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miércoles, 8 de mayo de 2013

Catalunya Banc incorpora al arbitraje 1.100 millones de subordinada con vencimiento




IMPORTANTE: Los afectados por Deuda Subordinada con VENCIMIENTO podrán acudir al arbitraje. Aún no conocemos cuando se iniciará el plazo para presentar la solicitud.


  • La entidad solo reconocía el arbitraje para preferentes y subordinada perpetua
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MUCHASCASAS.NET.-La aceptación de la subordinada con vencimiento podría comprometer sus ratios de capital La creación de la Comisión de Seguimiento de Instrumentos de Híbridos de Capital y deuda Subordinada no ha aportado grandes novedades en cuanto a los criterios que deben cumplir los clientes que pueden aspirar a esta fórmula con la que recuperar su inversión pero sí activa una importante novedad, al reconocer el acceso al arbitraje al conjunto de los productos híbridos, incluida también la deuda subordinada con vencimiento.
Estos títulos tienen la misma condición de híbrido de capital que las preferentes y la deuda subordinada perpetua, aunque con la gran diferencia de contar con una fecha de vencimiento. Así, el inversor no se queda atrapado en el producto hasta la eternidad si no hay liquidez ninguna para la venta, pero la subordinada con vencimiento debe contribuir ahora por igual al fortalecimiento del capital de la entidades nacionalizadas.
Catalunya Banca había iniciado el pasado otoño el proceso de arbitraje para sus preferentes y para la deuda subordinada perpetua. Ha aprobado hasta el momento 9.000 solicitudes de arbitraje, con el resultado de 1.250 laudos positivos, para un conjunto de 510 millones de euros de preferentes y 102 millones de subordinada perpetua. Pero ahora debe afrontar un proceso mucho más ambicioso, puesto que la Comisión de Seguimiento de Híbridos reconoce el acceso al arbitraje también para la subordinada con vencimiento, lo que para Catalunya Banc es el grueso de su volumen total de híbridos: 1.098 millones de euros.
Esta elevada cuantía no es cuestión baladí para una entidad que ha visto paralizada su subasta y que aún tiene que despejar su horizonte a medio plazo. Una vez que se aceptan las solicitudes de arbitraje, la gran mayoría desembocan en laudos favorables al cliente, al que la entidad debe reintegrar la totalidad de la inversión, con el consiguiente coste a cuenta de los recursos propios. Aun así, no es de esperar ni mucho menos que los 1.098 millones de subordinada con vencimiento acaben en proceso de arbitraje, en el que los filtros de aceptación podrían ser superiores al arbitraje en preferentes, donde se da el agravante de una inversión a perpetuidad.
Bruselas ya ha advertido de que el rescate a la banca española no servirá para asumir el impacto del arbitraje en las entidades, que deberán afrontarlo con sus recursos propios. Y en caso de que volvieran a quedar por debajo de los niveles exigidos de solvencia, sería el FROB el encargado de cerrar el nuevo agujero. Economía asegura en cualquier caso que los procesos de arbitraje, y la devolución de inversiones que de ellos resulte, no requerirán nuevas inyecciones de capital en las entidades nacionalizadas.
Fuentes de Catalunya Banc señalan que ya han comenzado a comunicar a la red esta nueva posibilidad con la que cuentan sus clientes, que quedan así equiparados a los de Novagalicia, donde sí se tramitan arbitrajes para subordinada con vencimiento, y de Bankia, que acaba de iniciar el proceso. La solicitud del arbitraje para la subordinada con vencimiento de la entidad catalana, aun estando ya previsto, no ha tenido inicio todavía.
Los criterios para la aceptación de solicitudes por parte de los titulares de estos títulos de Catalunya Banc serán los mismos que ya se aplican de cara al arbitraje de preferentes y subordinada perpetua y que tienen como premisa fundamental la acreditación de que se realizó una venta del producto abusiva y ajena a los conocimientos y perfil de riesgo del ahorrador. Las subordinadas con vencimiento de Catalunya Banc deben asumir una quita media del 15%.

 

 

sábado, 20 de abril de 2013

Preferentes: el próximo miércoles se fijarán los criterios para el arbitraje



LAEDICION.NET.- La comisión de seguimiento de las participaciones preferentes se reunirá por primera vez el próximo miércoles, 17 de abril, en un encuentro que, entre otras cosas, servirá para establecer los criterios que deberán cumplir los afectados por una comercialización engañosa de estos productos para poder acogerse al arbitraje.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha anunciado en el Pleno del Congreso, durante el debate de convalidación del decreto ley de Protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero, que la comisión quedará constituida "al más alto nivel" el próximo miércoles.
En dicho encuentro se acordarán los "parámetros y criterios generales a seguir" para poder acudir al arbitraje, requisitos que "podrán ser revisados periódicamente". Además, la comisión también se encargará de hacer un seguimiento de los problemas sociales derivados de la comercialización de estos productos.
El ministro también ha avanzado que habrá un procedimiento rápido para colectivos "especialmente vulnerables", que tendrán prioridad para acceder al arbitraje. "La comisión trabaja ya en los criterios que tendrán en cuenta, y que incluirán a los afectados con menor nivel de ingresos, de edad avanzada en el momento de la contratación, con especiales cargas familiares, que carecieran de experiencia o formación financiera, o que tengan una mayor proporción de los ahorros retenidos en estos productos".
De Guindos ha confirmado asimismo que se permitirá acudir a esta vía a los titulares de participaciones preferentes en entidades nacionalizadas que ya hubieran efectuado su canje por acciones a principios de 2012.

26.000 preferentistas

El ministro ha defendido en el Congreso la validez de los arbitrajes como solución para los casos de malas prácticas en la comercialización de preferentes y ha anunciado que han beneficiado a 26.000 afectados de NCG y CatalunyaBanc.
Guindos ha destacado también que los procesos arbitrales evitan a los perjudicados "un proceso judicial largo y costoso" y ha afirmado que continuarán en el futuro en entidades como Bankia.
El titular de Economía se ha mostrado convencido de que "un porcentaje elevadísimo" de los 300.000 personas afectadas obtendrán una solución gracias a las decisiones adoptadas por el Ejecutivo sobre las preferentes.
Asimismo, ha recordado que la venta de participaciones preferentes entre inversores minoristas se realizó "de forma masiva" entre 2008 y 2009, especialmente en BFA-Bankia, donde el 82 % del saldo vivo actual corresponde a 2009, y ha insistido en que es un problema "heredado" por el actual Gobierno.

Pagos en NCG y CatalunyaBanc

Por otro lado, el decreto habilita al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) a pagar a los afectados de NCG y CatalunyaBanc por las acciones que reciban a cambio de sus participaciones preferentes, ya que, a diferencia de Bankia, no cotizan y no existe posibilidad de vender en el mercado los títulos.
El precio de recompra de las acciones se determinará mediante un informe de un experto independiente que calculará el valor de mercado de los títulos.
En todas las entidades nacionalizadas, al realizar el canje por acciones, los titulares de preferentes van a sufrir una quita en la cantidad que invirtieron, que será del 38 % en el caso de Bankia, del 61 % en CatalunyaBanc y del 43 % en NCG.
Para cubrir estas cantidades, se ordena una derrama de unos 2.000 millones de euros entre los bancos que se destinarán al FGD.

Arbitrajes de BANKIA - Caixa laietana - Bancaja - Caja Madrid




Hoy han dado inicio el plazo de solicitudes de los arbitrajes de Bankia.

La solicitud puede rellenarse desde hoy hasta el día 30 de junio de 2013.

Las personas que realizaron el CANJE POR ACCIONES SÍ PUEDEN PRESENTAR LA SOLICITUD.

LAEDICION.NET.-La presentación de la Solicitud no supone la renuncia a la vía judicial. La firma posteriormente del Convenio de Arbitraje en caso de aceptar Bankia su solicitud SÍ supone la renuncia a la vía judicial. Si tiene iniciado un procedimiento consulte con su abogado antes de firmar el Convenio.

IMPORTANTE: con la solicitud deben presentar TODOS SUS MEDIOS DE PRUEBA y todas sus alegaciones, tal y como indica la Solicitud. Después no podrán aportar nuevas pruebas a no ser que sean hechos nuevos o de nueva noticia.

No es necesario que contraten a un abogado para rellenar la solicitud pero es recomendable, ya que deben presentar todas sus alegaciones en el momento de presentar la solicitud.

Aún no sabemos si el Convenio de Arbitraje permitirá la devolución del 100% o de una parte del dinero.


Pueden imprimir la solicitud aquí: http://www.bankia.com/recursos/doc/corporativo/20130417/preferentes/formulario-de-solicitud-para-acudir-al-arbitraje-de-preferentes-y-deuda-subordin.pdf

Preguntas Frecuentes respondidas por Bankia:
http://www.bankia.com/es/arbitraje-de-preferentes-faqs.html


Todas las personas que deseen tramitar la solicitudes de arbitrajes a través mío como representante legal pueden ponerse en contacto conmigo por la vía tradicional y enviarme toda su documentación escaneada al correo poyatos@icab.es con el Asunto ARBITRAJE BANKIA. Los honorarios para la tramitación de los arbitrajes están aquí: http://poyatosabogada.com/honorarios/