hacia una concepción universal de atención a toda la población.
Pero hay que reseñar que la estructura del mercado de vivienda en Finlandia se caracteriza por un predominio de la vivienda en propiedad, pero con una proporción de vivienda de alquiler social superior a la vivienda de alquiler privado (la vivienda social en alquiler es del 18%). Sin embargo, en Finlandia, a la vivienda social de alquiler se le aplica uno de los IVAs más altos de los países europeos: un 22%.
Por último, y sólo como alternativa a la adquisición y al alquiler, Finlandia (así como Dinamarca y Suecia), han creado un régimen llamado Condominio o Cooperativa, en el que lo que se adquiere en este sistema es el derecho al uso indefinido de la vivienda, aunque también pueden ser compradas (en Suecia con el sistema de puja) y vendidas. Una de sus ventajas es que se paga un derecho de uso cuyo importe es inferior a un alquiler. No obstante, quien haya comprado también estará pagando su hipoteca al banco.
Reino Unido, vivienda social para población desfavorecida
Al contrario que en los demás ejemplos, el concepto de vivienda social en el Reino Unido es residual, centrado principalmente en las personas desfavorecidas y colectivos en exclusión.
La estructura de tenencia del Reino Unido se caracteriza por un predominio de la vivienda en propiedad, junto a una mayor presencia de vivienda social en alquiler que de vivienda de alquiler del mercado privado. El parque de vivienda social es amplio, con un nivel de representación del 21% sobre el parque total y el IVA aplicado a la vivienda es un IVA reducido del 0%.
Alquiler social en Europa y España
Algo en lo que coinciden todos los partidos políticos españoles es en la importancia de potenciar el alquiler en España. Ahora bien, ¿cuál es la situación actual de la vivienda social en alquiler en España?
Según el estudio de 2008 ‘The development of Social HousinG’ de CECODHAS-USH-Dexia, así está distribuido el alquiler de vivienda social en Europa: El derecho a la vivienda y el reconocimiento de ésta como bien de primera necesidad se recoge por primera vez en 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pero más de cincuenta años después la vivienda sigue siendo un problema en muchos lugares.
lunes, 26 de diciembre de 2011
Botín, FG, Fainé, Rato y Ron tendrán que publicar su sueldo, dietas, bonus y planes de pensiones. El Banco de España ha decidido que se sepa lo que cobran los banqueros
MUCHASCASAS.NET.-DANIELLA MONTENEGRO.- Fernández Ordóñez se ha propuesto poner al descubierto y que se conozca públicamente lo que cobran los banqueros españoles, es decir, sueldo, dietas, bonus y planes de pensiones. Y esa decisión afectará a todos los grandes del sector, como Emilio Botín, Francisco González, Rodrigo Rato, Isidro Fainé, Ángel Ron, etc.
El gobernador del Banco de España considera que el sector financiero no puede, y menos en este momento, permitirse prácticas como las de directivos de la CAM o NovaCaixaGalicia. Y ya ha avisado a las entidades de que tienen que poner esta información a disposición del Banco de España.
Según ha podido saber este Digital, en fuentes próximas al supervisor, los últimos escándalos por las indemnizaciones millonarias en bancos y cajas han provocado que Fernández Ordóñez haya decidido exigir ese ejercicio de transparencia.
El Banco de España es consciente de la alarma social que han despertado las indemnizaciones millonarias en el sector, especialmente las que se producen en entidades que han recibido ayudas públicas del FROB o han sido intervenidas. Y también de la necesidad de claridad máxima con las retribuciones de los banqueros.
Comité de retribuciones
Según las fuentes consultadas, los bancos deberán comunicar, antes del 31 de diciembre, todas las gratificaciones que abonan a los miembros de su alta dirección, con su correspondiente justificación documental. Y, después, toda esta información será publicada.
No va a ser la única exigencia del Banco de España. Las entidades, cuyos activos totales de sus cuentas anuales de 2010 o 2011 superen los 10.000 millones de euros, deberán contar con un comité de retribuciones, que justifique sueldos, bonus, planes de pensiones y otro tipo de emolumentos de los directivos y consejeros antes del cierre del primer trimestre del próximo año.
Máxima transparencia
La nueva norma establece exactamente que las entidades facilitarán públicamente y actualizarán periódicamente -al menos una vez al año- la información sobre su política y sus prácticas de remuneración, incluidos los salarios y beneficios discrecionales por pensiones de sus administradores, altos directivos, empleados que asumen riesgos y los que ejercen funciones de control.
Los bancos tendrán que informar sobre el proceso seguido para establecer la política de remuneración, aportando información sobre la composición y el mandato de su comité de remuneraciones, y sobre el consultor externo al que se haya recurrido para establecer esa política.
También se exigirá a las entidades que reduzcan de forma considerable la remuneración variable de sus directivos y consejeros cuando la entidad obtenga unos resultados financieros mediocres o negativos.
El gobernador del Banco de España considera que el sector financiero no puede, y menos en este momento, permitirse prácticas como las de directivos de la CAM o NovaCaixaGalicia. Y ya ha avisado a las entidades de que tienen que poner esta información a disposición del Banco de España.
Según ha podido saber este Digital, en fuentes próximas al supervisor, los últimos escándalos por las indemnizaciones millonarias en bancos y cajas han provocado que Fernández Ordóñez haya decidido exigir ese ejercicio de transparencia.
El Banco de España es consciente de la alarma social que han despertado las indemnizaciones millonarias en el sector, especialmente las que se producen en entidades que han recibido ayudas públicas del FROB o han sido intervenidas. Y también de la necesidad de claridad máxima con las retribuciones de los banqueros.
Comité de retribuciones
Según las fuentes consultadas, los bancos deberán comunicar, antes del 31 de diciembre, todas las gratificaciones que abonan a los miembros de su alta dirección, con su correspondiente justificación documental. Y, después, toda esta información será publicada.
No va a ser la única exigencia del Banco de España. Las entidades, cuyos activos totales de sus cuentas anuales de 2010 o 2011 superen los 10.000 millones de euros, deberán contar con un comité de retribuciones, que justifique sueldos, bonus, planes de pensiones y otro tipo de emolumentos de los directivos y consejeros antes del cierre del primer trimestre del próximo año.
Máxima transparencia
La nueva norma establece exactamente que las entidades facilitarán públicamente y actualizarán periódicamente -al menos una vez al año- la información sobre su política y sus prácticas de remuneración, incluidos los salarios y beneficios discrecionales por pensiones de sus administradores, altos directivos, empleados que asumen riesgos y los que ejercen funciones de control.
Los bancos tendrán que informar sobre el proceso seguido para establecer la política de remuneración, aportando información sobre la composición y el mandato de su comité de remuneraciones, y sobre el consultor externo al que se haya recurrido para establecer esa política.
También se exigirá a las entidades que reduzcan de forma considerable la remuneración variable de sus directivos y consejeros cuando la entidad obtenga unos resultados financieros mediocres o negativos.
viernes, 23 de diciembre de 2011
MUCHASCASAS.NET.-DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.- Denuncian la ausencia del alquiler en la política de vivienda de Rajoy
“Volvemos al caduco paradigma de fomentar la compra de la vivienda, al recuperar la deducción del IRPF por compra y el IVA al 4%”. Así de contundentes se muestran desde Alquiler Seguro, la primera empresa privada especializada en la protección a propietarios, pionera en la implantación de medidas preventivas para evitar la morosidad, tras el discurso de Investidura pronunciado por el nuevo presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.
DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.-
Ante la declaración de intenciones de Rajoy de que la Banca venda su patrimonio, Alquiler Seguro pregunta: ¿a quién se van a vender estos inmuebles en un contexto de restricción del crédito y falta de liquidez?, ¿a qué precio?, ¿es que la banca antes no a querido o no ha podido?
Finalizado el discurso de Mariano Rajoy en la sesión de investidura, Alquiler Seguro considera que en lo que respecta a políticas de vivienda las primeras intenciones de Mariano Rajoy son muy negativas, “el alquiler desaparece de las políticas de vivienda del ejecutivo de Rajoy”, y lo más grave es que “volvemos al caduco paradigma de fomentar la compra de la vivienda, al recuperar la deducción del IRPF por compra y el IVA al 4%”, señalan desde Alquiler Seguro.
Por otro lado, desde Alquiler Seguro, se considera positivo que el nuevo Ejecutivo apueste por la agilización de los procesos judiciales y la mejora en la seguridad jurídica.
Otro de los aspectos que Alquiler Seguro ha valorado positivamente del discurso de investidura de Rajoy es la apuesta que el futuro Presidente ha hecho por dotar de más medios y más eficacia a los sistemas informáticos de gestión en las Administraciones Públicas.
Alquiler Seguro lleva años defendiendo el principio de una Administración, una competencia y por las palabras de Mariano Rajoy esta mañana en el Hemiciclo, esa parece ser la política del nuevo Ejecutivo. Según esta filosofía, Alquiler Seguro entiende que, “en breve el nuevo Gobierno deberá eliminar la Sociedad Pública de Alquiler (SPAVIV), que tan nefasta ha sido para el mercado del alquiler, como para el erario público”.
Por otra parte, en su discurso Mariano Rajoy ha instado a la Banca a que venda su patrimonio inmobiliario y las preguntas que se hacen los responsables de Alquiler Seguro es ¿a quién se van a vender estos inmuebles en un contexto de restricción del crédito y falta de liquidez?, ¿a qué precios es susceptible de ser vendidos?. Y por último los responsables de Alquiler Seguro se preguntan, Sr. Rajoy: ¿si hasta ahora la banca no ha vendido este patrimonio inmobiliario es porque no querían o porque no podían?
DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.-
Ante la declaración de intenciones de Rajoy de que la Banca venda su patrimonio, Alquiler Seguro pregunta: ¿a quién se van a vender estos inmuebles en un contexto de restricción del crédito y falta de liquidez?, ¿a qué precio?, ¿es que la banca antes no a querido o no ha podido?
Finalizado el discurso de Mariano Rajoy en la sesión de investidura, Alquiler Seguro considera que en lo que respecta a políticas de vivienda las primeras intenciones de Mariano Rajoy son muy negativas, “el alquiler desaparece de las políticas de vivienda del ejecutivo de Rajoy”, y lo más grave es que “volvemos al caduco paradigma de fomentar la compra de la vivienda, al recuperar la deducción del IRPF por compra y el IVA al 4%”, señalan desde Alquiler Seguro.
Por otro lado, desde Alquiler Seguro, se considera positivo que el nuevo Ejecutivo apueste por la agilización de los procesos judiciales y la mejora en la seguridad jurídica.
Otro de los aspectos que Alquiler Seguro ha valorado positivamente del discurso de investidura de Rajoy es la apuesta que el futuro Presidente ha hecho por dotar de más medios y más eficacia a los sistemas informáticos de gestión en las Administraciones Públicas.
Alquiler Seguro lleva años defendiendo el principio de una Administración, una competencia y por las palabras de Mariano Rajoy esta mañana en el Hemiciclo, esa parece ser la política del nuevo Ejecutivo. Según esta filosofía, Alquiler Seguro entiende que, “en breve el nuevo Gobierno deberá eliminar la Sociedad Pública de Alquiler (SPAVIV), que tan nefasta ha sido para el mercado del alquiler, como para el erario público”.
Por otra parte, en su discurso Mariano Rajoy ha instado a la Banca a que venda su patrimonio inmobiliario y las preguntas que se hacen los responsables de Alquiler Seguro es ¿a quién se van a vender estos inmuebles en un contexto de restricción del crédito y falta de liquidez?, ¿a qué precios es susceptible de ser vendidos?. Y por último los responsables de Alquiler Seguro se preguntan, Sr. Rajoy: ¿si hasta ahora la banca no ha vendido este patrimonio inmobiliario es porque no querían o porque no podían?
domingo, 18 de diciembre de 2011
El Parlamento aprueba la Ley del Trabajo Autónomo, que dará apoyo a los 466.400 trabajadores andaluces por cuenta propia
DANIELLAMONTENEGRO.-MUJCHASCASAS.NET.-El Parlamento andaluz ha dado luz verde al proyecto de la Ley Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo, un texto que reúne todas las medidas de la Administración autonómica para respaldar a un colectivo que actualmente supera en Andalucía los 466.400 trabajadores por cuenta propia.
Su aprobación convierte a Andalucía en la primera comunidad autónoma que eleva a rango de ley las políticas en esta materia, según ha destacado el consejero de Empleo, Manuel Recio, en su comparecencia parlamentaria.
Elaborado por la Consejería de Empleo de acuerdo con las directrices del VII Acuerdo de Concertación Social, el proyecto de ley establece en su primer capítulo el compromiso de la Junta de elaborar un plan estratégico del trabajo autónomo consensuado con los agentes socioeconómicos más representativos. Este plan contará con una vigencia cuatrienal y recogerá, entre otros aspectos, tanto un diagnóstico socioeconómico del sector como un sistema para evaluar la calidad de los servicios que la Administración autonómica presta a los trabajadores autónomos.
Respecto a las políticas activas de empleo dirigidas a los trabajadores autónomos, recogidas en el segundo capítulo, el texto incluye incentivos directos para el inicio y el mantenimiento de la actividad profesional; apoyo financiero; disposiciones para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar; generación de empleo, y una amplia batería de medidas orientadas a garantizar la adecuada y continua capacitación del trabajador en su actividad y el éxito de su proyecto empresarial, tales como asesoramiento, asistencia técnica, promoción del trabajo en red, formación y reciclaje profesional.
En este sentido, destaca la puesta en marcha de un fondo de crédito para el fomento y la promoción del trabajo autónomo, que cuenta con una dotación presupuestaria de 25 millones de euros y por el que podrán acceder a respaldo financiero los proyectos desarrollados por trabajadores autónomos que acrediten su viabilidad técnica, económica y financiera, y su contribución a la generación y mantenimiento del empleo, entre otros criterios.
De este fondo podrán beneficiarse los trabajadores autónomos andaluces cuyos proyectos contribuyan de manera especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental y la creación y mantenimiento del empleo en Andalucía, tanto a través de préstamos o créditos, microcréditos, otorgamiento de garantías y cualquier fórmula de financiación reconocida en el tráfico mercantil.
En cuanto al resto de las medidas de fomento, el proyecto incorpora como principal novedad la creación del Distintivo Andaluz al Trabajo Autónomo de Excelencia, que reconocerá los proyectos más destacados desarrollados en el ámbito del autoempleo.
Para mejorar la prevención de riesgos laborales, el tercer capítulo del texto normativo prevé el desarrollo de campañas de información, formación y asesoramiento técnico, así como la apertura de una línea de subvenciones específicas para facilitar inversiones en vigilancia, seguridad y salud laboral de los establecimientos de trabajadores autónomos.
Consejo Andaluz
La colaboración institucional se recoge en el capítulo cuarto, que incluye como principal novedad la creación del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo, órgano de participación del colectivo que también ejercerá funciones de asesoramiento al Gobierno andaluz. Para promover la constitución de estas asociaciones se prevé, además, la creación de un registro específico.
Finalmente, en el capítulo quinto del texto se incorpora la previsión de crear un mecanismo de arbitraje específico para los trabajadores por cuenta propia, adscrito al Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos de Andalucía (Sercla) que funciona en el ámbito laboral.
Andalucía es, después de Cataluña, la segunda comunidad autónoma con más afiliados al régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (466.440). El trabajo por cuenta propia representa el 17% del Producto Interior Bruto regional y, junto con las pequeñas y medianas empresas, absorbe el 80% del empleo.
Durante la última década, el número de trabajadores autónomos se ha incrementado en un 17% en Andalucía, frente al 5,1% en el conjunto nacional. En términos absolutos, la aportación de 67.800 nuevos afiliados en los últimos diez años supera el crecimiento registrado en comunidades como Madrid y Valencia juntas.
El apoyo al autoempleo se ha traducido este año en Andalucía en unas ayudas directas de más de 45 millones de euros. En los últimos seis años, las inversiones públicas dirigidas al sector han superado los 313 millones de euros, incluyendo tanto los incentivos directos como el resto de las medidas de respaldo, dirigidas a los trabajadores autónomos.
Su aprobación convierte a Andalucía en la primera comunidad autónoma que eleva a rango de ley las políticas en esta materia, según ha destacado el consejero de Empleo, Manuel Recio, en su comparecencia parlamentaria.
Elaborado por la Consejería de Empleo de acuerdo con las directrices del VII Acuerdo de Concertación Social, el proyecto de ley establece en su primer capítulo el compromiso de la Junta de elaborar un plan estratégico del trabajo autónomo consensuado con los agentes socioeconómicos más representativos. Este plan contará con una vigencia cuatrienal y recogerá, entre otros aspectos, tanto un diagnóstico socioeconómico del sector como un sistema para evaluar la calidad de los servicios que la Administración autonómica presta a los trabajadores autónomos.
Respecto a las políticas activas de empleo dirigidas a los trabajadores autónomos, recogidas en el segundo capítulo, el texto incluye incentivos directos para el inicio y el mantenimiento de la actividad profesional; apoyo financiero; disposiciones para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar; generación de empleo, y una amplia batería de medidas orientadas a garantizar la adecuada y continua capacitación del trabajador en su actividad y el éxito de su proyecto empresarial, tales como asesoramiento, asistencia técnica, promoción del trabajo en red, formación y reciclaje profesional.
En este sentido, destaca la puesta en marcha de un fondo de crédito para el fomento y la promoción del trabajo autónomo, que cuenta con una dotación presupuestaria de 25 millones de euros y por el que podrán acceder a respaldo financiero los proyectos desarrollados por trabajadores autónomos que acrediten su viabilidad técnica, económica y financiera, y su contribución a la generación y mantenimiento del empleo, entre otros criterios.
De este fondo podrán beneficiarse los trabajadores autónomos andaluces cuyos proyectos contribuyan de manera especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental y la creación y mantenimiento del empleo en Andalucía, tanto a través de préstamos o créditos, microcréditos, otorgamiento de garantías y cualquier fórmula de financiación reconocida en el tráfico mercantil.
En cuanto al resto de las medidas de fomento, el proyecto incorpora como principal novedad la creación del Distintivo Andaluz al Trabajo Autónomo de Excelencia, que reconocerá los proyectos más destacados desarrollados en el ámbito del autoempleo.
Para mejorar la prevención de riesgos laborales, el tercer capítulo del texto normativo prevé el desarrollo de campañas de información, formación y asesoramiento técnico, así como la apertura de una línea de subvenciones específicas para facilitar inversiones en vigilancia, seguridad y salud laboral de los establecimientos de trabajadores autónomos.
Consejo Andaluz
La colaboración institucional se recoge en el capítulo cuarto, que incluye como principal novedad la creación del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo, órgano de participación del colectivo que también ejercerá funciones de asesoramiento al Gobierno andaluz. Para promover la constitución de estas asociaciones se prevé, además, la creación de un registro específico.
Finalmente, en el capítulo quinto del texto se incorpora la previsión de crear un mecanismo de arbitraje específico para los trabajadores por cuenta propia, adscrito al Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos de Andalucía (Sercla) que funciona en el ámbito laboral.
Andalucía es, después de Cataluña, la segunda comunidad autónoma con más afiliados al régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (466.440). El trabajo por cuenta propia representa el 17% del Producto Interior Bruto regional y, junto con las pequeñas y medianas empresas, absorbe el 80% del empleo.
Durante la última década, el número de trabajadores autónomos se ha incrementado en un 17% en Andalucía, frente al 5,1% en el conjunto nacional. En términos absolutos, la aportación de 67.800 nuevos afiliados en los últimos diez años supera el crecimiento registrado en comunidades como Madrid y Valencia juntas.
El apoyo al autoempleo se ha traducido este año en Andalucía en unas ayudas directas de más de 45 millones de euros. En los últimos seis años, las inversiones públicas dirigidas al sector han superado los 313 millones de euros, incluyendo tanto los incentivos directos como el resto de las medidas de respaldo, dirigidas a los trabajadores autónomos.
martes, 13 de diciembre de 2011
Alternativas a la dación en pago
MUCHASCASAS.NET.-D.MONTENEGRO.-Durante la pasada campaña electoral, casi todos los partidos políticos incluyeron en sus programas una propuesta que, hasta entonces, era prácticamente inédita en los anteriores programas de los partidos con representación parlamentaria. Se trata de la dación en pago.
Con la proliferación de las ejecuciones hipotecarias en los últimos meses, la dación en pago se ha convertido en un mantra para muchas asociaciones de consumidores y particulares, que reclaman la posibilidad de poder saldar la deuda hipotecaria con la entrega de la vivienda.
Sin embargo, para muchos expertos esta posibilidad -tal y como la reclaman los consumidores y ciudadanos- no resulta viable.
Según declaró la patronal bancaria (AEB) el pasado mes de julio, aplicar la dación en pago tendría graves consecuencias para el sector financiero, en particular, y la economía en general. Para respaldar esta afirmación, la AEB se basó en un informe que cifra el impacto concreto que tendría la medida en la mora, las cuentas o el mercado inmobiliario.
El estudio, elaborado por la consultora Oliver Wyman, señalaba que los efectos de generalizar la entrega de la vivienda para saldar la deuda aumentaría la morosidad hipotecaria hasta el 8%, generarían necesidades de capital de hasta 4.100 millones de euros y dispararían la adjudicación de 400.000 viviendas más en el balance de los bancos.
En este sentido, la propuesta de la dación en pago que incorporaba el PSOE en su programa electoral hace unas semanas no era de carácter retroactivo, precisamente por el enorme impacto económico que los expertos auguraban tanto para bancos como para ciudadanos. Inmaculada Rodríguez-Piñero, responsable del área económica socialista, manifestaba en una entrevista concedida a el diario El Mundo que “aplicarla [la dación en pago] de manera generalizada a las hipotecas que se han regulado en otras condiciones sería muy adverso para las condiciones de financiación y afectaría muy negativamente a los balances de las entidades financieras. La banca necesitaría una mayor dotación de capital que aún traería una mayor restricción del crédito, inseguridad jurídica en los mercados y más presión en la deuda pública española”.
Por su parte, el Partido Popular se desmarcaba de esta corriente y no incluía la opción de la dación en pago entre sus propuestas. El partido conservador, en cambio, apostaba por recuperar la deducción por vivienda en las mismas condiciones en que estaba establecida en 2010, haciéndolo con carácter retroactivo a 2011.
Ahora que el PP ha conseguido la mayoría absoluta parece claro que la dación en pago no se hará realidad; pero se impone la necesidad de frenar la cantidad de ejecuciones hipotecarias. Así pues, ¿Qué alternativas hay a la dación en pago?
Opciones
La Fundación Alternativas, un think-tank afín al PSOE, propone una suerte de dación en pago "restringida" a la primera vivienda aplicable a aquellas familias que por determinadas circunstancias ven mermada su capacidad adquisitiva por debajo de tres veces el Iprem (19.170,39 euros).
Esta propuesta aparece en el estudio de la fundación 'Propuesta de reforma del sector hipotecario español: análisis de la oportunidad de la dación en pago', elaborado y presentado por Tomás Gimeno, que apuesta por incluir esta figura en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), a través de un artículo adicional en el que quedaría claro que se trataría de un "excepción" y no la norma general.
Fundación Alternativas también propone en el estudio limitar la cobertura de los préstamos entre el 60% y el 80% del valor de las viviendas para reducir el riesgo de que existiese una deuda pendiente en caso de ejecución hipotecaria. Del mismo modo, esta medida funcionaría como filtro, pues podría considerarse una “señal de solvencia” por parte del comprador, lo que debería reducir las exigencias de la entidad financiera. En el caso de aquellas hipotecas morosas que no pudieran acogerse al sistema de dación en pago por no cumplirse los requisitos establecidos, el estudio propone instaurar un sistema de recompra por el cual la entidad financiera adquiriría la propiedad de la vivienda y la realquilaría a precios de mercado al ejecutado hipotecario.
En esta línea se manifiesta José Luis Ruiz Bartolomé, experto inmobiliario y autor del libro Adiós, ladrillo, adiós: “el problema de España no es la dación en pago; el problema fue optar por un modelo hipotecario de riesgo máximo. De haber mantenido los criterios que todavía se usan en Francia y Alemania, además de haber evitado la burbuja, no se habría puesto encima de la mesa el debate de la dación en pago”.
Pero también hay numerosos expertos que están en contra de poner límites, debido a que esto puede dar pie a que mucha gente que no disponga de ahorro o no pueda conseguir el dinero necesario para cubrir ese 20% se vea sin la posibilidad de comprar una vivienda hasta que tengan el dinero.
Las propuestas de los notarios
Hace algo más de una semana se celebró el Congreso Notarial Español y los notarios aprovecharon para destacar que existen medidas alternativas a la dación en pago que podrían contribuir a evitar que se produjesen muchas ejecuciones hipotecarias.
Joan Carles Ollé, vicepresidente del Consejo General del Notariado, señalaba una serie de medidas que podrían implementarse y que mejorarían la posición actual del deudor: limitar los intereses de demora, reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil, potenciar el procedimiento de ejecución extrajudicial para que sea más rápido, sencillo y económico, regular el concurso de particulares o, incluso, estudiar y promover una ley de segunda oportunidad, similar a la que ya tienen otros países como Bélgica, Alemania o Francia.
Los seguros de crédito
Por último, entre los círculos financieros, va tomando forma otra opción que se ha venido a denominar como “hipotecas de alta calidad” y, básicamente, se trata de la inclusión en la hipoteca de un seguro de crédito que permitiría conceder préstamos sin límite sobre el valor de tasación.
Con la proliferación de las ejecuciones hipotecarias en los últimos meses, la dación en pago se ha convertido en un mantra para muchas asociaciones de consumidores y particulares, que reclaman la posibilidad de poder saldar la deuda hipotecaria con la entrega de la vivienda.
Sin embargo, para muchos expertos esta posibilidad -tal y como la reclaman los consumidores y ciudadanos- no resulta viable.
Según declaró la patronal bancaria (AEB) el pasado mes de julio, aplicar la dación en pago tendría graves consecuencias para el sector financiero, en particular, y la economía en general. Para respaldar esta afirmación, la AEB se basó en un informe que cifra el impacto concreto que tendría la medida en la mora, las cuentas o el mercado inmobiliario.
El estudio, elaborado por la consultora Oliver Wyman, señalaba que los efectos de generalizar la entrega de la vivienda para saldar la deuda aumentaría la morosidad hipotecaria hasta el 8%, generarían necesidades de capital de hasta 4.100 millones de euros y dispararían la adjudicación de 400.000 viviendas más en el balance de los bancos.
En este sentido, la propuesta de la dación en pago que incorporaba el PSOE en su programa electoral hace unas semanas no era de carácter retroactivo, precisamente por el enorme impacto económico que los expertos auguraban tanto para bancos como para ciudadanos. Inmaculada Rodríguez-Piñero, responsable del área económica socialista, manifestaba en una entrevista concedida a el diario El Mundo que “aplicarla [la dación en pago] de manera generalizada a las hipotecas que se han regulado en otras condiciones sería muy adverso para las condiciones de financiación y afectaría muy negativamente a los balances de las entidades financieras. La banca necesitaría una mayor dotación de capital que aún traería una mayor restricción del crédito, inseguridad jurídica en los mercados y más presión en la deuda pública española”.
Por su parte, el Partido Popular se desmarcaba de esta corriente y no incluía la opción de la dación en pago entre sus propuestas. El partido conservador, en cambio, apostaba por recuperar la deducción por vivienda en las mismas condiciones en que estaba establecida en 2010, haciéndolo con carácter retroactivo a 2011.
Ahora que el PP ha conseguido la mayoría absoluta parece claro que la dación en pago no se hará realidad; pero se impone la necesidad de frenar la cantidad de ejecuciones hipotecarias. Así pues, ¿Qué alternativas hay a la dación en pago?
Opciones
La Fundación Alternativas, un think-tank afín al PSOE, propone una suerte de dación en pago "restringida" a la primera vivienda aplicable a aquellas familias que por determinadas circunstancias ven mermada su capacidad adquisitiva por debajo de tres veces el Iprem (19.170,39 euros).
Esta propuesta aparece en el estudio de la fundación 'Propuesta de reforma del sector hipotecario español: análisis de la oportunidad de la dación en pago', elaborado y presentado por Tomás Gimeno, que apuesta por incluir esta figura en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), a través de un artículo adicional en el que quedaría claro que se trataría de un "excepción" y no la norma general.
Fundación Alternativas también propone en el estudio limitar la cobertura de los préstamos entre el 60% y el 80% del valor de las viviendas para reducir el riesgo de que existiese una deuda pendiente en caso de ejecución hipotecaria. Del mismo modo, esta medida funcionaría como filtro, pues podría considerarse una “señal de solvencia” por parte del comprador, lo que debería reducir las exigencias de la entidad financiera. En el caso de aquellas hipotecas morosas que no pudieran acogerse al sistema de dación en pago por no cumplirse los requisitos establecidos, el estudio propone instaurar un sistema de recompra por el cual la entidad financiera adquiriría la propiedad de la vivienda y la realquilaría a precios de mercado al ejecutado hipotecario.
En esta línea se manifiesta José Luis Ruiz Bartolomé, experto inmobiliario y autor del libro Adiós, ladrillo, adiós: “el problema de España no es la dación en pago; el problema fue optar por un modelo hipotecario de riesgo máximo. De haber mantenido los criterios que todavía se usan en Francia y Alemania, además de haber evitado la burbuja, no se habría puesto encima de la mesa el debate de la dación en pago”.
Pero también hay numerosos expertos que están en contra de poner límites, debido a que esto puede dar pie a que mucha gente que no disponga de ahorro o no pueda conseguir el dinero necesario para cubrir ese 20% se vea sin la posibilidad de comprar una vivienda hasta que tengan el dinero.
Las propuestas de los notarios
Hace algo más de una semana se celebró el Congreso Notarial Español y los notarios aprovecharon para destacar que existen medidas alternativas a la dación en pago que podrían contribuir a evitar que se produjesen muchas ejecuciones hipotecarias.
Joan Carles Ollé, vicepresidente del Consejo General del Notariado, señalaba una serie de medidas que podrían implementarse y que mejorarían la posición actual del deudor: limitar los intereses de demora, reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil, potenciar el procedimiento de ejecución extrajudicial para que sea más rápido, sencillo y económico, regular el concurso de particulares o, incluso, estudiar y promover una ley de segunda oportunidad, similar a la que ya tienen otros países como Bélgica, Alemania o Francia.
Los seguros de crédito
Por último, entre los círculos financieros, va tomando forma otra opción que se ha venido a denominar como “hipotecas de alta calidad” y, básicamente, se trata de la inclusión en la hipoteca de un seguro de crédito que permitiría conceder préstamos sin límite sobre el valor de tasación.
domingo, 11 de diciembre de 2011
El Tribunal Supremo refuerza la figura del API en el peritaje
MUCHASCASAS.NET.-D.MONTENEGRO.-Según publicó ayer el diario económico Cinco Días, el Tribunal Supremo ha dictado cuatro sentencia, según las cuales las listas confeccionadas por los colegios oficiales de agentes de la propiedad inmobiliaria, que deben entregarse a principios de año para que jueces y magistrados puedan utilizarlas, prevalecerán sobre cualquier otro tipo de listado elaborado por asociaciones privadas. Se recobra así una práctica vigente entre 2000 y 2006, que quedó interrumpida en ese último ejercicio por la entrada de asociaciones privadas.
El presidente del Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid, Jaime Cabrero, ha manifestado su "enorme satisfacción por las cuatro sentencias dictadas por el Tribunal Supremo que avalan y refuerzan la figura de estos profesionales en los peritajes judiciales".
Intrusismo
Hata ahora, estas asociaciones podían contener todo tipo de profesionales, restando fortaleza a los colegios profesionales. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha resuelto los recursos que presentaron dos asociaciones privadas de tasadores inmobiliarios contra varios acuerdos del Consejo General del Poder Judicial de 30 de octubre de 2009.
El presidente del Consejo General de Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid, Jaime Cabrero, ha manifestado su "enorme satisfacción por las cuatro sentencias dictadas por el Tribunal Supremo que avalan y refuerzan la figura de estos profesionales en los peritajes judiciales".
Intrusismo
Hata ahora, estas asociaciones podían contener todo tipo de profesionales, restando fortaleza a los colegios profesionales. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha resuelto los recursos que presentaron dos asociaciones privadas de tasadores inmobiliarios contra varios acuerdos del Consejo General del Poder Judicial de 30 de octubre de 2009.
sábado, 10 de diciembre de 2011
Justicia presenta un nuevo sistema de subastas judiciales a través de Internet
MUCHASCASAS.NET.-D.MONTENEGRO.-El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha presentado esta mañana el nuevo Portal de Subastas Judiciales Electrónicas, que permitirá el seguimiento y la participación, a través de Internet, en subastas judiciales de bienes hipotecados o embargados. Este nuevo sistema evitará posibles prácticas abusivas, fomentará la participación, hará que se obtengan mejores precios y evitará desplazamientos y demoras innecesarias a los licitadore
A partir del próximo mes de noviembre, todos los juzgados del territorio nacional publicarán las subastas en el nuevo portal, aunque en esta primera etapa las pujas electrónicas se realizarán en los juzgados del territorio dependiente del Justicia, comenzando por las ciudades en las que esté implantado el nuevo modelo de Oficina Judicial. Asimismo, este servicio de celebración de subastas judiciales electrónicas se ofrecerá a todas las comunidades autónomas con competencias transferidas.
En el actual contexto económico, en el que se producen un gran número de ejecuciones hipotecarias, el desarrollo del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas responde al compromiso del Ministerio de Justicia por prestar un servicio más ágil, eficiente, seguro y transparente a los ciudadanos, procurando que de la subasta se obtenga el mejor precio posible que ayude a los deudores a cancelar sus deudas.
El Portal de Subastas Judiciales Electrónicas
Se trata de una misma y única aplicación para todos los juzgados del territorio del Ministerio de Justicia, a la que podrán acceder por Internet tanto los profesionales de la Justicia como los ciudadanos. El acceso a los servicios del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas se hará mediante DNI electrónico, cualquier certificado electrónico reconocido, o bien con un nombre de usuario y contraseña obtenido en el juzgado.
En la plataforma estará disponible toda la información relativa tanto a los distintos bienes a subasta como al proceso de subasta en sí - lugar de celebración, fecha y hora de inicio y cierre, juzgado que tramita el expediente, etc. -, y será posible localizar el bien subastado a través de mapas virtuales y fotografías. Además, se podrán realizar búsquedas por tipo de bien a subasta - inmuebles, muebles y vehículos -, por lugar, valor de tasación, fecha o estado de la subasta.
Hasta ahora, el proceso para participar en una subasta judicial era lento y laborioso, ya que el interesado debía consultar personalmente en los tablones de los edictos de los diferentes juzgados los bienes que se ponían a subasta y, en caso de requerir información adicional, solicitarla a través de los juzgados u oficinas del catastro. Asimismo, la presencia física del interesado era imprescindible durante la celebración de la subasta, por lo que los desplazamientos y el papeleo eran inevitables.
La puesta en marcha del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas hace posible la celebración y participación online en este tipo de procesos, con lo que se evitan desplazamientos y demoras innecesarias a los ciudadanos, y se consigue:
-Una mayor publicidad y transparencia en los procesos de subasta.
-Un mayor número de participantes en las subastas y el incremento del precio de remate de los bienes subastados, lo que ayuda a los deudores a cancelar su deuda en mejores condiciones.
- Incrementar la libre competencia y evitar prácticas abusivas encaminadas a pactar precios y el proceso de subasta para hacerse con el bien subastado.
-Aumentar el tipo y número de bienes subastados, ya que se ejecutan en las subastas bienes con menor valor de tasación y no exclusivamente inmuebles, sino también muebles y vehículos.
-Contribuir al impulso de la actividad económica.
Murcia, pionera en la celebración de subastas judiciales electrónicas
El Portal de Subastas Judiciales Electrónicas del Ministerio de Justicia tiene su referente en el proyecto piloto desarrollado en la región de Murcia en el año 2007. La puesta en marcha de la Unidad de Subastas para la celebración de los procesos señalados por los juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Murcia supuso una experiencia pionera en España y en Europa, y fue reconocida por la Comisión Europea y el Consejo de Europa con el premio “Crystal Scales of Justice” por su contribución a la publicidad y acceso a la Justicia a escala transfronteriza.
A partir del próximo mes de noviembre, todos los juzgados del territorio nacional publicarán las subastas en el nuevo portal, aunque en esta primera etapa las pujas electrónicas se realizarán en los juzgados del territorio dependiente del Justicia, comenzando por las ciudades en las que esté implantado el nuevo modelo de Oficina Judicial. Asimismo, este servicio de celebración de subastas judiciales electrónicas se ofrecerá a todas las comunidades autónomas con competencias transferidas.
En el actual contexto económico, en el que se producen un gran número de ejecuciones hipotecarias, el desarrollo del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas responde al compromiso del Ministerio de Justicia por prestar un servicio más ágil, eficiente, seguro y transparente a los ciudadanos, procurando que de la subasta se obtenga el mejor precio posible que ayude a los deudores a cancelar sus deudas.
El Portal de Subastas Judiciales Electrónicas
Se trata de una misma y única aplicación para todos los juzgados del territorio del Ministerio de Justicia, a la que podrán acceder por Internet tanto los profesionales de la Justicia como los ciudadanos. El acceso a los servicios del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas se hará mediante DNI electrónico, cualquier certificado electrónico reconocido, o bien con un nombre de usuario y contraseña obtenido en el juzgado.
En la plataforma estará disponible toda la información relativa tanto a los distintos bienes a subasta como al proceso de subasta en sí - lugar de celebración, fecha y hora de inicio y cierre, juzgado que tramita el expediente, etc. -, y será posible localizar el bien subastado a través de mapas virtuales y fotografías. Además, se podrán realizar búsquedas por tipo de bien a subasta - inmuebles, muebles y vehículos -, por lugar, valor de tasación, fecha o estado de la subasta.
Hasta ahora, el proceso para participar en una subasta judicial era lento y laborioso, ya que el interesado debía consultar personalmente en los tablones de los edictos de los diferentes juzgados los bienes que se ponían a subasta y, en caso de requerir información adicional, solicitarla a través de los juzgados u oficinas del catastro. Asimismo, la presencia física del interesado era imprescindible durante la celebración de la subasta, por lo que los desplazamientos y el papeleo eran inevitables.
La puesta en marcha del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas hace posible la celebración y participación online en este tipo de procesos, con lo que se evitan desplazamientos y demoras innecesarias a los ciudadanos, y se consigue:
-Una mayor publicidad y transparencia en los procesos de subasta.
-Un mayor número de participantes en las subastas y el incremento del precio de remate de los bienes subastados, lo que ayuda a los deudores a cancelar su deuda en mejores condiciones.
- Incrementar la libre competencia y evitar prácticas abusivas encaminadas a pactar precios y el proceso de subasta para hacerse con el bien subastado.
-Aumentar el tipo y número de bienes subastados, ya que se ejecutan en las subastas bienes con menor valor de tasación y no exclusivamente inmuebles, sino también muebles y vehículos.
-Contribuir al impulso de la actividad económica.
Murcia, pionera en la celebración de subastas judiciales electrónicas
El Portal de Subastas Judiciales Electrónicas del Ministerio de Justicia tiene su referente en el proyecto piloto desarrollado en la región de Murcia en el año 2007. La puesta en marcha de la Unidad de Subastas para la celebración de los procesos señalados por los juzgados de Primera Instancia del partido judicial de Murcia supuso una experiencia pionera en España y en Europa, y fue reconocida por la Comisión Europea y el Consejo de Europa con el premio “Crystal Scales of Justice” por su contribución a la publicidad y acceso a la Justicia a escala transfronteriza.
domingo, 27 de noviembre de 2011
Los seguros de desempleo y vida ligados a hipotecas, en el punto de mira
MUCHASCASAS.NET.-A.RICO.-La Oficina del Defensor del Pueblo ha abierto una investigación sobre la inoperatividad de los seguros de desempleo o vida que muchas personas se han visto obligadas a suscribir para acceder a un crédito hipotecario, con compañías aseguradoras que pertenecen al mismo grupo financiero que las entidades que les conceden el préstamo. Ante las denuncias de los ciudadanos, la Defensora del Pueblo, Mª Luisa Cava de Llano, abrió a finales de octubre una investigación de oficio ante el Banco de España y ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
El actual contexto de crisis económica ha motivado la llegada de diversas quejas, explica la Institución, que relatan la situación de ciudadanos que, tras haberse quedado sin empleo, han solicitado a las compañías la aplicación de la cobertura del seguro por desempleo y se les ha denegado. El motivo que alegan las aseguradoras para no indemnizar es que los clientes carecen de un contrato laboral indefinido, lo que al parecer era un requisito de la póliza. Hay que recordar, además, que las primas de dicha póliza son elevadas, al estar calculadas en función del préstamo concedido o de las cuotas mensuales.
La Defensoría también ha recibido quejas de funcionarios y militares a los que las entidades bancarias también han obligado a suscribir un seguro de vida y de desempleo ligado al préstamo hipotecario, a sabiendas de que no es probable que se queden sin trabajo. En el caso de los militares, incluso, al tener un empleo de riesgo se les excluye de la cobertura de fallecimiento del seguro de vida. Estos clientes, al conocer que no existe la posibilidad de cubrir la contingencia de desempleo, y la de fallecimiento en el caso de los militares, consideran que no ha existido una información clara, ajustada y transparente por parte de las entidades bancarias, por la falta de interés asegurable. Por ello, han pedido a las compañías de seguros la anulación de las pólizas y la devolución de las primas abonadas, solicitud que está siendo rechazada, produciéndose un enriquecimiento injusto de las compañías aseguradoras pertenecientes a las mismas entidades bancarias, que no han corrido ningún riesgo.
A juicio de la Oficina del Defensor del Pueblo no parece posible que las entidades bancarias excusen falta de conocimiento de la situación laboral de sus clientes, pues entre la documentación necesaria para conceder los préstamos hipotecarios se encuentra el contrato de trabajo o similar. Por tanto, saben antes de obligar a suscribir las pólizas de seguro que no se cumple el requisito fundamental para desplegar la cobertura, el contrato laboral indefinido, lo que provoca la ausencia de interés asegurable.
El actual contexto de crisis económica ha motivado la llegada de diversas quejas, explica la Institución, que relatan la situación de ciudadanos que, tras haberse quedado sin empleo, han solicitado a las compañías la aplicación de la cobertura del seguro por desempleo y se les ha denegado. El motivo que alegan las aseguradoras para no indemnizar es que los clientes carecen de un contrato laboral indefinido, lo que al parecer era un requisito de la póliza. Hay que recordar, además, que las primas de dicha póliza son elevadas, al estar calculadas en función del préstamo concedido o de las cuotas mensuales.
La Defensoría también ha recibido quejas de funcionarios y militares a los que las entidades bancarias también han obligado a suscribir un seguro de vida y de desempleo ligado al préstamo hipotecario, a sabiendas de que no es probable que se queden sin trabajo. En el caso de los militares, incluso, al tener un empleo de riesgo se les excluye de la cobertura de fallecimiento del seguro de vida. Estos clientes, al conocer que no existe la posibilidad de cubrir la contingencia de desempleo, y la de fallecimiento en el caso de los militares, consideran que no ha existido una información clara, ajustada y transparente por parte de las entidades bancarias, por la falta de interés asegurable. Por ello, han pedido a las compañías de seguros la anulación de las pólizas y la devolución de las primas abonadas, solicitud que está siendo rechazada, produciéndose un enriquecimiento injusto de las compañías aseguradoras pertenecientes a las mismas entidades bancarias, que no han corrido ningún riesgo.
A juicio de la Oficina del Defensor del Pueblo no parece posible que las entidades bancarias excusen falta de conocimiento de la situación laboral de sus clientes, pues entre la documentación necesaria para conceder los préstamos hipotecarios se encuentra el contrato de trabajo o similar. Por tanto, saben antes de obligar a suscribir las pólizas de seguro que no se cumple el requisito fundamental para desplegar la cobertura, el contrato laboral indefinido, lo que provoca la ausencia de interés asegurable.
sábado, 26 de noviembre de 2011
Nueva norma sobre aranceles de notarios y registradores
MUCHASCASAS.NET.-A.RICO.-El consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el arancel notarial y registral en materia de cancelación de hipotecas. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) denunció en el mes de septiembre que un gran número de notarios y registradores cobraban de más en las cancelaciones hipotecarias, incumpliendo las rebajas del arancel que incorporaba la Ley 41/2007.
La OCU considera “positivo el hecho de que el nuevo Real Decreto establezca de forma clara la obligatoriedad de aplicar el arancel por parte de notarios y registradores para todo tipo de cancelaciones hipotecarias, aunque considera que la ley ya era suficientemente clara“. Sin embargo, la asociación denuncia que “este Real Decreto no puede servir para exonerar la responsabilidad de las actuaciones de aquellos notarios y registradores que han cobrado de más a los consumidores” y considera conveniente “una revisión más en profundidad del arancel de notarios y registradores para aclarar el cobro de determinados conceptos que ambos incluyen en sus minutas y no están recogidos en el arancel (copias electrónicas, diligencias catastro, búsqueda de antecedentes..etc)”.
La OCU considera “positivo el hecho de que el nuevo Real Decreto establezca de forma clara la obligatoriedad de aplicar el arancel por parte de notarios y registradores para todo tipo de cancelaciones hipotecarias, aunque considera que la ley ya era suficientemente clara“. Sin embargo, la asociación denuncia que “este Real Decreto no puede servir para exonerar la responsabilidad de las actuaciones de aquellos notarios y registradores que han cobrado de más a los consumidores” y considera conveniente “una revisión más en profundidad del arancel de notarios y registradores para aclarar el cobro de determinados conceptos que ambos incluyen en sus minutas y no están recogidos en el arancel (copias electrónicas, diligencias catastro, búsqueda de antecedentes..etc)”.
miércoles, 4 de agosto de 2010
Reforma de las cajas de ahorros: ¿cómo afecta al cliente?
Los usuarios podrán conseguir dividendos y disfrutar de derechos de participación en las juntas
M,UCHASCASAS.NET.-A.RICO.- Adquirir cuotas participativas y convertirse en socio de la caja de pleno derecho, conseguir dividendos, cuando los haya, y disfrutar de derechos de participación en las juntas son algunos de los efectos que tendrá sobre el ahorrador la reforma de las cajas de ahorros, la más importante del sistema financiero español. Ante la fuerte caída de los tipos de interés, de los ingresos y del volumen de negocio y, sobre todo, ante las primeras pérdidas anunciadas por cajas de ahorros como Caja Castilla La Mancha y Cajasur, que derivaron en la correspondiente intervención por parte del Banco de España, ha resultado necesario poner en marcha una profunda reestructuración del modelo bancario. La creación del FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) y la reciente aprobación de un nuevo Real Decreto sobre la Reforma de las Cajas han sentado las bases para el nuevo mapa financiero de España. Fusiones, cierre de sucursales, prejubilaciones y más poder para los accionistas de bancos en el ámbito de las cajas de ahorros son sólo algunas de las modificaciones más importantes que se llevarán a cabo. En el terreno de las cajas, todas las previsiones apuntan a que las entidades se reducirán a la mitad: las 46 registradas en el Banco de España pasarán a agruparse en torno a 20 ó 25.
Más participación
Una de las modificaciones que trae consigo la reforma de la ley de cajas es que las entidades podrán emitir cuotas participativas. Es una fórmula similar a las de las acciones de los bancos, lo que confiere derechos de participación. A las entidades esta fórmula les permitirá conseguir más recursos para financiarse. Las emisiones podrán alcanzar hasta el 50% del patrimonio. Se elimina el límite del 5% planteado hasta ahora por el que un solo inversor -como un banco- podría adquirir esas cuotas.
Para los ahorradores, hacerse con cuotas participativas supone convertirse en socio de la caja de pleno derecho, conseguir así dividendos, cuando los haya, y disfrutar de derechos de participación en las juntas. También es positiva la reforma desde el punto de vista de la seguridad, ya que su objetivo final es evitar que una entidad quiebre. Ésta y todas las medidas que se han adoptado y que afectan a la nueva configuración de las cajas de ahorros persiguen componer un mapa financiero más sólido, en el que no tengan cabida las intervenciones por parte del Banco de España.
La emisión de cuotas participativas no afectará a la oferta de productos de las entidades
Desde el punto de vista práctico, la emisión de cuotas participativas no afectará a la oferta de productos de las entidades. Es más una medida de organización interna que comercial.
Menos influencia política
Otro punto importante de la reforma planteada es que se reducirá la influencia política de las entidades. Para ello, se establecerá la incompatibilidad de los cargos electos para formar parte de los miembros de los consejos de las cajas. También se ha vetado el acceso a los ejecutivos dependientes de las diferentes administraciones públicas. El objetivo es aumentar la profesionalidad y democratización de las cajas, un aspecto positivo para los ahorradores, ya que busca anteponer sus intereses a los intereses políticos.
Hasta ahora, en la historia de las cajas de ahorros españolas han salido a la luz múltiples casos de operaciones de financiación o de participación en proyectos que han estado comandados por intereses políticos (firma de préstamos a constructoras que aportaban interesantes comisiones a personas determinadas, toma de capital en empresas con importantes intereses en una determinada zona, etc.). En ocasiones, estas decisiones han llevado al límite la cuenta de resultados de las cajas de ahorros (sobre todo, los innumerables préstamos a promotores concedidos en pleno "boom inmobiliario"). Con la nueva medida, se intenta proteger a los ahorradores de estas prácticas con doble intención y primar la gestión independiente.
La reforma intenta proteger a los ahorradores y primar la gestión independiente
La reforma de las cajas también apuesta por la profesionalidad de los consejeros: al menos la mitad de los miembros de los consejos deberán demostrar requisitos de profesionalidad, cualificación y experiencia para poder acceder al puesto. La ley prohíbe que los miembros de gobiernos regionales puedan formar parte de los órganos de gobierno de las cajas. Para el ahorrador esto es positivo, ya que evitará la subjetividad en la toma de decisiones.
Otra medida será la necesidad de mayoría reforzada. Los consejos de las cajas deberán aprobar sus decisiones trascendentes -como el cambio de modelo a una fundación- con al menos dos tercios de votos favorables.
Los puntos claves de la reforma
• Menos politización: se reducirán los cargos políticos en los consejos. Habrá menos intervención y se pensará más en los intereses del ahorrador.
• Emisión de cuotas participativas: es un punto favorable que busca reforzar los recursos propios de las entidades. El ahorrador estará más tranquilo. Habrá menos riesgo de quiebra.
• Fusiones: la emisión de cuotas participativas no afectará a la oferta de productos de las entidades. Garantizan la supervivencia de las entidades más pequeñas, pero supondrán el cierre de sucursales, prejubilación y despido de empleados. Pueden cambiar las políticas comerciales. Las decisiones las impondrá la caja que absorba.
Cambios en las políticas comerciales
Una de las situaciones que sí puede afectar al ahorrador es la culminación de una fusión entre dos o más cajas de ahorros. En principio, los usuarios no deben experimentar cambios en los productos que ya tienen contratados, como fondos de inversión, planes de pensiones, seguros o depósitos. Sin embargo, las políticas comerciales pasarán a estar controladas por la caja que absorba o que más capital aporte y los nuevos instrumentos pueden verse condicionados por el "toque" de la caja con más recursos. Pueden modificarse las comisiones aplicadas, los tipos de interés y los vencimientos.
A raíz de una fusión pueden modificarse las comisiones aplicadas, los tipos de interés y los vencimientos
• Comisiones: un apartado que deberá revisar con cuidado el usuario de una caja de ahorros envuelta en una fusión es el de las comisiones aplicadas en sus productos. Un proceso de integración puede ser una excusa para acordar una subida de tarifas, una estrategia que aplican numerosas entidades ante las dificultades económicas de la actualidad. En todo caso, el cliente debe exigir que le comuniquen el cambio de comisiones de forma anticipada a su aplicación. En el último año han subido, sobre todo, las comisiones aplicadas a servicios bancarios básicos (mantenimiento de cuentas corrientes, transferencias, emisión de cheques, cuotas anuales de tarjetas y extracción de efectivo en cajeros, entre otras prestaciones).
• Cuentas: en cuentas a la vista o cuentas de ahorro, los requisitos pueden cambiar con una antelación de 15 días, siempre que la nueva entidad así lo comunique a sus usuarios y lo registre con un nuevo folleto comercial en el Banco de España.
• Nuevos depósitos: la institución central española ha recomendado a las entidades, sobre todo a las que han solicitado recursos al FROB, que presenten tipos en la media del mercado (en torno al 2%). El Banco de España cree que es perjudicial para las entidades lanzar imposiciones a plazo con tipos del 4% o superiores, como se ha ofrecido en los últimos meses. Los balances de las cajas pueden verse dañados con tales extratipos. Esta recomendación tiene pros y contras para el ahorrador: los productos que le propongan serán menos rentables para su ahorro, pero las entidades que cumplan con este precepto tendrán balances y cuentas de resultados más saneados.
• Tarjetas de crédito: es posible que se den cambios en la entidad gestora (pasar de Servired a Euro 6000...). Esto deberá tenerse en cuenta, sobre todo, al extraer efectivo de cajeros, ya que en función de la entidad a la que esté adherida la máquina dispensadora, el usuario deberá pagar o no comisiones. No obstante, no pueden modificarse las condiciones suscritas en el contrato con una entidad. Las comisiones y los tipos de interés son inalterables.
• Seguros: tras una fusión, las cajas integradas deben debatir con qué aseguradora trabajar. Para evitar duplicidades y conseguir una homogeneización del negocio, lo más razonable es elegir una sola compañía (casi siempre, la de la caja dominante o con más recursos). En cualquier caso, se mantienen los derechos y obligaciones de los antiguos contratos. Sólo los nuevos se regirán por las condiciones que imponga la aseguradora elegida.
M,UCHASCASAS.NET.-A.RICO.- Adquirir cuotas participativas y convertirse en socio de la caja de pleno derecho, conseguir dividendos, cuando los haya, y disfrutar de derechos de participación en las juntas son algunos de los efectos que tendrá sobre el ahorrador la reforma de las cajas de ahorros, la más importante del sistema financiero español. Ante la fuerte caída de los tipos de interés, de los ingresos y del volumen de negocio y, sobre todo, ante las primeras pérdidas anunciadas por cajas de ahorros como Caja Castilla La Mancha y Cajasur, que derivaron en la correspondiente intervención por parte del Banco de España, ha resultado necesario poner en marcha una profunda reestructuración del modelo bancario. La creación del FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) y la reciente aprobación de un nuevo Real Decreto sobre la Reforma de las Cajas han sentado las bases para el nuevo mapa financiero de España. Fusiones, cierre de sucursales, prejubilaciones y más poder para los accionistas de bancos en el ámbito de las cajas de ahorros son sólo algunas de las modificaciones más importantes que se llevarán a cabo. En el terreno de las cajas, todas las previsiones apuntan a que las entidades se reducirán a la mitad: las 46 registradas en el Banco de España pasarán a agruparse en torno a 20 ó 25.
Más participación
Una de las modificaciones que trae consigo la reforma de la ley de cajas es que las entidades podrán emitir cuotas participativas. Es una fórmula similar a las de las acciones de los bancos, lo que confiere derechos de participación. A las entidades esta fórmula les permitirá conseguir más recursos para financiarse. Las emisiones podrán alcanzar hasta el 50% del patrimonio. Se elimina el límite del 5% planteado hasta ahora por el que un solo inversor -como un banco- podría adquirir esas cuotas.
Para los ahorradores, hacerse con cuotas participativas supone convertirse en socio de la caja de pleno derecho, conseguir así dividendos, cuando los haya, y disfrutar de derechos de participación en las juntas. También es positiva la reforma desde el punto de vista de la seguridad, ya que su objetivo final es evitar que una entidad quiebre. Ésta y todas las medidas que se han adoptado y que afectan a la nueva configuración de las cajas de ahorros persiguen componer un mapa financiero más sólido, en el que no tengan cabida las intervenciones por parte del Banco de España.
La emisión de cuotas participativas no afectará a la oferta de productos de las entidades
Desde el punto de vista práctico, la emisión de cuotas participativas no afectará a la oferta de productos de las entidades. Es más una medida de organización interna que comercial.
Menos influencia política
Otro punto importante de la reforma planteada es que se reducirá la influencia política de las entidades. Para ello, se establecerá la incompatibilidad de los cargos electos para formar parte de los miembros de los consejos de las cajas. También se ha vetado el acceso a los ejecutivos dependientes de las diferentes administraciones públicas. El objetivo es aumentar la profesionalidad y democratización de las cajas, un aspecto positivo para los ahorradores, ya que busca anteponer sus intereses a los intereses políticos.
Hasta ahora, en la historia de las cajas de ahorros españolas han salido a la luz múltiples casos de operaciones de financiación o de participación en proyectos que han estado comandados por intereses políticos (firma de préstamos a constructoras que aportaban interesantes comisiones a personas determinadas, toma de capital en empresas con importantes intereses en una determinada zona, etc.). En ocasiones, estas decisiones han llevado al límite la cuenta de resultados de las cajas de ahorros (sobre todo, los innumerables préstamos a promotores concedidos en pleno "boom inmobiliario"). Con la nueva medida, se intenta proteger a los ahorradores de estas prácticas con doble intención y primar la gestión independiente.
La reforma intenta proteger a los ahorradores y primar la gestión independiente
La reforma de las cajas también apuesta por la profesionalidad de los consejeros: al menos la mitad de los miembros de los consejos deberán demostrar requisitos de profesionalidad, cualificación y experiencia para poder acceder al puesto. La ley prohíbe que los miembros de gobiernos regionales puedan formar parte de los órganos de gobierno de las cajas. Para el ahorrador esto es positivo, ya que evitará la subjetividad en la toma de decisiones.
Otra medida será la necesidad de mayoría reforzada. Los consejos de las cajas deberán aprobar sus decisiones trascendentes -como el cambio de modelo a una fundación- con al menos dos tercios de votos favorables.
Los puntos claves de la reforma
• Menos politización: se reducirán los cargos políticos en los consejos. Habrá menos intervención y se pensará más en los intereses del ahorrador.
• Emisión de cuotas participativas: es un punto favorable que busca reforzar los recursos propios de las entidades. El ahorrador estará más tranquilo. Habrá menos riesgo de quiebra.
• Fusiones: la emisión de cuotas participativas no afectará a la oferta de productos de las entidades. Garantizan la supervivencia de las entidades más pequeñas, pero supondrán el cierre de sucursales, prejubilación y despido de empleados. Pueden cambiar las políticas comerciales. Las decisiones las impondrá la caja que absorba.
Cambios en las políticas comerciales
Una de las situaciones que sí puede afectar al ahorrador es la culminación de una fusión entre dos o más cajas de ahorros. En principio, los usuarios no deben experimentar cambios en los productos que ya tienen contratados, como fondos de inversión, planes de pensiones, seguros o depósitos. Sin embargo, las políticas comerciales pasarán a estar controladas por la caja que absorba o que más capital aporte y los nuevos instrumentos pueden verse condicionados por el "toque" de la caja con más recursos. Pueden modificarse las comisiones aplicadas, los tipos de interés y los vencimientos.
A raíz de una fusión pueden modificarse las comisiones aplicadas, los tipos de interés y los vencimientos
• Comisiones: un apartado que deberá revisar con cuidado el usuario de una caja de ahorros envuelta en una fusión es el de las comisiones aplicadas en sus productos. Un proceso de integración puede ser una excusa para acordar una subida de tarifas, una estrategia que aplican numerosas entidades ante las dificultades económicas de la actualidad. En todo caso, el cliente debe exigir que le comuniquen el cambio de comisiones de forma anticipada a su aplicación. En el último año han subido, sobre todo, las comisiones aplicadas a servicios bancarios básicos (mantenimiento de cuentas corrientes, transferencias, emisión de cheques, cuotas anuales de tarjetas y extracción de efectivo en cajeros, entre otras prestaciones).
• Cuentas: en cuentas a la vista o cuentas de ahorro, los requisitos pueden cambiar con una antelación de 15 días, siempre que la nueva entidad así lo comunique a sus usuarios y lo registre con un nuevo folleto comercial en el Banco de España.
• Nuevos depósitos: la institución central española ha recomendado a las entidades, sobre todo a las que han solicitado recursos al FROB, que presenten tipos en la media del mercado (en torno al 2%). El Banco de España cree que es perjudicial para las entidades lanzar imposiciones a plazo con tipos del 4% o superiores, como se ha ofrecido en los últimos meses. Los balances de las cajas pueden verse dañados con tales extratipos. Esta recomendación tiene pros y contras para el ahorrador: los productos que le propongan serán menos rentables para su ahorro, pero las entidades que cumplan con este precepto tendrán balances y cuentas de resultados más saneados.
• Tarjetas de crédito: es posible que se den cambios en la entidad gestora (pasar de Servired a Euro 6000...). Esto deberá tenerse en cuenta, sobre todo, al extraer efectivo de cajeros, ya que en función de la entidad a la que esté adherida la máquina dispensadora, el usuario deberá pagar o no comisiones. No obstante, no pueden modificarse las condiciones suscritas en el contrato con una entidad. Las comisiones y los tipos de interés son inalterables.
• Seguros: tras una fusión, las cajas integradas deben debatir con qué aseguradora trabajar. Para evitar duplicidades y conseguir una homogeneización del negocio, lo más razonable es elegir una sola compañía (casi siempre, la de la caja dominante o con más recursos). En cualquier caso, se mantienen los derechos y obligaciones de los antiguos contratos. Sólo los nuevos se regirán por las condiciones que imponga la aseguradora elegida.
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