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martes, 28 de agosto de 2012
El Gobierno creará esta semana el “banco malo”
El Gobierno creará esta semana el “banco malo” para acotar el riesgo del “ladrillo” en las entidades y avanzar en las condiciones impuestas por Bruselas para recibir el rescate bancario por hasta 100.000 millones de euros con el fin de sanear el conjunto del sistema financiero.
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN.-.- Está previsto que el Consejo de Ministros del viernes 24 de agosto dé “luz verde” a la creación de la sociedad de gestión de activos, que inyectará dinero público en las entidades a cambio de que le transfieran los inmuebles adjudicados y los créditos a promotores, entre otros, informa Europa Press.
La creación de esta sociedad de respaldo público para agrupar los activos dañados de la banca es una condición recogida en el memorando del rescate bancario acordado con Bruselas con el fin último de reactivar la concesión del crédito en España.
Está previsto que dichos activos inmobiliarios, que podrían extenderse a las participaciones de la banca en empresas promotoras, se contabilicen a valor razonable y no de mercado, y que el “banco malo” les dé salida de forma escalonada en un plazo dilatado de diez años.
Aún se desconoce la forma de articular el “banco malo” con el detalle de los activos que aglutinará más allá de los citados en el memorando y sobre quién recaerá la gestión del mismo, así como qué criterios se utilizarán para establecer su valoración.
La ministra de Fomento, Ana Pastor, sostuvo en declaraciones a Europa Press que el banco malo permitirá solucionar muchos de los problemas de la economía española y contribuir a la puesta en el mercado de las 700.000 viviendas sin vender a un precio acompasado a su valor real.
Distinta opinión tiene la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), para la que este instrumento puede caer en saco roto si no se acompaña de reformas que impidan la vuelta a las condiciones que permitieron la creación de la burbuja inmobiliaria.
En lo que coinciden tanto Adicae como el Ejecutivo es en que el “banco malo” podría provocar un descenso generalizado de los precios de la vivienda, lo que, para la asociación, se traduciría en el empobrecimiento de los propietarios de un inmueble.
Otros expertos consultados por Europa Press apuntan a que este instrumento podría congelar la necesaria corrección de los precios inmobiliarios en España.
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sábado, 9 de junio de 2012
Prima de riesgo disparada: siete consecuencias para el consumidor
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN© 2000-2012.-Una prima elevada hunde la Bolsa y el euro y provoca que al Estado le cueste más financiarse, por lo que se prevén nuevas subidas de impuestos
La prima de riesgo se ha colado en las conversaciones cotidianas. Su protagonismo en telediarios, portadas de periódicos y tertulias ha popularizado el término. Aunque todavía muchos no alcancen a comprender el significado intrínseco del concepto, en general, la inmensa mayoría de la población sabe que cuando se dice que la prima de riesgo sube, es porque la situación económica o financiera empeora; y si baja, porque afloja la tensión sobre el país. En realidad, la expresión hace referencia a la diferencia entre lo que le cuesta a España colocar bonos a 10 años en el mercado frente a lo que paga Alemania, el país de referencia en Europa. En los últimos días, esta variable ha alcanzado máximos históricos (ha marcado los 540 puntos), lo que indica que nuestro país está en una situación muy complicada, que hace ganar muchos enteros a la posibilidad de recibir un rescate internacional, por parte de Europa o del Fondo Monetario Internacional. ¿Cómo afecta una prima de riesgo disparada a los consumidores? Subidas de impuestos, menor consumo o créditos más caros son solo algunas de ellas, como se detalla a continuación.
1. Desconfianza hacia España
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN© 2000-2012.-Que la prima de riesgo suba indica que en los mercados financieros se eleva la desconfianza y la posibilidad de que España no pueda asumir sus compromisos financieros y que, por tanto, necesite ayuda internacional. La explicación a la importante subida hay que buscarla, además de en la crítica situación de Grecia, en las incertidumbres que ha generado el anuncio de la nacionalización de Bankia, su presentación de pérdidas superiores a 3.000 millones de euros en 2011 y la falta de transparencia respecto a cómo se efectuará su rescate.
Desde el punto de vista económico, la consecuencia más importante es que el aumento de este indicador de riesgo obliga al Tesoro español a financiarse más caro, a pagar mayores intereses por su deuda. En solo dos años, ha pasado de abonar sus bonos a diez años al 3,5% a hacerlo por encima del 6%. Mientras, Alemania está colocando sus bonos a diez años en el 1,33%. Es muy importante saber, no obstante, que al calcular la prima de riesgo española no solo influye cuánto paga el Estado español por financiarse, sino también a cómo lo hace Alemania. En los últimos días, el bono alemán ha caído hasta el 1,30%, cuando hace apenas un mes estaba en el 2,3%. Además de la pura tensión económica española, este hecho contribuye a explicar que la diferencia se haya ampliado.
Gana enteros la posibilidad de recibir un rescate internacional por parte de Europa o del Fondo Monetario Internacional
En cualquier caso, una consecuencia práctica es que el gasto público para España se eleva, ya que la financiación pública es más cara. En el plano más doméstico, este hecho obliga a los gobiernos a tomar medidas que afectan directamente a los ciudadanos, como seguir con los recortes en todas las partidas posibles.
2. Subidas de impuestos
Si la prima de riesgo sube más, a las reformas laborales y del sistema público de pensiones y a las subidas de impuestos aprobadas hace solo unos meses, se sumarán nuevas soluciones que permitan al Estado recaudar mayores ingresos. Así lo exige la Comisión Europea, con quien España debe rendir cuentas sobre su reducción del déficit para cumplir con el Plan de Estabilidad Comunitario.
Precisamente coincidiendo con la tensión de la prima de riesgo, Bruselas ha acordado que está dispuesta a alargar hasta 2014 la fecha límite para que España sitúe su déficit en el 3% del PIB (frente al 8,9% con que cerró en 2011). Sin embargo, exige condiciones, que pasan por la presentación de un nuevo plan de ajuste presupuestario. Entre otros aspectos, la Comisión Europea pide aumentar el IVA, reforzar más a los bancos y acelerar la ampliación de la edad de jubilación. Todas estas exigencias son una consecuencia directa de la subida de la prima de riesgo y de la percepción que trasmite a los mercados de capitales.
Pese a que el Gobierno ha negado en varias ocasiones que vaya a subir el IVA, numerosos expertos prevén que esa será, de hecho, la próxima gran fórmula de apoyo para elevar los ingresos públicos, lo que sin duda causará un importante impacto sobre el bolsillo de todos los consumidores, sin excepción.
3. Menos consumo
Otra consecuencia claramente relacionada del ascenso de la prima de riesgo y de una hipotética nueva subida de impuestos será una caída del consumo. En los últimos meses, de hecho, así se ha notado. En general, el ascenso de la prima de riesgo no es más que el reflejo del aumento de la tensión económica.
Para los consumidores, si se eleva aún más la prima de riesgo, se reflejará en mayores dificultades aún para encontrar trabajo
Si se eleva, se reduce el consumo, disminuye la producción de riqueza, el PIB, cae el empleo y retrasa la salida de la recesión económica. Para los consumidores, si sube aún más la prima de riesgo, se reflejará en mayores dificultades para encontrar trabajo. Además, aumenta la posibilidad de que más empresas lleven a cabo expedientes de regulación de empleo o despidos sin más.
4. Recorte de salarios a funcionarios públicos y privados
Otra medida derivada de la actual e insostenible situación es la posible rebaja de salarios a funcionarios públicos. Algunas comunidades autónomas como la de Madrid, no descartan decretar una bajada en los sueldos de los funcionarios.
En el ámbito privado, también numerosas empresas cuentan con planes para imponer recortes de sueldo a sus trabajadores, como solución para mantener sus puestos de trabajo y la viabilidad de las sociedades.
5. Créditos más caros
El impacto también se nota, y mucho, en la financiación privada. Si al Estado le cuesta más financiarse, por un efecto contagio irremediable a los bancos también. Y si esto ocurre, las entidades son mucho más reacias aún a la concesión de créditos a particulares.
En la práctica, numerosos bancos han admitido que el mercado está roto, que la situación para financiarse es tan difícil que la liquidez de la que disponen deben utilizarla para recapitalizarse y cumplir así con las mayores y más elevadas exigencias legales. Y es que el Ministerio de Economía ha puesto en marcha dos reales decretos de saneamiento de la banca española en los que obliga a las entidades a elevar sus colchones de capital y sus provisiones para cubrir activos problemáticos, sobre todo inmobiliarios. Y es posible que en las próximas semanas establezca nuevos requerimientos, todavía más duros.
Es difícil encontrar algún crédito al consumo con tipos inferiores al 10%
Por todo ello, la banca está muy cerrada a dar hipotecas y créditos al consumo, tanto a particulares como a empresas, ni siquiera a clientes aparentemente solventes. Los pocos que lo consiguen es, en todo caso, a costa de asumir unos tipos de interés muy altos.
En hipotecas, los diferenciales medios que aplican las entidades ahora son del 2% más euríbor, lo que deja el tipo de interés final en torno al 3,4% (el euríbor cerró abril en el 1,368%). En créditos al consumo, es difícil encontrar alguno con tipos inferiores al 10%. En conclusión, si la prima de riesgo sube, la financiación bancaria a particulares y empresas se complica, se encarece y se vuelve más escasa.
6. Bolsa a la baja
Una de las principales consecuencias de vivir con una prima de riesgo en niveles máximos es que eleva la desconfianza de los inversores hacia las inversiones de riesgo, sobre todo la Bolsa. En este mercado la subida de ese indicador se percibe como un indicio de falta de solvencia de España para hacer frente a sus compromisos de pago.
Está comprobado que los días que la prima de riesgo sube (sobre todo si marca máximos), el Ibex termina con importantes pérdidas. El pasado miércoles 30 de mayo, cuando la prima tocó máximos en 540 puntos, el Ibex-35 (el principal indicador de la Bolsa española) cayó un 2,5%, lo que supuso un fuerte desplome en el parqué madrileño. En general, en estos días de máxima incertidumbre, los inversores prefieren vender sus títulos y buscar activos más seguros, como monetarios o depósitos a plazo de bancos solventes.
No hay que perder de vista, además, el impacto en los dividendos de las compañías. Una prima de riesgo disparada frena los planes de expansión de las empresas, debido al mayor coste de financiación, lo que puede tener un impacto directo sobre sus beneficios futuros y sobre sus dividendos. Repsol, sin ir más lejos, acaba de anunciar un recorte en sus dividendos. En el sector financiero también podrían recortarse o incluso suprimirse.
7. Euro más barato
Hay una relación muy directa entre la subida de la prima de riesgo y la huida del dinero desde productos de riesgo hacia activos considerados refugio. En cuanto a las divisas, en estos momentos, el euro es considerado un activo de riesgo, dada las dificultades que muestran países periféricos como Grecia o España. Esto explica la importante depreciación de la divisa. Desde los máximos alcanzados en febrero en 1,36 dólares ha caído más de un 8%.
Como opciones defensivas, los inversores apuestan por divisas que pertenecen a economías más estables financiera y económicamente, como Estados Unidos. El dólar es considerado un billete refugio muy importante, pero también el franco suizo, el dólar canadiense, el dólar australiano, la libra esterlina y el yen.
El euro ha caído frente a todas estas monedas en las últimas semanas de alarma para España. Las perspectivas de numerosas casas de análisis (entre otras de Morgan Stanley) apuntan a que es muy probable que continúe la caída, al menos a corto plazo.
Una de las más graves consecuencias para España ante la subida de riesgo es que la situación desemboque en la solicitud de ayudas a Europa o al Fondo Monetario Internacional. Esto generaría a medio plazo una elevada inflación y una fuerte pérdida de poder adquisitivo para todos los ciudadanos.
jueves, 10 de mayo de 2012
Adicae advierte de nuevos fraudes a los derechos de los hipotecados
La Banca insta a cambiar los tipos de referencia de las hipotecas contratadas sin respetar las condiciones fijadas en la escritura del préstamo
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN© 2000-2012.-La Plataforma Hipotecaria de la organización de consumidores Adicae ha detectado tres nuevos fraudes a los derechos de los hipotecados, entre ellos el cambio de los tipos de referencia de las hipotecas contratadas. A partir del 29 de abril, tras la entrada en vigor de la Orden de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, algunos índices hipotecarios que se aplican hasta ahora, como el IRPH Cajas e IRPH Bancos, dejarán de considerarse tipos de interés oficiales válidos para los préstamos hipotecarios. Adicae advierte de que "la Banca ya ha movido ficha, interpretando la nueva normativa a su favor".
La organización de consumidores explica que en las últimas semanas varios cientos de consumidores se han puesto en contacto con ellos para alertar de que sus entidades financieras "les instan a sustituir inmediatamente el IRPH Cajas por el IRPH Entidades", cuando casi en el 100% de las hipotecas el índice sustitutivo marcado es el euríbor, mucho más barato. Adicae recuerda que en el caso de que se deje de publicar un tipo de interés hipotecario, "el sustitutivo siempre viene especificado en la escritura de la hipoteca".
La razón de este movimiento de la Banca es que el IRPH "es un tipo de interés excesivamente alto", indica la organización de consumidores. El de Cajas se situó en marzo en el 3'946% y el de Bancos en el 3'508%. En la práctica totalidad de las hipotecas referenciadas al IRPH Cajas o al IRPH Bancos el índice sustitutivo fijado en la escritura del préstamo es el euríbor, que cerró el mes de marzo en una media del 1'49%, mientras el IRPH Entidades se situó en febrero -último mes con datos oficiales- en el 3'74%.
"Ofreciendo la novación -que además tendría que pagar el cliente- para el IRPH Entidades en lugar del euríbor muchas entidades quieren asegurarse de que los tipos de interés de esas hipotecas seguirán siendo escandalosamente altos", dice Adicae. La organización recomienda a todos los hipotecados que reciban este tipo de "ofertas" que no firmen absolutamente ninguna documentación y que acudan a la sede de Adicae más cercana a su domicilio con la escritura de la hipoteca, donde técnicos especializados en consumo financiero examinarán qué índice les corresponderá legalmente tras la entrada en vigor de la citada Orden.
Encarecimiento de las comisiones
Además, Adicae señala que la banca ha encarecido "de manera espectacular" en el último año todas las comisiones relacionadas con créditos hipotecarios. Así la comisión de estudio ha pasado del 0,76% de marzo de 2011 al 0,96% actual -un aumento del 26,3%-, la de apertura del 2,71% al 2,76% -sube un 1,8%-, la de cancelación del 4,02% al 4,11% -aumento del 2,2%-, y la de subrogación ha pasado del 1,74% al 1,83% -subida del 5,17%-.
También aumentan "desmesuradamente" los tipos de interés de las hipotecas. En enero -último mes con datos del Instituto Nacional de Estadística- el tipo de interés medio fue del 4,42%, lo que supone un incremento del 19,1% en tasa interanual y una subida del 1,6% con respecto a diciembre de 2011.
El último "abuso hipotecario" detectado por Adicae tiene que ver los registradores de la propiedad. Algunos, en el desglose de su minuta, "cargan conceptos como gastos o aranceles de 'fusión por absorción' entre entidades financieras, cuando realizan cancelaciones hipotecarias en las que intervienen entidades fusionadas", dice la organización de consumidores. "De esta manera se confirma la tesis de Adicae de que son los consumidores los que, realmente, están pagando de su bolsillo las fusiones de las entidades financieras", asegura.
Adicae considera que la situación económica por la que atraviesan cientos de miles de familias hipotecadas en nuestro país "es extremadamente preocupante, y se agravará aún más si el Gobierno no pone coto de manera inmediata a estos y otros abusos hipotecarios detectados y sostenidos en el tiempo, como las cláusulas suelo o los swaps hipotecarios". Por ello, pide la apertura ?de un diálogo inminente, directo y efectivo con los altos representantes del Gobierno en materia de Economía y Justicia para poner fin a este grave problema".
domingo, 5 de febrero de 2012
Portugal vuelve a estar en el punto de mira de los mercados
Sus intereses se disparan y, de no bajar la rentabilidad, podría volver a pedir ayuda externa
El relativo respiro que dieron los mercados a Portugal durante los últimos días de 2011 MUCHASCASAS.NET.- DANIELLA MONTENEGRO.- y los primeros de 2012 ha dado paso a una presión asfixiante sobre el país, cuyos intereses se han desbocado. Sus títulos a 10 años alcanzaron ayer una rentabilidad del 17%, más del doble que en enero de 2011, cuando se comenzó a especular con su rescate.
La subida de sus intereses dejó la deuda lusa a niveles muy similares a los de Grecia hace cinco meses y disparó el diferencial con Alemania. A cinco y dos años, las obligaciones portuguesas cotizaron por encima del 22% y el 21%, respectivamente. De no bajar esta rentabilidad, el país no podría regresar al mercado para financiarse, lo que le obligaría, según los analistas, a pedir otra vez ayuda externa, ya que el rescate acordado en mayo de 2011cubre sus necesidades a largo plazo sólo hasta 2013.
En cuanto a los motivos que llevan a los mercados a presionar con más fuerza a Portugal, el director de gestión de activos del Banco Carregosa, Felipe Silva, cita dos. Por un lado, el recorte de S&P a su rating y, por otro, los problemas de la UE para atajar la crisis griega. Pero también destaca el empeoramiento de sus previsiones económicas, que sitúan este año la recesión en el 3,1% y estiman un crecimiento casi nulo para 2013.
El Gobierno luso ve con incredulidad que su programa de ajustes, más duro que el pactado con la UE y el FMI, no convence a los mercados e insiste en que cumplirá. Las opciones lusas para mejorar su imagen entre los inversores no están claras, y Silva considera necesarias las medidas de ajuste, que estén centradas en la austeridad.
El relativo respiro que dieron los mercados a Portugal durante los últimos días de 2011 MUCHASCASAS.NET.- DANIELLA MONTENEGRO.- y los primeros de 2012 ha dado paso a una presión asfixiante sobre el país, cuyos intereses se han desbocado. Sus títulos a 10 años alcanzaron ayer una rentabilidad del 17%, más del doble que en enero de 2011, cuando se comenzó a especular con su rescate.
La subida de sus intereses dejó la deuda lusa a niveles muy similares a los de Grecia hace cinco meses y disparó el diferencial con Alemania. A cinco y dos años, las obligaciones portuguesas cotizaron por encima del 22% y el 21%, respectivamente. De no bajar esta rentabilidad, el país no podría regresar al mercado para financiarse, lo que le obligaría, según los analistas, a pedir otra vez ayuda externa, ya que el rescate acordado en mayo de 2011cubre sus necesidades a largo plazo sólo hasta 2013.
En cuanto a los motivos que llevan a los mercados a presionar con más fuerza a Portugal, el director de gestión de activos del Banco Carregosa, Felipe Silva, cita dos. Por un lado, el recorte de S&P a su rating y, por otro, los problemas de la UE para atajar la crisis griega. Pero también destaca el empeoramiento de sus previsiones económicas, que sitúan este año la recesión en el 3,1% y estiman un crecimiento casi nulo para 2013.
El Gobierno luso ve con incredulidad que su programa de ajustes, más duro que el pactado con la UE y el FMI, no convence a los mercados e insiste en que cumplirá. Las opciones lusas para mejorar su imagen entre los inversores no están claras, y Silva considera necesarias las medidas de ajuste, que estén centradas en la austeridad.
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domingo, 23 de mayo de 2010
Créditos para operar en Bolsa
A.RICO.-Tampoco son muy numerosos los bancos que otorgan a sus clientes la posibilidad de suscribir un préstamo para operar en la renta variable. Algunas entidades aplican comisiones y las condiciones de contratación incluyen la domiciliación de la nómina y, al menos, dos recibos de suministros (Oficina Directa). En el caso de la "Cuenta Multiplica", de Cortal Consors, se presta hasta cinco veces el saldo -y hasta cuatro veces la valoración de la cartera- para comprar acciones del mercado continuo español. No se exige aval y no hay gastos de mantenimiento, apertura o cancelación.
Los bancos que cotizan en el mercado continuo español, para respaldar sus ampliaciones de capital o la salida a Bolsa de alguna filial, recurren también a los préstamos a particulares. Estos créditos que posibilitan suscribir nuevas acciones, sin renunciar a la inversión inicial, tienen un interés del Euribor más un punto. Los suscriptores de este producto financiero deben tener en cuenta tanto la evolución de la cotización de sus acciones como la marcha del Euribor. Son los dos riesgos que conlleva acudir a financiación especial para comprar acciones de un banco.
Los bancos que cotizan en el mercado continuo español, para respaldar sus ampliaciones de capital o la salida a Bolsa de alguna filial, recurren también a los préstamos a particulares. Estos créditos que posibilitan suscribir nuevas acciones, sin renunciar a la inversión inicial, tienen un interés del Euribor más un punto. Los suscriptores de este producto financiero deben tener en cuenta tanto la evolución de la cotización de sus acciones como la marcha del Euribor. Son los dos riesgos que conlleva acudir a financiación especial para comprar acciones de un banco.
Préstamos con garantías de depósitos
Permiten a los titulares de valores, depósitos o fondos dotarse de liquidez sin tener que cancelar su inversión, pero sale caro
A.RICO.-Es frecuente que los pequeños y medianos ahorradores deshagan posiciones en la renta variable o fija para hacer frente a algún imprevisto, con lo que anulan las posibles revalorizaciones de su inversión. Para eliminar estas disfunciones, algunas entidades han creado préstamos que permiten a los titulares de depósitos, valores o fondos dotarse de liquidez sin tener que cancelarlos. Sin embargo, las comisiones que aplican encarecen de manera notable estos adelantos de dinero. Escasa oferta
Se venden como la solución para los ahorradores que necesiten con urgencia liquidez, pero sin renunciar a sus inversiones. Son créditos que anticipan hasta 50.000 euros a titulares de depósitos, fondos o valores, que deben amortizarse en un plazo máximo de cinco o seis años. Al suscribirlos, se eliminan los gastos derivados de la venta o anulación de los activos financieros (comisiones de venta en las operaciones bursátiles y de cancelación anticipada, en depósitos y fondos), pero aplican diversas comisiones, como las de amortización, información y estudio, cancelación anticipada y apertura, con lo que no resultan tan baratos. Son útiles, sobre todo, si la inversión no ha alcanzado el grado máximo de rentabilidad que se espera de ella.
Resultan útiles si la inversión no ha alcanzado aún el grado máximo de rentabilidad que se espera de ella
La oferta, hasta el momento, proviene de dos entidades, Caixa Catalunya y Banco Santander. En el primer caso, el importe máximo es del 90% sobre el saldo de depósito del solicitante y se puede amortizar hasta en seis años. Aplica un tipo de interés nominal de un 1% respecto al interés del depósito (mínimo Euribor a un año + 0,50). A ello hay que añadir comisiones por cancelación anticipada (un 3% sobre el importe amortizado), por apertura (1,50%) y por información y estudio (entre 0,25% y 0,50%).
Santander brinda desde 600 hasta 50.000 euros, que pueden devolverse en cinco años (desde 120 euros al mes por cada 6.000 euros). Se amortiza mediante cuotas constantes de capital e intereses, con la periodicidad de pago que el titular decida: mensual, trimestral, semestral o anual. El tipo de interés es variable, referenciado al Euribor a un año y se revisa con periodicidad trimestral.
A.RICO.-Es frecuente que los pequeños y medianos ahorradores deshagan posiciones en la renta variable o fija para hacer frente a algún imprevisto, con lo que anulan las posibles revalorizaciones de su inversión. Para eliminar estas disfunciones, algunas entidades han creado préstamos que permiten a los titulares de depósitos, valores o fondos dotarse de liquidez sin tener que cancelarlos. Sin embargo, las comisiones que aplican encarecen de manera notable estos adelantos de dinero. Escasa oferta
Se venden como la solución para los ahorradores que necesiten con urgencia liquidez, pero sin renunciar a sus inversiones. Son créditos que anticipan hasta 50.000 euros a titulares de depósitos, fondos o valores, que deben amortizarse en un plazo máximo de cinco o seis años. Al suscribirlos, se eliminan los gastos derivados de la venta o anulación de los activos financieros (comisiones de venta en las operaciones bursátiles y de cancelación anticipada, en depósitos y fondos), pero aplican diversas comisiones, como las de amortización, información y estudio, cancelación anticipada y apertura, con lo que no resultan tan baratos. Son útiles, sobre todo, si la inversión no ha alcanzado el grado máximo de rentabilidad que se espera de ella.
Resultan útiles si la inversión no ha alcanzado aún el grado máximo de rentabilidad que se espera de ella
La oferta, hasta el momento, proviene de dos entidades, Caixa Catalunya y Banco Santander. En el primer caso, el importe máximo es del 90% sobre el saldo de depósito del solicitante y se puede amortizar hasta en seis años. Aplica un tipo de interés nominal de un 1% respecto al interés del depósito (mínimo Euribor a un año + 0,50). A ello hay que añadir comisiones por cancelación anticipada (un 3% sobre el importe amortizado), por apertura (1,50%) y por información y estudio (entre 0,25% y 0,50%).
Santander brinda desde 600 hasta 50.000 euros, que pueden devolverse en cinco años (desde 120 euros al mes por cada 6.000 euros). Se amortiza mediante cuotas constantes de capital e intereses, con la periodicidad de pago que el titular decida: mensual, trimestral, semestral o anual. El tipo de interés es variable, referenciado al Euribor a un año y se revisa con periodicidad trimestral.
miércoles, 24 de febrero de 2010
El MARM se reúne con Asaja, Coag y UPA para ver medidas para facilitar el acceso al crédito
Analizan el borrador de convenio que se está elaborando con el ICO para ampliar la cobertura de riesgo de la línea de Liquidez
El Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca, ha presidido una nueva reunión de la Mesa sobre financiación del sector agrario, en la que se ha contado con la asistencia de representantes de Asaja, Coag y UPA) y cooperativas agro-Alimentarias; así como de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
En la reunión se ha debatido sobre el proyecto de Orden ministerial por la que se establecerán ayudas dirigidas a titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas a fin de facilitarles el acceso a la financiación. Mediante esta Orden se convocarán subvenciones destinadas a financiar el coste de los avales que se concedan a nuevos préstamos, así como por los costes derivados de la ampliación voluntaria del periodo de amortización de los préstamos que fueron suscritos al amparo de la Orden por la que se concedían ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas para sufragar el coste de los avales concedidos por SAECA.
Además, la Orden contempla incluir una carencia especial de un año para los titulares de los préstamos concedidos al amparo de los Reales Decretos para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, y por el que se dictan normas relativas a la modernización de las explotaciones agrarias.
Se ha presentado el borrador de convenio que se está redactando entre el MARM y SAECA para instrumentar las líneas de subvención de avales. También se ha abordado el borrador de Convenio que se está elaborando entre el MARM y el ICO para ampliar la cobertura de riesgo de la línea ICO-Liquidez 2010, a fin de facilitar su acceso a agricultores y ganaderos. Asimismo se ha informado de la prórroga para 2010 de la actual bonificación de intereses concedida a los créditos formalizados en el ámbito de las líneas de mediación de Fomento Empresarial del ICO.
También se está elaborando un Plan de Comunicación trasladar a posibles beneficiarios la información sobre la puesta en marcha de las anteriores medidas.
El Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Santiago Menéndez de Luarca, ha presidido una nueva reunión de la Mesa sobre financiación del sector agrario, en la que se ha contado con la asistencia de representantes de Asaja, Coag y UPA) y cooperativas agro-Alimentarias; así como de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
En la reunión se ha debatido sobre el proyecto de Orden ministerial por la que se establecerán ayudas dirigidas a titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas a fin de facilitarles el acceso a la financiación. Mediante esta Orden se convocarán subvenciones destinadas a financiar el coste de los avales que se concedan a nuevos préstamos, así como por los costes derivados de la ampliación voluntaria del periodo de amortización de los préstamos que fueron suscritos al amparo de la Orden por la que se concedían ayudas a los titulares de explotaciones ganaderas para sufragar el coste de los avales concedidos por SAECA.
Además, la Orden contempla incluir una carencia especial de un año para los titulares de los préstamos concedidos al amparo de los Reales Decretos para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, y por el que se dictan normas relativas a la modernización de las explotaciones agrarias.
Se ha presentado el borrador de convenio que se está redactando entre el MARM y SAECA para instrumentar las líneas de subvención de avales. También se ha abordado el borrador de Convenio que se está elaborando entre el MARM y el ICO para ampliar la cobertura de riesgo de la línea ICO-Liquidez 2010, a fin de facilitar su acceso a agricultores y ganaderos. Asimismo se ha informado de la prórroga para 2010 de la actual bonificación de intereses concedida a los créditos formalizados en el ámbito de las líneas de mediación de Fomento Empresarial del ICO.
También se está elaborando un Plan de Comunicación trasladar a posibles beneficiarios la información sobre la puesta en marcha de las anteriores medidas.
domingo, 24 de enero de 2010
Ahorrar costes bancarios
MUCHASCASAS.NET.-A.RICO.-¿Conocer los derechos como usuario evita gastos inesperados por operaciones con tarjetas, créditos, depósitos o compraventa de acciones
Cuentas corrientes, préstamos hipotecarios o créditos personales son los servicios financieros más comunes de una entidad bancaria. Una información previa sobre sus características y los derechos que amparan al cliente, antes de su contratación, puede suponer un ahorro. Éste no será de gran cuantía, pero sí evitará desembolsos innecesarios e inesperados y permitirá planificar la economía doméstica con antelación. Aunque varían en función del producto bancario que se contrate, se han de reconocer una serie de derechos al usuario desde el momento en que suscribe un contrato con la entidad.
Derechos básicos
Antes de contratar un producto, el cliente de una entidad bancaria tiene derecho a recibir información sobre las tarifas de las comisiones, los gastos asociados al mismo y las normas de valoración de la entidad de crédito. Estos datos deben estar registrados en el Banco de España y, por tanto, son de libre acceso a todos los usuarios. Las entidades no podrán exigir importes superiores a los notificados o cobrar por conceptos no registrados en ellas, salvo excepciones previstas por ley. También deben brindar información sobre los tipos de cambio para las operaciones de compraventa de divisas o de billetes extranjeros cuyo importe no supere los 3.000 euros. Estos datos resultan de especial utilidad en caso de que el cliente deba desplazarse al extranjero por cualquier motivo: trabajo, ocio o visitas familiares.
Cuando se ha gestionado un préstamo hipotecario, conviene solicitar un folleto informativo gratuito sobre este tipo de productos, pero también acerca de otras ofertas vinculantes de la entidad: transferencias bancarias al exterior, subrogaciones hipotecarias por cambio de entidad o créditos al consumo. Un usuario tiene también derecho a conocer los modelos de contrato de las operaciones o productos de las entidades y a recibir de éstas toda la información necesaria para entender bien el proceso.
Al contratar un producto, se debe entregar al cliente una copia escrita del documento que lo vincula con la entidad
Al contratar un producto financiero, se debe entregar al cliente una copia escrita del documento que lo vincula con la entidad, siempre que éste lo estime conveniente y en los casos que marca la normativa. Es el caso de la apertura de una cuenta corriente, la contratación de una tarjeta de crédito o la suscripción de un préstamo, entre otras operaciones. También tienen que entregar al usuario un ejemplar, en su caso, de las reglas sobre las fechas de valoración y las tarifas de las comisiones, así como de los gastos que repercuten en los productos contratados. Los documentos contractuales deberán incluir la siguiente información:
• El tipo de interés nominal que se utilizará para la liquidación de intereses, la periodicidad del devengo y la fórmula o métodos utilizados para su cálculo.
• Las comisiones y gastos repercutibles que sean de aplicación, con la inclusión de todos los datos necesarios para hallar el importe total de los conceptos citados.
• Los derechos que asisten a ambas partes (entidad y usuario) en lo relativo a la modificación del interés pactado, las comisiones o gastos, así como el modo en que han de comunicarse esos cambios: si personalizados y por escrito o mediante un anuncio en un diario de difusión general.
• Los derechos del cliente en cuanto a un posible reembolso anticipado de la operación.
• Otros que establezca la entidad en función de su normativa específica.
A pesar de esta normativa en defensa de los usuarios bancarios, estos deben tener en cuenta que los bancos y las cajas de ahorro pueden establecer con total libertad las comisiones que cobran por operaciones y servicios, aunque tienen la obligación de informar sobre su coste y notificar cualquier variación.
Después de contratarlos
En el momento de suscribir un producto financiero, el usuario bancario adquiere una serie de derechos sobre los mismos. Estos se resumen en tres procedimientos generales:
• La entidad de crédito está obligada a facilitar un documento acreditativo por cada liquidación (sea de activo, de pasivo o de otro servicio). En este documento, se consignarán los datos necesarios para que el cliente pueda comprobar la liquidación efectuada y calcular el costo o producto neto efectivo de la operación. Será el extracto en donde quedará reflejado el desembolso económico que haga, los intereses, las comisiones, etc.
• Deberá recibir información previa sobre los cambios que decida su entidad sobre el tipo de interés, las comisiones bancarias y los gastos de las operaciones que le afecten.
• Dispondrá de un procedimiento para resolver sus reclamaciones, quejas y consultas, en caso de no estar de acuerdo con la entidad en las operaciones que le afecten o ante cualquier duda que le surja.
RECLAMACIONES EN 2009
El 'Informe Semestral del Servicio de Reclamaciones' que publica el Banco de España constata que durante el primer semestre del año 2009 se recibieron 28.609 nuevos casos de reclamación, queja o consulta de usuarios bancarios. Ello supone un fuerte aumento con respecto al mismo semestre del año anterior. Suben un 113% las quejas atendidas por el call center del Servicio de Reclamaciones, un 81% el número de escritos de reclamación y queja recibidos, y un 114% el de consultas telemáticas.
Las materias más reclamadas son las relacionadas con operaciones de préstamo y crédito, que han adquirido una gran relevancia en este primer semestre, con un aumento de cuatro puntos porcentuales respecto al ejercicio 2008. También se detectan más quejas relacionadas con el descuento y negociación de efectos. Las cuestiones relativas a valores y seguros, así como a tarjetas de crédito y débito, se mantienen en porcentajes similares a los de periodos anteriores. Sin embargo, se registra una pérdida de importancia relacionada con operaciones de depósito.
Un 30% de los escritos de reclamación fue inadmitido de manera provisional por defecto subsanable, esto es, al no haber acreditado el reclamante que acudió ante el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la entidad afectada.
Deja tu comentario,tu opinión puede ser importante para los demás lectores.Gracias
Cuentas corrientes, préstamos hipotecarios o créditos personales son los servicios financieros más comunes de una entidad bancaria. Una información previa sobre sus características y los derechos que amparan al cliente, antes de su contratación, puede suponer un ahorro. Éste no será de gran cuantía, pero sí evitará desembolsos innecesarios e inesperados y permitirá planificar la economía doméstica con antelación. Aunque varían en función del producto bancario que se contrate, se han de reconocer una serie de derechos al usuario desde el momento en que suscribe un contrato con la entidad.
Derechos básicos
Antes de contratar un producto, el cliente de una entidad bancaria tiene derecho a recibir información sobre las tarifas de las comisiones, los gastos asociados al mismo y las normas de valoración de la entidad de crédito. Estos datos deben estar registrados en el Banco de España y, por tanto, son de libre acceso a todos los usuarios. Las entidades no podrán exigir importes superiores a los notificados o cobrar por conceptos no registrados en ellas, salvo excepciones previstas por ley. También deben brindar información sobre los tipos de cambio para las operaciones de compraventa de divisas o de billetes extranjeros cuyo importe no supere los 3.000 euros. Estos datos resultan de especial utilidad en caso de que el cliente deba desplazarse al extranjero por cualquier motivo: trabajo, ocio o visitas familiares.
Cuando se ha gestionado un préstamo hipotecario, conviene solicitar un folleto informativo gratuito sobre este tipo de productos, pero también acerca de otras ofertas vinculantes de la entidad: transferencias bancarias al exterior, subrogaciones hipotecarias por cambio de entidad o créditos al consumo. Un usuario tiene también derecho a conocer los modelos de contrato de las operaciones o productos de las entidades y a recibir de éstas toda la información necesaria para entender bien el proceso.
Al contratar un producto, se debe entregar al cliente una copia escrita del documento que lo vincula con la entidad
Al contratar un producto financiero, se debe entregar al cliente una copia escrita del documento que lo vincula con la entidad, siempre que éste lo estime conveniente y en los casos que marca la normativa. Es el caso de la apertura de una cuenta corriente, la contratación de una tarjeta de crédito o la suscripción de un préstamo, entre otras operaciones. También tienen que entregar al usuario un ejemplar, en su caso, de las reglas sobre las fechas de valoración y las tarifas de las comisiones, así como de los gastos que repercuten en los productos contratados. Los documentos contractuales deberán incluir la siguiente información:
• El tipo de interés nominal que se utilizará para la liquidación de intereses, la periodicidad del devengo y la fórmula o métodos utilizados para su cálculo.
• Las comisiones y gastos repercutibles que sean de aplicación, con la inclusión de todos los datos necesarios para hallar el importe total de los conceptos citados.
• Los derechos que asisten a ambas partes (entidad y usuario) en lo relativo a la modificación del interés pactado, las comisiones o gastos, así como el modo en que han de comunicarse esos cambios: si personalizados y por escrito o mediante un anuncio en un diario de difusión general.
• Los derechos del cliente en cuanto a un posible reembolso anticipado de la operación.
• Otros que establezca la entidad en función de su normativa específica.
A pesar de esta normativa en defensa de los usuarios bancarios, estos deben tener en cuenta que los bancos y las cajas de ahorro pueden establecer con total libertad las comisiones que cobran por operaciones y servicios, aunque tienen la obligación de informar sobre su coste y notificar cualquier variación.
Después de contratarlos
En el momento de suscribir un producto financiero, el usuario bancario adquiere una serie de derechos sobre los mismos. Estos se resumen en tres procedimientos generales:
• La entidad de crédito está obligada a facilitar un documento acreditativo por cada liquidación (sea de activo, de pasivo o de otro servicio). En este documento, se consignarán los datos necesarios para que el cliente pueda comprobar la liquidación efectuada y calcular el costo o producto neto efectivo de la operación. Será el extracto en donde quedará reflejado el desembolso económico que haga, los intereses, las comisiones, etc.
• Deberá recibir información previa sobre los cambios que decida su entidad sobre el tipo de interés, las comisiones bancarias y los gastos de las operaciones que le afecten.
• Dispondrá de un procedimiento para resolver sus reclamaciones, quejas y consultas, en caso de no estar de acuerdo con la entidad en las operaciones que le afecten o ante cualquier duda que le surja.
RECLAMACIONES EN 2009
El 'Informe Semestral del Servicio de Reclamaciones' que publica el Banco de España constata que durante el primer semestre del año 2009 se recibieron 28.609 nuevos casos de reclamación, queja o consulta de usuarios bancarios. Ello supone un fuerte aumento con respecto al mismo semestre del año anterior. Suben un 113% las quejas atendidas por el call center del Servicio de Reclamaciones, un 81% el número de escritos de reclamación y queja recibidos, y un 114% el de consultas telemáticas.
Las materias más reclamadas son las relacionadas con operaciones de préstamo y crédito, que han adquirido una gran relevancia en este primer semestre, con un aumento de cuatro puntos porcentuales respecto al ejercicio 2008. También se detectan más quejas relacionadas con el descuento y negociación de efectos. Las cuestiones relativas a valores y seguros, así como a tarjetas de crédito y débito, se mantienen en porcentajes similares a los de periodos anteriores. Sin embargo, se registra una pérdida de importancia relacionada con operaciones de depósito.
Un 30% de los escritos de reclamación fue inadmitido de manera provisional por defecto subsanable, esto es, al no haber acreditado el reclamante que acudió ante el servicio de atención al cliente o el defensor del cliente de la entidad afectada.
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viernes, 10 de abril de 2009
• Créditos para comunidades de vecinos
La cuota de estos préstamos colectivos se adapta al ahorro mensual de cada comunidad
MUCHASCASAS.NET.- Remodelar la fachada, construir una rampa o renovar el ascensor. Son algunas de las obras que con más frecuencia se realizan en una comunidad vecinal, y no siempre hay que acometerlas en el momento en que las arcas están más llenas. Ante las necesidades de financiación de las comunidades de vecinos, algunas entidades (la oferta es aún escasa) ofrecen la posibilidad de suscribir préstamos específicos para afrontar estas contingencias. Hasta ahora, para acceder a un crédito, lo común era que los vecinos que no pudieran hacer frente al encarecimiento de las cuotas debido a una obra recurrieran a un préstamo personal. La nueva opción, más conveniente para los intereses de los vecinos, consiste en suscribir un préstamo colectivo que, además, adapta la cuota del crédito al ahorro mensual de cada comunidad de vecinos, y consigue que los propietarios no se endeuden individualmente.
Financian inversiones y gastos propios de una comunidad de vecinos como las reformas de fachadas o la eliminación de barreras arquitectónicas
Son pocas aún las entidades -en este caso cajas de ahorro- que ofrecen este tipo de financiación, cuyo plazo máximo de amortización ronda los 10 ó 15 años (con uno o dos años de carencia), y conlleva la posibilidad de una cuota irregular. Estos préstamos cobran entre un 1% y un 1,5% en comisiones de apertura o cancelación total o parcial, en consonancia con los que aplican otros productos destinados a sufragar otras actividades o necesidades particulares. Los créditos están orientados a financiar inversiones y gastos propios de una comunidad de vecinos tales como trabajos de reformas de fachadas o cubiertas, eliminación de barreras arquitectónicas, ascensores, instalaciones de gas o calefacción... Además, las entidades financieras ofrecen facilidades para su contratación, ya que si, por ejemplo, durante el primer mes la comunidad de vecinos decide no utilizar el dinero se puede devolver sin coste alguno.
Señas de identidad
A pesar de que su estructura y condiciones son parecidas a las de los créditos de carácter individual, hay una serie de diferencias que dotan a estos préstamos de personalidad propia. En primer lugar, el titular es únicamente la comunidad de vecinos, sin necesidad de ningún tipo de aval ni garantía adicional. Por otro parte, el importe máximo del crédito es del 100% del presupuesto, incluyendo impuestos y todos los gastos derivados de la realización del mismo, de la obra y la financiación, a diferencia de otros que sólo llegan a cubrir el 80% de las necesidades del particular. Destacan también por la posibilidad de incluir una carencia hasta la finalización de las obras, con un período máximo de dos años, en el que se pagarán mensualmente los intereses devengados por el importe dispuesto. Incluyen, de forma opcional, la obligación de intervenir los préstamos ante notario. A cambio de estas condiciones, la firma del contrato implica la obligatoriedad por parte de la comunidad de propietarios de mantener una cuenta abierta en la caja negociadora, donde se domiciliarán o ingresarán las cuotas ordinarias y extraordinarias de los vecinos.
El importe de los créditos es del 100% del presupuesto, incluyendo impuestos y gastos derivados de la realización del mismo, de la obra y de la financiación
Por lo que respecta a las características técnicas de este producto financiero, tiene unas disposiciones por las que se obtiene la totalidad de la financiación en el momento de la firma del préstamo. Asimismo, incorpora otras disposiciones fraccionadas, que deberán coincidir con los plazos de pago de las facturas, tal y como se negocie en el contrato. Como en otra clase de créditos, se les puede aplicar un tipo de interés variable o fijo, en función del producto contratado con la entidad financiera.
Documentación requerida
A diferencia de los préstamos de contratación individual, estos créditos colectivos necesitan de una documentación particularizada, en la que es necesario acreditar libros de actos, nombramientos o acuerdos para la realización de obras. Estos son los documentos que deberá presentar la comunidad de propietarios para acogerse a una vía de financiación de estas características:
• Fotocopia del CIF de la comunidad de vecinos.
• Autorización para la consulta de CIRBE de la comunidad. El CIRBE o Central de Información de Riesgos del Banco de España es el archivo donde se registran todos los préstamos y créditos concedidos por el sistema financiero en el territorio nacional (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito) a particulares, empresas y comunidades de propietarios. En dicho archivo consultan los bancos para saber lo endeudada que puede estar la comunidad que solicita el préstamo. Para poder hacer dicha consulta, el banco o caja de ahorros deberá tener la correspondiente autorización firmada por parte de la comunidad de vecinos.
• Fotocopia de los presupuestos o contrato aceptado que se debe financiar.
• Información sobre las cuentas actuales y de los últimos dos años de la comunidad de propietarios.
• Información contable o fotocopia de los movimientos de cuentas.
• Libro de Actas, con al menos tres acuerdos.
• Nombramientos en vigor.
• Acuerdos para la realización de la obra.
• Acuerdos para la financiación de la obra.
• Certificación de acuerdo a la financiación firmada.
¿QUIÉN DEBE FIRMARLO?
Una de las cuestiones que más controversia suscita en este proceso de financiación es el hecho de quién debe firmar el crédito suscrito. Aunque se trata de un producto colectivo, la normativa es taxativa: es el presidente de la comunidad de vecinos quien debe rubricarlo con su firma ya que es la persona representante de toda la comunidad de propietarios.
El crédito, obviamente, no se concede personalmente al presidente, sino a la comunidad y sus derechos y obligaciones respecto a tal endeudamiento son extensibles a todos los vecinos. Antes de rubricar cualquier préstamo, conviene leer detenidamente el documento, en el que debe aparecer expresado con claridad que esa persona es el representante legal de la comunidad; es necesario, además, ponerlo en conocimiento del administrador, para que éste lo tenga en cuenta ante las gestiones que deba realizar.
MUCHASCASAS.NET.- Remodelar la fachada, construir una rampa o renovar el ascensor. Son algunas de las obras que con más frecuencia se realizan en una comunidad vecinal, y no siempre hay que acometerlas en el momento en que las arcas están más llenas. Ante las necesidades de financiación de las comunidades de vecinos, algunas entidades (la oferta es aún escasa) ofrecen la posibilidad de suscribir préstamos específicos para afrontar estas contingencias. Hasta ahora, para acceder a un crédito, lo común era que los vecinos que no pudieran hacer frente al encarecimiento de las cuotas debido a una obra recurrieran a un préstamo personal. La nueva opción, más conveniente para los intereses de los vecinos, consiste en suscribir un préstamo colectivo que, además, adapta la cuota del crédito al ahorro mensual de cada comunidad de vecinos, y consigue que los propietarios no se endeuden individualmente.
Financian inversiones y gastos propios de una comunidad de vecinos como las reformas de fachadas o la eliminación de barreras arquitectónicas
Son pocas aún las entidades -en este caso cajas de ahorro- que ofrecen este tipo de financiación, cuyo plazo máximo de amortización ronda los 10 ó 15 años (con uno o dos años de carencia), y conlleva la posibilidad de una cuota irregular. Estos préstamos cobran entre un 1% y un 1,5% en comisiones de apertura o cancelación total o parcial, en consonancia con los que aplican otros productos destinados a sufragar otras actividades o necesidades particulares. Los créditos están orientados a financiar inversiones y gastos propios de una comunidad de vecinos tales como trabajos de reformas de fachadas o cubiertas, eliminación de barreras arquitectónicas, ascensores, instalaciones de gas o calefacción... Además, las entidades financieras ofrecen facilidades para su contratación, ya que si, por ejemplo, durante el primer mes la comunidad de vecinos decide no utilizar el dinero se puede devolver sin coste alguno.
Señas de identidad
A pesar de que su estructura y condiciones son parecidas a las de los créditos de carácter individual, hay una serie de diferencias que dotan a estos préstamos de personalidad propia. En primer lugar, el titular es únicamente la comunidad de vecinos, sin necesidad de ningún tipo de aval ni garantía adicional. Por otro parte, el importe máximo del crédito es del 100% del presupuesto, incluyendo impuestos y todos los gastos derivados de la realización del mismo, de la obra y la financiación, a diferencia de otros que sólo llegan a cubrir el 80% de las necesidades del particular. Destacan también por la posibilidad de incluir una carencia hasta la finalización de las obras, con un período máximo de dos años, en el que se pagarán mensualmente los intereses devengados por el importe dispuesto. Incluyen, de forma opcional, la obligación de intervenir los préstamos ante notario. A cambio de estas condiciones, la firma del contrato implica la obligatoriedad por parte de la comunidad de propietarios de mantener una cuenta abierta en la caja negociadora, donde se domiciliarán o ingresarán las cuotas ordinarias y extraordinarias de los vecinos.
El importe de los créditos es del 100% del presupuesto, incluyendo impuestos y gastos derivados de la realización del mismo, de la obra y de la financiación
Por lo que respecta a las características técnicas de este producto financiero, tiene unas disposiciones por las que se obtiene la totalidad de la financiación en el momento de la firma del préstamo. Asimismo, incorpora otras disposiciones fraccionadas, que deberán coincidir con los plazos de pago de las facturas, tal y como se negocie en el contrato. Como en otra clase de créditos, se les puede aplicar un tipo de interés variable o fijo, en función del producto contratado con la entidad financiera.
Documentación requerida
A diferencia de los préstamos de contratación individual, estos créditos colectivos necesitan de una documentación particularizada, en la que es necesario acreditar libros de actos, nombramientos o acuerdos para la realización de obras. Estos son los documentos que deberá presentar la comunidad de propietarios para acogerse a una vía de financiación de estas características:
• Fotocopia del CIF de la comunidad de vecinos.
• Autorización para la consulta de CIRBE de la comunidad. El CIRBE o Central de Información de Riesgos del Banco de España es el archivo donde se registran todos los préstamos y créditos concedidos por el sistema financiero en el territorio nacional (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito) a particulares, empresas y comunidades de propietarios. En dicho archivo consultan los bancos para saber lo endeudada que puede estar la comunidad que solicita el préstamo. Para poder hacer dicha consulta, el banco o caja de ahorros deberá tener la correspondiente autorización firmada por parte de la comunidad de vecinos.
• Fotocopia de los presupuestos o contrato aceptado que se debe financiar.
• Información sobre las cuentas actuales y de los últimos dos años de la comunidad de propietarios.
• Información contable o fotocopia de los movimientos de cuentas.
• Libro de Actas, con al menos tres acuerdos.
• Nombramientos en vigor.
• Acuerdos para la realización de la obra.
• Acuerdos para la financiación de la obra.
• Certificación de acuerdo a la financiación firmada.
¿QUIÉN DEBE FIRMARLO?
Una de las cuestiones que más controversia suscita en este proceso de financiación es el hecho de quién debe firmar el crédito suscrito. Aunque se trata de un producto colectivo, la normativa es taxativa: es el presidente de la comunidad de vecinos quien debe rubricarlo con su firma ya que es la persona representante de toda la comunidad de propietarios.
El crédito, obviamente, no se concede personalmente al presidente, sino a la comunidad y sus derechos y obligaciones respecto a tal endeudamiento son extensibles a todos los vecinos. Antes de rubricar cualquier préstamo, conviene leer detenidamente el documento, en el que debe aparecer expresado con claridad que esa persona es el representante legal de la comunidad; es necesario, además, ponerlo en conocimiento del administrador, para que éste lo tenga en cuenta ante las gestiones que deba realizar.
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