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domingo, 13 de enero de 2013

Fomento prevé impulsar pisos protegidos para alquiler social de menos de 400 euros mensuales


El Ministerio de Fomento ha incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 un programa para impulsar un parque público de viviendas protegidas para el alquiler social, con una renta máxima que rondará los 400 euros mensuales, para albergar a familias con ingresos no superiores a 1.600 euros durante un máximo de dos años.

MUCHASCASAS.NET.-Así aparece en el borrador del Real Decreto que regulará el que se ha denominado Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016, al que ha tenido acceso ESTE DIGITAL.

Según explica Fomento, el plan contempla ayudas estatales para organismos y empresas públicas, sociedades mercantiles partícipes íntegra o mayoritariamente por las administraciones públicas u organizaciones no gubernamentales y demás entidades privadas sin ánimo de lucro que promuevan viviendas para destinarlas a este uso durante al menos 30 años.

Las ayudas ascenderán a un máximo de 18.000 euros por vivienda y no podrá superar el 20% del coste final de la edificación, con independencia de la co-financiación que puedan aportar otras administraciones públicas.

Ahora bien, estas viviendas habrán de destinarse a inquilinos con ingresos no superiores a tres veces el Iprem, es decir, unos 1.600 euros mensuales, para su uso entre uno y dos años, con lo que se trata de un parque de viviendas en rotación. Además, estas viviendas protegidas habrán de ser edificadas en suelos cedidos por los ayuntamientos y tendrán una superficie no superior a los 90 metros cuadrados.

Así, en tanto que el precio del alquiler será “proporcionado” a la superficie de la vivienda, sin que pueda superar los 4,5 euros por metro cuadrado de superficie útil al mes, la renta no superará en ningún caso los 400 euros mensuales.

EL 25% DE LOS PISOS, PARA USUARIOS DE SERVICIOS SOCIALES.
Por otro lado, el documento que maneja Fomento prevé que el 25% de la oferta de estas viviendas sociales se reserve a familias que estén siendo atendidas por los servicios sociales de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos, o por ONGs o entidades privadas sin ánimo de lucro, que por su menor nivel de renta no puedan beneficiarse de otras ayudas al alquiler que contempla el Plan.

Para evitar un mal uso de este programa de ayudas, el borrador prevé la transferencia de las ayudas a los promotores de estas viviendas en dos plazos. El primero, en el que se aportará el 60% de la ayuda, una vez aportada la licencia municipal de obra, la calificación provisional como vivienda protegida para alquiler social y el certificado de inicio de obra.

El segundo plazo, por importe del 40% de la subvención, se dotará cuando conste el certificado de final de obra y la calificación definitiva como vivienda protegida para alquiler social.

Además, entre ambas entregas no podrá mediar un plazo superior a 24 meses, salvo que se trate de promociones de más de 80 viviendas, en cuyo caso el plazo se podrá extender a 30 meses. En el caso de no cumplirse este plazo, el beneficiario de la ayuda tendría que reintegrar la primera parte de la subvención que le fue abonada.

 

 

 

 

 

domingo, 9 de septiembre de 2012

Cinco requisitos para acceder a la ayuda de 400



LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-Los desempleados que deseen acogerse al plan Prepara, cuya prórroga aprobó este viernes el Gobierno, deberán acreditar, "en la forma que se determine reglamentariamente", que "durante un periodo mínimo de treinta días" han llevado a cabo "acciones de búsqueda activa de empleo", según recoge el Real Decreto-Ley publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Según han explicado a Europa Press fuentes de Ministerio de Empleo, para acreditar que se ha buscado empleo activamente bastará con una instrucción del Servicio Público de Empleo Estatal que justifique que efectivamente el solicitante ha llevado a cabo dichas acciones durante al menos un mes de los dos que tiene para solicitar su inclusión en el programa.

Entre dichas actividades de búsqueda activa de empleo contarán también, aquellos trabajos "por cuenta propia o ajena" de corta duración que la persona solicitante pueda realizar en ese plazo.

Asimismo, las personas desempleadas que quieran beneficiarse de la ayuda prevista en el plan Prepara, además de haber agotado su prestación por desempleo y de no tener derecho a cualquiera de los subsidios previstos o hayan agotado alguno de ellos, deberán "llevar inscritas como demandantes de empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses" y "tener responsabilidades familiares".

Por otra parte, el texto publicado hoy en el BOE recoge el interés del Gobierno de evitar los solapamientos entre las ayudas del plan prorrogado y aquellas concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades locales y que no se supere el límite establecido del 75 por ciento del Salario Mínimo Interprocesional.

Para reforzar dicho control, el Real-Decreto establece que los desempleados que quieran acogerse al plan deberá aportar, "junto con la solicitud, certificado emitido por dicha Comunidad Autónoma o entidad local donde se haga constar la percepción o no de dichas ayudas, y de su cuantía".

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ya confirmó este viernes durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros otra de las novedades que incluye la prórroga, y que consiste en que con la nueva regulación, se tendrá en cuenta los ingresos de los ascendientes (padres) a la hora de valorar si el desempleado cumple el requisito de rentas exigido para poder cobrar la ayuda de 400 euros que incluye este plan.

"Aunque el solicitante carezca de rentas, en los términos anteriormente establecidos, si convive con padres y/o cónyuge, y/o hijos menores de 26 años, o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, o menores acogidos, únicamente se entenderá cumplido e requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional", reza el texto.

Todas estas medidas entrarán en vigor a partir de este domingo pero tendrá efectos retroactivos hasta el 16 de agosto.

jueves, 30 de agosto de 2012

Cinco requisitos para acceder a la ayuda de 400


LAEDICION.NET.-:/ Redacción.-Los desempleados que deseen acogerse al plan Prepara, cuya prórroga aprobó este viernes el Gobierno, deberán acreditar, "en la forma que se determine reglamentariamente", que "durante un periodo mínimo de treinta días" han llevado a cabo "acciones de búsqueda activa de empleo", según recoge el Real Decreto-Ley publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Según han explicado a Europa Press fuentes de Ministerio de Empleo, para acreditar que se ha buscado empleo activamente bastará con una instrucción del Servicio Público de Empleo Estatal que justifique que efectivamente el solicitante ha llevado a cabo dichas acciones durante al menos un mes de los dos que tiene para solicitar su inclusión en el programa.

Entre dichas actividades de búsqueda activa de empleo contarán también, aquellos trabajos "por cuenta propia o ajena" de corta duración que la persona solicitante pueda realizar en ese plazo.

Asimismo, las personas desempleadas que quieran beneficiarse de la ayuda prevista en el plan Prepara, además de haber agotado su prestación por desempleo y de no tener derecho a cualquiera de los subsidios previstos o hayan agotado alguno de ellos, deberán "llevar inscritas como demandantes de empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses" y "tener responsabilidades familiares".

Por otra parte, el texto publicado hoy en el BOE recoge el interés del Gobierno de evitar los solapamientos entre las ayudas del plan prorrogado y aquellas concedidas por las Comunidades Autónomas y las entidades locales y que no se supere el límite establecido del 75 por ciento del Salario Mínimo Interprocesional.

Para reforzar dicho control, el Real-Decreto establece que los desempleados que quieran acogerse al plan deberá aportar, "junto con la solicitud, certificado emitido por dicha Comunidad Autónoma o entidad local donde se haga constar la percepción o no de dichas ayudas, y de su cuantía".

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ya confirmó este viernes durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros otra de las novedades que incluye la prórroga, y que consiste en que con la nueva regulación, se tendrá en cuenta los ingresos de los ascendientes (padres) a la hora de valorar si el desempleado cumple el requisito de rentas exigido para poder cobrar la ayuda de 400 euros que incluye este plan.

"Aunque el solicitante carezca de rentas, en los términos anteriormente establecidos, si convive con padres y/o cónyuge, y/o hijos menores de 26 años, o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, o menores acogidos, únicamente se entenderá cumplido e requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional", reza el texto.

Todas estas medidas entrarán en vigor a partir de este domingo pero tendrá efectos retroactivos hasta el 16 de agosto.