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lunes, 27 de mayo de 2013

El Gobierno concederá 133.000 ayudas anuales al alquiler




La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha anunciado en el Congreso que el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2013-2016 concederá ayudas al alquiler para quienes más lo necesitan y ha añadido que el número de beneficiarios se ha incrementado hasta los 133.000.
MUCHASCASAS.NET.-En respuesta a una pregunta del grupo popular en la cámara baja, Pastor ha subrayado que el importe de estas ayudas para el alquiler llegará hasta los 200 euros al mes y se otorgarán de acuerdo con la renta de la unidad familiar o de convivencia, para que sean más justas y equitativas y para lograr que las mismas lleguen a quienes más lo necesitan.
El nuevo Plan del Ministerio de Fomento, que contará para el período 2013-2016 con 2.421 millones de euros de aportación del Estado, tiene como objetivos contribuir a corregir el reducido tamaño del mercado de alquiler (17% en España); mejorar la deficiente situación de muchas viviendas a través de la rehabilitación;aumentar los beneficiarios de las ayudas y dinamizar el empleo (por cada 1.000 euros de ayuda directa en rehabilitación se genera una inversión productiva de 3.300 euros)
El plan incluye un programa para fomentar un parque público de viviendas protegidas en alquiler y mantiene las ayudas concedidas de subsidiación de préstamos. Además, la política de vivienda del Gobierno, ha dicho la ministra, apuesta por la rehabilitación y regeneración y renovación urbanas, por lo que se ha iniciado la tramitación de una ley para mejorar el estado de conservación del parque de viviendas, así como garantizar su accesibilidad para todos y mejorar su eficiencia energética.
La rehabilitación tiene un gran potencial de desarrollo, lo que va a reactivar el sector de la construcción, y con ello dinamizar la economía y generar empleo.

domingo, 20 de enero de 2013

Los 'alquileres solidarios' de La Caixa reciben 490 solicitudes en un día


El proyecto 'Alquiler Solidario' de la Obra Social de La Caixa, que permitirá a 3.000 familias acceder a una vivienda nueva en régimen de alquiler por un coste de entre 85 y 150 euros mensuales, ha recibido 490 solicitudes en las primeras 24 horas. La convocatoria que abre el proyecto ofrece viviendas en alquiler ubicadas en las provincias de Tarragona y Sevilla, de las que la Obra Social subvenciona la mitad.
MUCHASCASAS.NET.-REDACCIÓN.-En concreto, la entidad ha recogido 332 peticiones para las viviendas de Tarragona y 158 para las de Sevilla.
25 MILLONES DE INVERSIÓN
La iniciativa surge como respuesta a la situación de crisis actual, y la entidad ha destinado una partida de 25 millones de euros durante los próximos cinco años.
El programa 'Alquiler Solidario' proporcionará pisos de 50 a 100 metros cuadrados con un precio de mercado de entre 170 y 300 euros al mes --IBI y gastos comunitarios incluidos-- y La Obra Social subvencionará la mitad, por lo que finalmente los arrendatarios pagaran entre 85 y 150 euros mensuales.
Además, para facilitar la entrada a la vivienda, el programa sólo pedirá a los arrendatarios una fianza correspondiente a un mes de alquiler, cuando en el mercado convencional se reclaman tres meses.
Aunque de momento sólo se pueden tramitar solicitudes para Tarragona y Sevilla, La Caixa pondrá a disposición a partir del próximo mes de diciembre.
La Caixa ofrecerá un total de 448 viviendas en Catalunya, que se podrán solicitar en su totalidad a partir del mes de diciembre y ser repartirán en 63 en la provincia de Barcelona --aunque en la ciudad de Barcelona no habrá ninguna disponible--, 62 en Girona, 161 en Lleida y 162 en Tarragona.
Para acceder a uno de estos pisos de alquiler, repartidos por todo el Estado, será necesario ser mayor de edad y tener una renta anual inferior a 18.000 euros y superior a los 6.000.

lunes, 28 de mayo de 2012

El Gobierno vasco promoverá el modelo escandinavo de alquiler

MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN© 2000-2012 El Gobierno vasco ha incorporado a su anteproyecto de ley de vivienda la figura de las cooperativas de régimen de cesión de uso con el fin de promover el modelo escandinavo de alquiler. Es decir, a medio camino entre la propiedad y el arrendamiento. La inclusión de esta figura en la nueva ley que prepara el Ejecutivo forma parte de las aportaciones presentadas al mismo por el Consejo Económico y Social (CES) y las cooperativas del sector, según ha informado el Departamento de Vivienda en un comunicado. El anteproyecto de ley ha entrado en su última fase de tramitación interna antes de ser aprobado por el Consejo de Gobierno y de ser enviado al Parlamento vasco para su aprobación definitiva como Ley de Vivienda. Entre las aportaciones que el Gobierno ha decidido incluir en el texto se encuentra la de la figura de cooperativas de régimen de cesión de uso para promover el alquiler del modelo escandinavo. Este sistema, conocido como 'andel', es un modelo situado entre la propiedad y el alquiler. Utilizado en países como Dinamarca, Noruega y Suecia, consiste en un modelo cooperativo según el cual la propiedad de las viviendas reside en manos de una cooperativa y en el que los socios disfrutan de un derecho de uso indefinido con un alquiler de precio reducido.

lunes, 14 de mayo de 2012

Fomento flexibilizará los contratos de alquiler de vivienda

Ana Pastor, la Ministra de Fomento ha anunciado que el ministerio que ella dirige flexibilizará la duración de los contratos de alquiler de vivienda de manera que los jóvenes tengan mayor sencillez a la hora de poder alquilar un piso. Desde Fomento lo que se pretende es ser promotores de cambio de un modelo que se ha basado en la propiedad de la vivienda a otro en el que lo que se prime es acceder al alquiler de una vivienda para poder vivir en ella. Estas medidas están influidas directamente por la crisis ya que en la actualidad el número de hipotecas que están concediendo los bancos a los particulares se encuentran en mínimos históricos. Según datos que se encuentran en poder del ministerio solo el 17% de las viviendas existentes en España está en régimen de alquiler lo que supone el porcentaje más bajo de toda la eurozona en la cual la media de vivienda de alquiler es del 30% e inclusive llega al 47% en países como Alemania. La medida de favorecer el mercado de alquiler en España ha sido anunciada en la Semana Internacional de la Construcción que se está celebrando en Madrid. Por otro lado Pastor también se ha fijado en el mercado de rehabilitación de vivienda como una posible válvula de escape para un sector con el de la construcción que vive sus horas más bajas en España. En estos momentos en nuestro país hay 25 millones de viviendas de las cuales 12,5 millones tienen más de 30 años y 6 millones tienen más de medio siglo. El mercado de rehabilitación y promoción en España también esta muy por debajo del existente en Europa ya que en Esp aña supone el 29% del sector de la construcción, mientras que en el resto de continente la media es del 41%, dándose casos como Alemania donde es del 57%.

lunes, 7 de mayo de 2012

El Gobierno opta por el alquiler para garantizar el acceso a la vivienda

MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN© 2000-2012.-el Programa Nacional de Reformas 2012 prevé la aprobación de la denominada Ley de Regeneración Urbana y Fomento del alquiler, que significará la modificación de la actual Ley del Suelo, la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley de Propiedad Horizontal y la Ley de Ordenación de la Edificación. La vivienda en España A lo largo de las últimas décadas, las distintas políticas de vivienda llevadas a cabo en España han incentivado de forma especial la adquisición de vivienda, dejando al alquiler en un profundísimo segundo plano. De este modo, actualmente en España, y según los datos ofrecidos por Eurostat la mayor parte de la población tiene una vivienda en propiedad (82%), frente a un 11% que opta por el alquiler y un 7% restante en otras situaciones, situándose en los puestos de cabeza de los países de la UE con mayor vivienda en propiedad y muy por encima de las principales economías europeas como Alemania, Francia, los países nórdicos o Reino Unido, que tienen unos porcentajes mucho mayores de vivienda en alquiler. ¿Y el alquiler? Según el estudio de 2008 ‘The development of Social HousinG’ de CECODHAS-USH-Dexia sobre el alquiler de vivienda social en Europa, nuestro país tiene unas 141.000 viviendas sociales en alquiler, lo que se traduce en un 0,3% del total de viviendas sociales en alquiler en Europa y una tasa de 3 viviendas por cada 1000 habitantes. Porcentualmente, la vivienda social en alquiler de España respecto al total de Europa (0,3%) se mueve en cifras similares a países mucho menos poblados y desarrollados como Bulgaria (0,3%), Rumania (0,4%), Hungría (0,4%) o Eslovaquia (0,2%) y es ampliamente superada por Polonia (3,5%) y República Checa(2%). En cuanto al número de viviendas en alquiler por cada 1000 habitantes, España es el país de la UE (sin contar a Grecia) con menos oferta, tan sólo 3 viviendas sociales en alquiler por cada 1000 habitantes. Ante esta situación, y en lo referente al alquiler, el Programa de Reformas presentado por el Gobierno señala la necesidad de “facilitar el acceso a la vivienda de determinados colectivos y la emancipación de los jóvenes, mediante la unificación y coordinación de las ayudas vigentes al alquiler, el fortalecimiento de las garantías jurídicas de los propietarios y el fomento del alquiler de las viviendas vacías mediante medidas fiscales”. Medidas de la reforma Así pues, y más concretamente, las medidas de reforma recién anunciadas por el Gobierno son las siguientes: -Ventanilla única. El Gobierno contempla la posibilidad de unificar las distintas ayudas al alquiler vigentes para que los ciudadanos puedan acudir a una "ventanilla única" que le permita realizar los trámites de una forma más rápida y eficaz y dando prioridad a las personas con bajos niveles de renta. -Se plantea también la creación de un “registro público de inquilinos morosos” que permita fortalecer garantías jurídicas de los propietarios y evitar ciertas prácticas abusivas de los inquilinos. -Flexibilizar la duración del contrato es otra de las propuestas presentadas, aunque sin especificar cuál sería la modificación en la duración. Actualmente, a partir del primer año, el inquilino tiene derecho a cuatro prórrogas hasta un máximo de cinco años. -Uno de los mayores problemas del mercado residencial en España es el enorme parque de viviendas vacías que existe actualmente. Exactamente 3.091.596, según datos del Censo de Población y Viviendas 2011. Con el objetivo de darle un uso a muchas de ellas, el programa de reformas presentado por el Gobierno contempla incentivos fiscales como bonificaciones a la renta del alquiler para incentivar el arrendamiento de las mismas.

domingo, 29 de abril de 2012

Alquilar piso es un 1% más barato que hace un año

El precio medio del alquiler de una vivienda en España es de 713 € mensuales (marzo 2012). Es casi un 1% más barato que hace un año, concretamente un -0,9% pese a que la fotografía de los últimos seis meses revela una subida de un 1,6%. Las cuatro capitales de provincia más caras para vivir de alquiler también han experimentado descensos en la variación anual de sus precios: Madrid -6,5% (1.203 €/mes), San Sebastián -2,8% (1.096 €/mes), Bilbao -6,8% € (987 €/mes) y Barcelona -8,1% (952 €/mes). Todo según el Informe de Marzo 2012 realizado por Enalquiler.com sobre el Precio Medio del Alquiler de Viviendas en España El precio medio de la vivienda en alquiler en España es de 713 € mensuales (Mar 2012), lo que supone un descenso del 0,3 % respecto al mes anterior (Feb 2012). La variación de los últimos tres meses completos (Ene 2012, Feb 2012 y Mar 2012) registra un descenso del 0,3 %. La variación semestral es de un 1,6 % y la variación anual del -0,9 %..

viernes, 27 de abril de 2012

La vivienda alquilada también desgrava en la declaración de la renta

Tanto si es arrendador como arrendatario se puede desgravar en la declaración de la renta
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN© 2000-2012Si en la pasada Campaña de la Renta, correspondiente al ejercicio 2010, se buscaba aflorar los arrendamientos en negro, en este ejercicio se ha mejorado su fiscalidad. Se buscan 3.000 millones e incentivar la actividad.
Así, durante 2010, la agencia obligó a las compañías eléctricas a facilitar los datos de consumo de los inmuebles, así como la identificación de los titulares del contrato de suministro, la referencia catastral y su localización. Si es arrendador o arrendatario reflejar el alquiler en la Declaración de la Renta tiene sus ventajas.
Si eres arrendador…
Este año, como principal novedad, se ha incrementado la reducción general del rendimiento neto, para el propietario de la vivienda alquilada, del 50% al 60%. Además, se mantiene el 100% para el arrendador si el inquilino tiene entre 18 y 30 años.
Si es inquilino…
El alquiler se equiparó ya a la deducción por compra de vivienda. Así, el arrendatario podrá deducirse un 10,05% de los importes con un máximo de 9.040 euros para rentas de hasta 17.707,20 euros anuales. A partir de ese tope el porcentaje deducción irá decreciendo

viernes, 20 de abril de 2012

■ El precio del alquiler subió un 0,8% en marzo

El precio de los alquileres de viviendas experimentó una subida del 0,8% en el pasado mes de marzo, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Respecto al mes de febrero, la subida fue de un 0,1%.
Esta cifra supone menos de la mitad de la del Índice de Precios de Consumo, que en marzo registró un dato de 1,9%, un 0,1% menos que en el mes de febrero.
Las regiones autonómicas que han sufrido mayores subidas han sido Cataluña, con un 1,4%, País Vasco y Asturias, con un 1,3%, Castilla y León, con un 1,1%, y Andalucía y Melilla, con un 0,9%.
Por el lado contrario, las únicas comunidades que han registrado caídas en el precio del alquiler han sido Murcia (-1,2%) y La Rioja (-0,2%).

martes, 21 de febrero de 2012

Los alquileres caen por quinto mes seguido

El precio de metro cuadrado está en la capital a 5,38 euros, el décimo más bajo de España
• MUCHASCASAS.NET.-DANIELLA MONTENEGRO© 2000-2012.-El precio de la vivienda de alquiler ha caído en Almería por quinto mes consecutivo. De los 5,73 euros por metro cuadrado al mes de julio se pasa a los 5,38 de diciembre. Con respecto al mes de noviembre, el precio ha disminuido en un 0,3%, sin embargo, tomando como referencia la variación anual, las viviendas de alquiler son un 6,1% más baratas que hace un año.

Almería es en la actualidad la décima capital en la que sale más rentable alquilar una casa. Aun así, siguen siendo más baratas Toledo, Ciudad Real, Lugo, Castellón, Ávila, Teruel, Cáceres, Badajoz, Jaén y Orense, esta última con un precio de 4,69 euros por metro cuadrado al mes. En el otro extremo se encuentran Guipúzcoa (11,67 euros por metro cuadrado); Vizcaya (11,47 euros); Barcelona, con 10,33 euros por metro cuadrado; y Madrid, con 10,23 euros. El resto de las provincias ya bajan de los 10 euros, y exceptuando Álava (9,12 euros) el resto no asciende de los 7,73 euros (Navarra).

lunes, 20 de febrero de 2012

El alquiler en España está lleno de inseguridades

Tras las declaraciones del presidente del G-14, Fernando Rodríguez-Avial, sobre la situación actual en el mercado inmobiliario nacional, Alquiler Seguro, “aplaude” el giro que el G14 ha tomado respecto del mercado del alquiler.
MUCHASCASAS.NET.- REDACCIÓN.-.- Así lo ha manifestado Antonio Carroza Consejero Delegado de Alquiler Seguro, al asegurar que “nos parece muy satisfactorio que los grandes grupos vean que el alquiler cubre un mercado que está en auge y vive en la actualidad una necesidad latente”, manifestó.
“El mercado del alquiler siempre ha estado ahí, de hecho en los últimos años se ha incrementado el porcentaje de viviendas en alquiler en el parque inmobiliario de un 8% a un 15%, lo que muestra que este mercado existe y crece rápidamente”, continúa Carroza, aunque continúa estando lleno de inseguridades.
Respecto al debate lanzado desde el G14 sobre la escasez de viviendas, Alquiler Seguro subraya que existe suficiente oferta en el parque inmobiliario, y precisamente por ello, los precios han bajado. En este sentido, Antonio Carroza afirma que, “los grupos de poder acumulan muchas propiedades (promotoras y financieras) que insisten en lanzarlas al mercado de la compra-venta. Esto se debe a que las grandes promotoras, a nivel fiscal, les resulta difícil cambiar su línea empresarial, y a las grandes financieras porque les interesa sacar esas viviendas de su balance”
Inseguridad en el alquiler
Sobre la afirmación del representante del G14 de que no existe inseguridad jurídica en el mercado del alquiler, Antonio Carroza ha manifestado que “esto es una negación de la evidencia, ya que hay datos y hechos que corroboran la inseguridad que rodea a este mercado. Sin ir más lejos, lo podemos observar en los datos alarmantes que figuran en los archivos del FIM, donde se hace visible el aumento de la morosidad en España. También lo podemos comprobar en el aumento de los conflictos que hay en los juzgados, con los datos del CGPJ.
Antonio Carroza advierte que, “no podemos mostrar a la sociedad una realidad ficticia; hay una ley muy válida, pero una justicia muy lenta. Es por eso que Alquiler Seguro lleva años pidiendo a las administraciones más medios materiales y económicos, en definitiva, más juzgados y una mayor especialización en cuestiones de vivienda”.
El mercado de alquiler va creciendo, pero las dudas siguen planteándose debido al aumento de la morosidad, “el miedo al impago y la inseguridad en el mercado del alquiler es precisamente la causa de que el propietario no quiera alquilar” comentó Antonio Carroza.
Desde Alquiler Seguro se apuesta por un cambio de modelo de vivienda que se adapte a las necesidades reales de la sociedad actual. Ese modelo es la vivienda en alquiler que da solución a la movilidad geográfica, las necesidades habitacionales, y sobre todo, a la emancipación de los jóvenes, pasando por una modernización de nuestra sociedad y acercamiento con los modelos europeos, se apunta desde la empresa.

sábado, 18 de febrero de 2012

El alquiler en España está lleno de inseguridades

Tras las declaraciones del presidente del G-14, Fernando Rodríguez-Avial, sobre la situación actual en el mercado inmobiliario nacional, Alquiler Seguro, “aplaude” el giro que el G14 ha tomado respecto del mercado del alquiler.
Así lo ha manifestado Antonio Carroza Consejero Delegado de Alquiler Seguro, al asegurar que “nos parece muy satisfactorio que los grandes grupos vean que el alquiler cubre un mercado que está en auge y vive en la actualidad una necesidad latente”, manifestó.
“El mercado del alquiler siempre ha estado ahí, de hecho en los últimos años se ha incrementado el porcentaje de viviendas en alquiler en el parque inmobiliario de un 8% a un 15%, lo que muestra que este mercado existe y crece rápidamente”, continúa Carroza, aunque continúa estando lleno de inseguridades.
Respecto al debate lanzado desde el G14 sobre la escasez de viviendas, Alquiler Seguro subraya que existe suficiente oferta en el parque inmobiliario, y precisamente por ello, los precios han bajado. En este sentido, Antonio Carroza afirma que, “los grupos de poder acumulan muchas propiedades (promotoras y financieras) que insisten en lanzarlas al mercado de la compra-venta. Esto se debe a que las grandes promotoras, a nivel fiscal, les resulta difícil cambiar su línea empresarial, y a las grandes financieras porque les interesa sacar esas viviendas de su balance”
Inseguridad en el alquiler
Sobre la afirmación del representante del G14 de que no existe inseguridad jurídica en el mercado del alquiler, Antonio Carroza ha manifestado que “esto es una negación de la evidencia, ya que hay datos y hechos que corroboran la inseguridad que rodea a este mercado. Sin ir más lejos, lo podemos observar en los datos alarmantes que figuran en los archivos del FIM, donde se hace visible el aumento de la morosidad en España. También lo podemos comprobar en el aumento de los conflictos que hay en los juzgados, con los datos del CGPJ.
Antonio Carroza advierte que, “no podemos mostrar a la sociedad una realidad ficticia; hay una ley muy válida, pero una justicia muy lenta. Es por eso que Alquiler Seguro lleva años pidiendo a las administraciones más medios materiales y económicos, en definitiva, más juzgados y una mayor especialización en cuestiones de vivienda”.
El mercado de alquiler va creciendo, pero las dudas siguen planteándose debido al aumento de la morosidad, “el miedo al impago y la inseguridad en el mercado del alquiler es precisamente la causa de que el propietario no quiera alquilar” comentó Antonio Carroza.
Desde Alquiler Seguro se apuesta por un cambio de modelo de vivienda que se adapte a las necesidades reales de la sociedad actual. Ese modelo es la vivienda en alquiler que da solución a la movilidad geográfica, las necesidades habitacionales, y sobre todo, a la emancipación de los jóvenes, pasando por una modernización de nuestra sociedad y acercamiento con los modelos europeos, se apunta desde la empresa.

lunes, 9 de enero de 2012

Ceder la vivienda alquilada a un hijo pone fin al contrato

Supone la resolución del contrato de arrendamiento la cesión de un inmueble, sin el consentimiento preceptivo del arrendador, a un hijo y al cónyuge de éste, durante al menos dos años, en los cuales el arrendatario residió en otra localidad tras haber contraído nuevo matrimonio, según establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 17 de noviembre de 2011.
MUCHASCASAS.NET.- DANIELLA MONTENEGRO.-El ponente, el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, determina que en estos casos se produce la introducción de terceros, por parte del arrendatario, en la vivienda arrendada sin el necesario consentimiento por parte de la arrendadora, puesto que los residentes en la vivienda conforman una unidad familiar independiente y no puede alegarse como causa que justifique la cesión la dependencia económica de estos respecto del arrendatario, dado que cada uno vivía de forma autónoma e independiente.
El artículo 114.5.ª de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1964 autorizaba al arrendador a resolver el contrato de arrendamiento urbano, sea de vivienda o de local, de negocio, por la cesión de vivienda o el traspaso de local de negocio realizado de modo distinto del autorizado en la propia ley, entre cuyos requisitos está el consentimiento del arrendador como esencial para la eficacia jurídica de la cesión. La norma es similar al artículo 8 de la LAU de 1994.
En líneas generales, el TS ya se ha pronunciado sobre el alcance de la cesión inconsentida como causa de resolución del contrato de arrendamiento, en la sentencia de 16 de octubre de 2009.
Diferentes versiones
En el caso en litigio, el arrendatario de la vivienda alquilada mantenía que no había existido la cesión inconsentida de la que se le acusaba y alegaba como fundamento esencial que se ausentó de la vivienda de forma temporal, por razones profesionales, aunque mantuvo en todo momento su residencia en aquella, y sin que existiera en modo alguno intención o voluntad de ceder la vivienda a su hijo.
Sin embargo la sentencia descarta que las razones del desplazamiento fuesen laborales sino, más bien, por razón de haber contraído nuevas nupcias.
Partiendo de la doctrina jurisprudencial expuesta, Xiol Ríos concluye que en este caso dicha doctrina no sólo no ha resultado infringida por la sentencia recurrida, sino que ha sido aplicada por ésta, aunque atemperada a las circunstancias concretas del hecho analizado.

sábado, 31 de diciembre de 2011

Ayudas a la compra de vivienda protegida (compra)

• DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.-Préstamo convenido por cuantía máxima del 80% del valor escriturado de la vivienda (incluyendo garaje y trastero si estuviesen vinculados) y plazo de amortización mínimo de 25 años. El tipo de interés podrá ser variable (euribor+0,25-1,25) o fijo (el establecido, en su caso, por el Ministerio de Vivienda).
• Subsidiación de las cuotas durante los primeros cinco años del préstamo convenido (prorrogable por otros dos periodods de cinco años si se cumplen las condiciones) a razón de una cantidad de euros anuales por cada fracción de 10.000 euros de préstamo convenido. Se establecen subsidiaciones reforzadas para colectivos de especial protección.


Requisitos:
• Ser mayor de edad.
• Figurar inscrito en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
• No haber formalizado préstamo convenido ni haber obtenido ayudas de los Planes de Vivienda estatales o autonómicos para la compra de vivienda protegida en los diez años anteriores a la solicitud actual.
• No ser titular del pleno dominio ni disponer del derecho del uso o disfrute de otra vivienda protegida (salvo que resulte inadecuada según la normativa autonómica) o libre, salvo que el interesado se haya visto privado de su uso por causas no imputables a él o que el valor de la vivienda, de acuerdo con la normativa de Transmisiones Patrimoniales, no exceda del exceda del 40% del precio de la vivienda que se pretende adquirir o del 60% en los supuestos de mayores de 65 años, víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, familias numerosas, familias monoparentales con hijos, personas dependientes o con discapacidad y las familias que las tengan a su cargo, y separados o divorciados.
• Acreditar que la actividad laboral constituye la actividad principal del solicitante y disponer de solvencia económica suficiente para acceder al préstamo hipotecario. En cualquier caso, se exigirán ingresos mínimos de 1 vez IPREM y máximos de hasta 7 veces IPREM (hasta el 31 de diciembre de 2010) según el tipo de vivienda protegida de que se trate. En el caso de que los ingresos fueran inferiores a 1 IPREM deberá acreditarse emancipación laboral ante la Dirección General de Vivienda del Gobierno de La Rioja.
Compra de Vivienda Protegida
Las ayudas a la compra de vivienda protegida suponen el principal eje de los planes de vivienda y buscan favorecer la adquisición de vivienda en propiedad a los colectivos con mayores dificultades de acceso y, en particular, a los jóvenes menores de 35 años.
Las ayudas a la entrada y la Ayuda al Esfuerzo del Gobierno de La Rioja se complementan con la formalización del préstamo convenido y la subsidiación de las cuotas con el objetivo de proporcionar un marco razonable de esfuerzo en el acceso a la vivienda en propiedad. Las viviendas protegidas para compra pueden ser de régimen especial, de régimen general, de régimen concertado o viviendas usadas.
• ¿En qué consisten las ayudas?
• ¿Qué requisitos básicos hay que cumplir?
• ¿Qué requisitos debe cumplir la vivienda?
• ¿Dónde se gestionan las ayudas?
• Solicitudes
¿En qué consisten las ayudas?
• Formalización de préstamo convenido por cuantía máxima del 80% del valor escriturado de la vivienda (incluyendo garaje y trastero si estuviesen vinculados) y plazo de amortización mínimo de 25 años. El tipo de interés podrá ser variable (euribor+0,25-1,25) o fijo (el establecido, en su caso, por el Ministerio de Vivienda).
• Subsidiación de las cuotas durante los primeros cinco años del préstamo convenido (prorrogable por otros dos periodods de cinco años si se cumplen las condiciones) a razón de una cantidad de euros anuales por cada fracción de 10.000 euros de préstamo convenido. Se establecen subsidiaciones reforzadas para colectivos de especial protección (consultar tabla).
• (1) Ayuda estatal directa a la Entrada (AEDE) que oscilará entre 5.000 y 12.300 euros en función de las características personales y familiares de los beneficiarios y del municipio en el que se ubique la vivienda.
• (2) Ayuda al Esfuerzo del Gobierno de La Rioja para que los beneficiarios no realicen un esfuerzo económico superior al 30% de sus ingresos durante los primeros cinco años del préstamo convenido (25% en el caso de menores de 35 años, mayores de 65 años, familias numerosas o con personas dependientes a su cargo, personas con discapacidad y adquirentes con ingresos inferiores a 1,5 veces IPREM). Se complementa con una ayuda para gastos notariales y de registro por importe máximo de 360 euros.
(1) El Ministerio de Fomento ha suprimido la AEDE a apartir del 1 de enero de 2011 mediante la aprobación del Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Sin perjuicio de esta supresión, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 de la Disposisión transitoria primera del Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, podrán obtener esta ayuda estatal, con arreglo a la normativa anterior al mismo:
a) Los adquirentes, de viviendas protegidas financiadas en el marco del vigente Plan Estatal de Vivienda y rehabilitación 2009-2012 que se subroguen en el préstamo convenido del promotor de las viviendas protegidas, siempre que dicho préstamo hubiera sido notificado al Ministerio de Fomento con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto.
b) Los adquirentes que obtengan préstamo directo convenido para la adquisición de las viviendas protegidas financiadas con o sin préstamo convenido al promotor, siempre que la concesión de dicho préstamo directo se notifique al Ministerio de Fomento con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto y que no se sobrepasen los objetivos convenidos del período 2010.
c) Los adquirentes de viviendas usadas, en el marco del vigente Plan, que obtengan préstamos convenidos que hayan sido notificados al Ministerio de Fomento con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto y que no se sobrepasen los objetivos convenidos del período 2010.
d) Los adjudicatarios de viviendas calificadas como protegidas en el marco del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, correspondientes a promociones en régimen de cooperativa, así como los promotores individuales para uso propio, siempre que:
• La calificación provisional se hubiera obtenido con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto.
• El titular de la promoción obtenga préstamo convenido antes de la finalización de este Plan, sin exceder el cupo anual que corresponda de objetivos convenidos entre el Ministerio de Fomento y cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla.
A los efectos de lo previsto en esta disposición transitoria, se considera como convenido aquel préstamo concedido por una entidad de crédito colaboradora en la financiación del Plan, cuya concesión sea notificada al Ministerio de Fomento antes de la entrada en vigor de esta Real Decreto, y que reciba conformidad por parte del Ministerio de Fomento, incluso después de su entrada en vigor.
La notificación al Ministerio de Fomento de las concesiones de préstamos, a que se refiere esta disposición transitoria, se entenderá de conformidad con el sistema de comunicaciones establecido entre dicho Ministerio y las entidades de crédito colaboradoras para aplicación del Plan.
(2) Con motivo de la entrada en vigor de la Orden 2/2011 de la Consejería de Obras Públicas, Politica Local y Territorial se informa de lo siguiente:
• A partir del día 20 de septiembre de 2011, no se admiten a trámite nuevas solicitudes de petición de esta ayuda.
• A partir del día 20 de septiembre de 2011 sólo se pagarán las ayudas que hubieran sido solicitadas con anterioridad a esta fecha y una vez aprobada su concesión.
Consulte la tabla de ayudas según el tipo de vivienda, los ingresos del beneficiario y sus características.
¿Qué requisitos básicos hay que cumplir?
• Ser mayor de edad.
• Figurar inscrito en el Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
• No haber formalizado préstamo convenido ni haber obtenido ayudas de los Planes de Vivienda estatales o autonómicos para la compra de vivienda protegida en los diez años anteriores a la solicitud actual.
• No ser titular del pleno dominio ni disponer del derecho del uso o disfrute de otra vivienda protegida (salvo que resulte inadecuada según la normativa autonómica) o libre, salvo que el interesado se haya visto privado de su uso por causas no imputables a él o que el valor de la vivienda, de acuerdo con la normativa de Transmisiones Patrimoniales, no exceda del exceda del 40% del precio de la vivienda que se pretende adquirir o del 60% en los supuestos de mayores de 65 años, víctimas de violencia de género, víctimas del terrorismo, familias numerosas, familias monoparentales con hijos, personas dependientes o con discapacidad y las familias que las tengan a su cargo, y separados o divorciados.
• Acreditar que la actividad laboral constituye la actividad principal del solicitante y disponer de solvencia económica suficiente para acceder al préstamo hipotecario. En cualquier caso, se exigirán ingresos mínimos de 1 vez IPREM y máximos de hasta 7 veces IPREM (hasta el 31 de diciembre de 2010) según el tipo de vivienda protegida de que se trate. En el caso de que los ingresos fueran inferiores a 1 IPREM deberá acreditarse emancipación laboral ante la Dirección General de Vivienda del Gobierno de La Rioja.
Ingresos máximos para acceder a la compra de viviendas protegidas
Régimen Especial Régimen General ó viviendas usadas Régimen Concertado
2,5 IPREM 4,5 IPREM 6,5 IPREM
¿Qué requisitos debe cumplir la vivienda?
• Que haya obtenido la calificación definitiva (en el caso de vivienda nueva).
• Que el precio de adquisición de la vivienda no supere los máximos legales establecidos.
• Tener una superficie no superior a 120 metros cuadrados útiles aunque a los efectos de financiación y ayudas, se tendrá en cuenta una superficie máxima de 90 metros cuadrados útiles.
¿Dónde se gestionan las ayudas?
• En la Ventanilla Única de Vivienda del Gobierno de La Rioja
• Información y consultas: 902 077 941 (Teléfono de Vivienda del Gobierno de La Rioja) o en infovivienda@larioja.org

Ayudas a inquilinos (alquiler)
Descripción:
• Ayuda al inquilino para que no realice un esfuerzo económico por el pago del alquiler superior al 25% de su renta (20% en el caso de jóvenes, familias numerosas o con dependientes a cargos, discapacitados, arrendatarios con ingresos inferiores a 1,5 veces IPREM), siempre que el importe del alquiler no supere el 60% de sus ingresos. Esta ayuda se concede por dos años.
Requisitos:
• El inquilino no podrá ser titular de otra vivienda.
• Deberá acreditarse que la actividad laboral constituye la actividad principal de los beneficiarios.
• No podrá existir parentesco por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo entre el arrendador y cualquiera de los arrendatarios.
• Que los ingresos de los arrendatarios se encuentren entre 1 y 2,5 veces IPREM para la ayuda estatal y para la Ayuda al Esfuerzo del Gobierno de La Rioja. En el caso de ingresos por debajo de 1 IPREM podrá acreditarse emancipación laboral.
• No ser beneficiario ni cumplir los requisitos exigidos para ser beneficiario de la Renta Básica de Emancipación.
Alquiler con opción a compra (alquiler, compra)
Descripción:
• Ayuda por importe del 50% de la renta de alquiler con un maximo de 250 euros mensuales. Se reconocerá por un periodo máximo de dos años.
• Perdida de la vivienda habitual, despues del 1/01/2009 por imposibilidad de pago derivada de una alteración sustancial de la situación económica o laboral de la unidad familiar, sobrevenida y ajena a su voluntad.
• Ayuda al alquiler con opción a compra a 5 años: limitación de la renta de alquiler a 3,3 € mensuales por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con un máximo de 90 metros cuadrados, en cualquier municipio de La Rioja.
Rentas máximas mensuales a pagar por los inquilinos 450 euros
Subvención al inquilino de hasta el 40% de la renta satisfecha por el inquilino con un máximo de 3.200 euros anuales
Ayuda para que el esfuerzo de los inquilinos no supere el 25% de sus ingresos durante 5 años (20% en el caso de jóvenes, rentas inferiores a 1,5 IPREM, personas con discapacidad y familias numerosas)
Requisitos:
Alquiler con opción a compra a 5 años:
• Ser beneficiario de la ayuda estatal (excepto en el tramo de
ingresos entre 2,5 y 3,5 IPREM).
• Que el importe del alquiler no supere el 60% de los ingresos.
• 5 años (2 años renovable por otros 3)
Alquiler con opción a compra a 10 años:
• Ingresos máximos del inquilino: 2,5 IPREM a la fecha de la presentación de la solicitud
• No cumplir requisitos para ser beneficiario de la renta basica de emancipacion ni ayudas a inquilinos del plan de vivienda o, cumpliéndolos, no poder obtenerlas por excedente de cupo.
• Existencia de unidad familiar de 2 ó mas miembros.
Alquiler con opción de compra a 5 años
Línea de ayudas creada por el Gobierno de La Rioja con el objetivo de contribuir a un tránsito programado del alquiler a la propiedad en un momento como el actual, marcado por la restricción del crédito a la compra de vivienda y las dificultades para acreditar condiciones de solvencia por parte de las familias. Esta figura permite disfrutar de un periodo inicial de cinco años de alquiler con una renta limitada (3,3 €/metro cuadrado) y decidir, pasados los cinco años, la compra de la vivienda con ayudas si cumple los requisitos de vivienda protegida usada o, alternativamente, mediante préstamo Hipoteca Joven del Gobierno de La Comunidad perteneciente
¿Qué requisitos básicos deben cumplirse?
• Podrán acceder a estas viviendas quienes acrediten ingresos entre 1 y 3,5 veces IPREM.
• Durante los 5 años de alquiler, las rentas a pagar por los inquilinos estarán limitadas a 3,3 € mensuales por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con un máximo de 90 metros cuadrados. Esta renta máxima inicial deberá figurar en la calificación provisional de la vivienda y en el contrato de arrendamiento.
• El promotor podrá elevar el precio de las viviendas en el momento de la opción de compra un máximo de 1,4 veces el precio máximo establecido en la calificación provisional de la vivienda; ese precio deberá indicarse expresamente en el contrato de alquiler con opción de compra.
• En el momento del ejercicio de la opción de compra, el adquirente deducirá del precio de venta un 50% de la suma de los alquileres satisfechos.
• Transmitida la vivienda, esta tendrá la consideración de segunda transmisión a los efectos de las limitaciones a la facultad de disponer, que se harán constar expresamente en la escritura de compraventa a efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad.
¿Qué ayudas pueden percibirse?
• Al promotor: Ayuda directa del Gobierno de La Rioja de hasta 13.200 euros por cada vivienda.
• Al comprador:
o En la fase de alquiler: limitación de la renta de alquiler a 3,3 € mensuales por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, con un máximo de 90 metros cuadrados, en cualquier municipio de La Rioja.
o En la fase de compra de la vivienda, las que correspondan a la compra de vivienda usada, si se cumplen los requisitos de ingresos, precios máximos, etc. o, alternativamente, formalización de préstamo Hipoteca Joven del Gobierno de La Rioja.
Reducción del IBI
Descripción:
Ayuda de 60 euros anuales en el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a las familias cuya vivienda habitual tiene un valor catastral inferior a 10.001 euros. Entrará en vigor a partir del 2012.
Préstamo convenido (alquiler)
Descripción:
• Valor: 80% del precio de venta (vivienda + garaje + trastero viculados, dependiendo de la cantidad de inquilinos, incluyendo animales).
• Tipo de interés fijo o varaible
• Periodo mínimo de amortización: 25 años
• Cuotas constantes
• Sin comisiones
Requisitos:
1. Ingresos no superiores al 6,5 del IPREM.
2. La superficie útil no puede superar los 90 metros cuadrados.
Subsidiación del préstamo (compra)
Descripción:

Ingresos Familiares
General
Familias numerosas

Hasta 2,5 veces el IPREM
(Vivienda Régimen Especial, General y Usada) 82 € por cada 10.000 € de préstamo durante 10 años. 132 € por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años.

De 2,5 a 3,5 veces el IPREM
(Vivienda Régimen General y Usada) 48 € por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años. 78 € por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años.
Requisitos:

• Formalizar el préstamo convenido.

• No haber obtenido financiación de los planes de vivienda en los últimos 10 años.

• Ingresos mínimos anuales de 3.000 euros.

• No tener ni haber tenido ninguna vivienda en propiedad
DEFINICIÓN DE VIVIENDA USADA
Son las viviendas libres cuya adquisición a título oneroso, en segundas o posteriores transmisiones, se considera protegida si se cumplen determinadas condiciones.
Se considerarán también viviendas usadas, las siguientes modalidades de viviendas:
• Las viviendas sujetas a regímenes de protección oficial, adquiridas en segundas o posteriores transmisiones. A estos efectos, se considerarán asimismo segundas tranmisiones, las que tengan por objeto viviendas protegidas que se hubieran destinado con anterioridad a arrendamiento.
• Viviendas libres de nueva construcción, adquiridas cuando haya transcurrido un plazo de 1 año como mínimo entre la expedición del certificado final de obra, la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad, seguún proceda, y la fecha del contrato de opción de compra o compraventa.
PLAZO DE SOLICITUD
Se dispone de un plazo máximo de 6 meses desde la firma del contrato o de la escritura de compraventa o adjudicación para presentar la solicitud junto con la documentación correspondiente, en el Registro de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura (C/Narciso Cuevas, 4 bajo).
PRECIO MÁXIMO PERMITIDO PARA EL AÑO 2011
AYUDAS A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA
El precio máximo permitido no podrá exceder de las siguientes cuantías:
• Si la vivienda está acogida a un Régimen de Protección Oficial su precio máximo será el que determine en cada momento la normativa reguladora, que deberá consultar en la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.
• Viviendas libres:
- *Municipios Grupo C: 1576,64 €/ m² útil.
- Resto de los municipios: 1212,80 €/ m² útil.
• Anejos vinculados (garajes y trasteros):
- * Municipios Grupo C: 945,98 €/ m² útil.
- Resto de los municipios: 727,68 €/ m² útil.
Para el cálculo del precio de estos anejos vinculados, sólo se podrán computar, como máximo 25 m² para garajes y 8 m² para trasteros.
CONDICIONES PARA ACCEDER A LAS AYUDAS
Generales:
- Que la vivienda se destine a residencia habitual y permanente de sus destinatarios y que establezcan en ella su domicilio fiscal.
- Que los compradores no sean titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda sujeta a régimen de protección pública u oficial; no lo sean sobre una vivienda libre, y si lo son, dicha vivienda no puede sobrepasar el 40% del precio de la que se adquiera según lo que regula la normativa del Impuesto de Transmisiones o el 60 % en los siguientes casos:
- Familias numerosas que necesiten adquirir una vivienda de mayor superficie por el incremento del número de miembros de la unidad familiar.
- Personas mayores de 65 años, personas con discapacidad o víctimas de violencia de género o de terrorismo.
- Se deberá justificar unos ingresos familiares íntegros anuales superiores a 3.000 € procedentes de Rendimientos del Trabajo y/o Actividades Económicas.
- No haber obtenido financiación de los planes de vivienda en los últimos 10 años (Excepciones: art. 18.2 del RD 14/08).
Para el préstamo convenido:
- Ingresos familiares: Máximo: 5,5 veces IPREM
Para la Subsidiación de la Cuota y las Ayudas Directas a la Entrada Autonómicas hay que cumplir las condiciones de PRIMER ACCESO:
- Ingresos familiares: Máximo: 3,5 veces IPREM.
- Formalizar el préstamo convenido.
- No tener ni haber tenido vivienda en propiedad. En el supuesto de haberla tenido esta no computaría si se esta privado de su uso y disfrute, o si el valor de la misma no excediera del 25 % de la que se adquiere.
EN QUÉ CONSISTEN LAS AYUDAS
• Reconocimiento de un préstamo convenido.
• Subsidiación en el pago de las cuotas con ayudas estatales y/o autonómicas directas a la entrada si se cumplen las condiciones de primer acceso.
LIMITACIONES
• La vivienda adquirida no podrá transmitirse “inter vivos” ni cederse su uso por ningún título (ni venta, ni alquiler) en el plazo de 10 años desde la formalización de la adquisición, salvo autorización expresa de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, lo que supondrá la cancelación del préstamo y la devolución de las ayudas económicas recibidas, más los intereses legales correspondientes. (Art. 26 Decreto 12/2006).
• Las viviendas libres usadas que se beneficien de las ayudas del Plan de Vivienda estarán sujetas durante los siguientes 15 años desde la fecha de adquisición de la vivienda, a una limitación de su precio de venta, según lo que establezca la normativa reguladora. Consultar en la Dirección General de Vivienda y Arquitectura.
Subsidiación del préstamo (compra)
Descripción:
Con carácter general:

• Igual o mayor a 2,5 veces el IPREM: 100 €/anuales por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años renovables otros 2 periodos de 5 años.
• Igual o mayor a 3,5 veces el IPREM: 80 €/anuales por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años renovables otros 2 periodos de 5 años.
• Igual o mayor a 4,5 veces el IPREM: 60 €/anuales por cada 10.000 € de préstamo durante 5 años renovables otros 2 periodos de 5 años.

Con carácter específico (familias numerosas, monoparentales con hijos, dependientes o discapacitados y familias que los cuidan):

• Igual o mayor a 2,5 veces el IPREM: 155 €/anuales (100 + 55) por cada 10.000 € de préstamo durante los 5 primeros años.
• Igual o mayor a 3,5 veces el IPREM: 113 €/anuales (80 + 33) o 93 €/anuales (60 + 33)por cada 10.000 € de préstamo durante los 5 primeros años.
Requisitos:

o Tener unos ingresos familiares que no excedan de 4,5 veces el IPREM.

o No haber sido titulares nunca de una vivienda en propiedad (deben acceder a una vivienda por primera vez).

o Disponer de unos ingresos familiares mínimos que exijan, en su caso, las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.

o No ser titulares de una vivienda libre que exceda del 40% del precio de la vivienda para la que se solicita la ayuda.

• No haber obtenido ayudas financieras ni un préstamo convenido para el mismo tipo de actuación, al amparo de planes estatales o autonómicos de vivienda, durante los diez años anteriores a la solicitud actual.
Arquitectura y política de vivienda
Ayudas para la adquisición de viviendas ya existentes
A qué viviendas se refieren:
Viviendas existentes:
• Viviendas libres o protegidas, en segunda o posterior transmisión.
• Viviendas protegidas anteriormente destinadas al arrendamiento.
• Viviendas libres de nueva construcción, a los dos años de finalizar su construcción o resultantes de la rehabilitación protegida de edificios.
• Viviendas protegidas de nueva construcción en primera transmisión, con superficie útil hasta 120 m2, destinadas a familias numerosas, cuando haya transcurrido un plazo de un año, y no hubiesen sido adquiridas por dichas familias.
Requisitos
Tanto las viviendas como los adquirientes deberán cumplir las mismas condiciones que en el caso de las viviendas protegidas de nueva construcción, salvo en municipios singulares del grupo 0.
Tipos de ayudas
Iguales a las previstas para la adquisición de vivienda protegida de nueva construcción
Reconocimiento del derecho y tramitación:
La Comunidad o Ciudad Autónoma en la que esté situado el edificio o vivienda, es la que efectúa el reconocimiento del derecho a recibir estas ayudas económicas en sus diversas modalidades de financiación cualificada.
La solicitud de estas ayudas deberá dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma o de las Ciudades de Ceuta y Melilla y tramitarse de acuerdo con el procedimiento que se establezca en cada una de ellas.
El Consejo de la Juventud pide al PP que no acabe con la ayuda al alquiler
El Consejo de la Juventud de España (CJE) rechaza la desaparición de la Renta Básica de Emancipación Juvenil (RBE) anunciada por el presidente del Gobierno electo, Mariano Rajoy, a través de su cuenta en la red social Twitter. El CJE pide al nuevo Ejecutivo que no elimine la RBE (la ayuda para el alquiler de 210 euros destinada a los jóvenes que lleva cuatro años en vigor) porque siguen existiendo las necesidades que impulsaron la aprobación de esta ayuda, cuyo principal objetivo es impulsar la emancipación de la juventud española facilitando el pago del alquiler de una vivienda. “Prueba de ello es que España es uno de los países europeos donde la edad de emancipación juvenil es más elevada, puesto que la media de la UE está situada entre los 20 y 22 años, mientras que en España es de 30 años” señala en un comunicado.
El Consejo de la Juventud de España recuerda que la Renta Básica de Emancipación está regulada mediante el Real Decreto 1472/2007 que contempla que el Ministerio de Vivienda debe presentar cada año un Informe de seguimiento y evaluación en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y que, en función de los resultados de 2011, se decidirá sobre el mantenimiento de la Renta de Emancipación. El CJE demanda la elaboración de dicho informe a la mayor brevedad y propone prorrogar el Real Decreto hasta que la Comisión de Asuntos Económicos pueda reunirse y decidir sobre la continuidad de la Renta Básica de Emancipación. Para el CJE, acabar con la Renta Básica de Emancipación impedirá independizarse de sus padres a multitud de jóvenes de entre 22 y 30 años, pero además, provocará la pérdida de ingresos de muchos propietarios de las casas que hoy se alquilan a jóvenes gracias a la RBE, y por tanto, alimentará la crisis económica.
El Consejo de la Juventud de España manifestó su preocupación por la posible supresión de la RBE durante la campaña electoral puesto que el Partido Popular no incluía renovar esta ayuda en su programa electoral. EL CJE no acepta las declaraciones de Mariano Rajoy ‐realizadas incluso antes de la sesión de investidura como nuevo presidente del Gobierno‐ advirtiendo de que Renta Básica de Emancipación llega a su fin, porque en sus manos está dejar que siga adelante, es decir, mantener en vigor una política que contribuye al desarrollo personal de las y los jóvenes, como personas y como ciudadanos.
La semana pasada, el PP sugería a través del perfil en Twitter del futuro presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que cuando finalice el año 2011 no se renovará la Renta Básica de Emancipación: “A la RBE,le puso fecha de caducidad el Gob.socialista; nos toca gestionar su herencia”.
señala que con este comunicado los implicados pretenden evitar cualquier posible especulación sobre su decisión y piden a su vez a los medios de comunicación que respeten su vida personal.

jueves, 29 de diciembre de 2011

Los alquileres suben un 0,9% en noviembre

La subida de los alquileres se mantiene dos puntos por debajo del IPC general
DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.-El precio medio de los alquileres de vivienda en España subió un 0,9% en noviembre respecto al mismo mes del ejercicio anterior, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). De este modo, la subida de las rentas se mantiene dos puntos por debajo del incremento experimentado por Índice General de Precios para el Cosumo (IPC), que cerró el mes en el 2,9%.
Los datos por Comunidades Autónomas muestran que solo en Navarra ha descendido el coste de los arrendamientos, en concreto se redujo un 0,4%. Por su parte, las mayores subidas se registran en el País Vasco (1,6%) seguido de Cataluña (1,3%). En Madrid, el precio de los alquileres repuntó en noviembre un 0,3%.Murcia y La Rioja han sido las regiones que menos han encarecido sus alquileres: solo un 0,1%
El precio medio de los alquileres de vivienda en España subió un 0,9% en noviembre respecto al mismo mes del ejercicio anterior, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). De este modo, la subida de las rentas se mantiene dos puntos por debajo del incremento experimentado por Índice General de Precios para el Cosumo (IPC), que cerró el mes en el 2,9%.
Los datos por Comunidades Autónomas muestran que solo en Navarra ha descendido el coste de los arrendamientos, en concreto se redujo un 0,4%. Por su parte, las mayores subidas se registran en el País Vasco (1,6%) seguido de Cataluña (1,3%). En Madrid, el precio de los alquileres repuntó en noviembre un 0,3%.Murcia y La Rioja han sido las regiones que menos han encarecido sus alquileres: solo un 0,1%

jueves, 15 de diciembre de 2011

El Gobierno vasco promoverá el modelo escandinavo de alquiler

El Gobierno vasco ha incorporado a su anteproyecto de ley de vivienda la figura de las cooperativas de régimen de cesión de uso con el fin de promover el modelo escandinavo de alquiler. Es decir, a medio camino entre la propiedad y el arrendamiento.

MUCHASCASAS.NET.-DANIELLA MONTENEGRO.- La inclusión de esta figura en la nueva ley que prepara el Ejecutivo forma parte de las aportaciones presentadas al mismo por el Consejo Económico y Social (CES) y las cooperativas del sector, según ha informado el Departamento de Vivienda en un comunicado.

El anteproyecto de ley ha entrado en su última fase de tramitación interna antes de ser aprobado por el Consejo de Gobierno y de ser enviado al Parlamento vasco para su aprobación definitiva como Ley de Vivienda.

Entre las aportaciones que el Gobierno ha decidido incluir en el texto se encuentra la de la figura de cooperativas de régimen de cesión de uso para promover el alquiler del modelo escandinavo. Este sistema, conocido como 'andel', es un modelo situado entre la propiedad y el alquiler.

Utilizado en países como Dinamarca, Noruega y Suecia, consiste en un modelo cooperativo según el cual la propiedad de las viviendas reside en manos de una cooperativa y en el que los socios disfrutan de un derecho de uso indefinido con un alquiler de precio reducido.

martes, 22 de noviembre de 2011

El precio del alquiler sube un 0,9% en octubre

Nuevos datos sobre el precio medio de los alquileres de vivienda en España. Éste creció un 0,9% durante el pasado mes de octubre según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

No es del todo mala noticia, ya que se mantiene 2,1 puntos por debajo del IPC general, que cierra el mes en el 3%.

Si estudiamos el dato por regiones, sólo en Navarra se mantienen más bajos,reduciéndose un 0,3%, mientras que en Murcia se mantuvieron sin variación.

MUCHASCASAS.NET.-A.RICO.-Los alquileres donde más subieron fue en País Vasco, con un 1,6%, seguido de Canarias, Castilla-La Mancha y Cataluña, todas con un aumento del 1,2%. Le siguen Castilla y León y Galicia (que comparten un 1,1%). Por debajo se sitúan Aragón y Cantabria con un 1% y Andalucía (0,9%), Asturias (0,7%), Baleares y Comunidad Valenciana (0,6%), Extremadura (0,5%), Madrid y La Rioja, sendas con un aumento de los precios de los alquileres del 0,4%.

Por provincias, donde más bajan los precios son Castellón (-1,5%) y Almería y Huelva (-0,5%). Por el contrario, donde más suben es en Palencia (2,6%), Guipúzcoa (2,3%) y Ciudad Real (2,2%).

sábado, 29 de octubre de 2011

las ayudas de alquiler podrían desaparecer en diciembre


Las ayudas vencen el 31 de diciembre de 2011
©Daniella Montenegro
josé luis lópez ibáñez, portavoz del consejo de la juventud de españa (cje), critica que en España apenas se fomente el alquiler de viviendas. el experto advierte de que la renta básica de emancipación (rbe) podría desaparecer en diciembre, cuando cumplirá cuatro años y el gobierno tendrá que decidir sobre su continuidad. por el momento, ninguno de los grandes partidos se ha pronunciado sobre si mantendrá o cancelará la ayuda. una eliminación que, de ocurrir, provocaría el abandono de “unas 280.000 viviendas en alquiler de forma progresiva”
en su opinión, sería una brutalidad que perjudicará a los propietarios de los inmuebles y también a los jóvenes que volverán a sus núcleos familiares”. por ello, aboga por que el partido político que gobierne no deje morir estas ayudas
salarios insuficientes para poder comprar
lópez señala que un joven español debería cobrar un 73% más de lo que cobra actualmente para comprar una vivienda, es decir, debería cobrar 2.250 euros al mes frente a los 800-900 euros mensuales que ingresa de media un joven
para facilitar el acceso a la vivienda a los jóvenes españoles, este organismo aboga por una bajada de precios y el fomento del alquiler por parte de as administraciones públicas. de hecho, lópez ibáñez apuesta por el alquiler frente a la compra y para ello cree que es necesario reformar la ley de arrendamientos urbanos para dar más protección a los propietarios de las viviendas puestas en alquiler
el portavoz del consejo de la juventud de españa asegura que los centros de algunas ciudades de españa, como valencia, se están quedando abandonados, debido a los elevados precios de la vivienda. por ello, propone aplicar cargas fiscales a los propietarios de inmuebles vacíos y también una reforma de la ley de arrendamiento para darle más seguridad
por su parte, tanto el pp como el psoe no han afirmado ni desmentido que se vayan a eliminar las ayudas al alquiler. pablo matos, diputado por el pp de la comisión de vivienda en el congreso de los diputados, y ana maría fuentes pacheco, diputada por el psoe de la comisión de vivienda en el congreso, han señalado que todo dependerá de qué partido gane las elecciones generales y a partir de ahí ya se verá qué pasa con estas ayudas

martes, 14 de junio de 2011

La SPA incrementa un 2,3% el número de alquileres tramitados

De acuerdo a los últimos resultados publicados por la Sociedad Pública de Alquiler (SPA), hasta el mes de abril se han tramitado un total de 1.378 contratos de arrendamiento, lo que supone un 2,3% más que en el cuatrimestre anterior. De este modo se han gestionado 344 contratos de alquiler al mes en los cuatro primeros meses del año.
MUCHASCASAS.NET.-A.RICO.-Esto supone un 23% más que su promedio hasta ahora. Sólo en el mes de abril, la SPA gestionó 407 contratos, un 5% más que en el mismo mes de 2010. Asimismo, fueron 780 los ciudadanos interesados en sus productos y 367 las casas que comenzó a comercializar a través de su web y portales inmobiliarios colaboradores. El último balance de la SPA arroja que desde su creación en 2005 casi 45.000 ciudadanos han accedido a un hogar, asequible y con garantías y sitúa en 17.922 los contratos de arrendamiento que ha gestionado.

martes, 7 de junio de 2011

Sube el precio de la vivienda en alquiler en España después de 15 meses seguidos de bajada

MUCHASCASAS.NET.-A.RICO.-El precio de la vivienda en alquiler vuelve a subir. Según datos del mes de abril del portal inmobiliario MUCHASCASAS.NET.-, el precio medio de la vivienda de segunda mano en régimen de alquiler en España registra una subida del 1,2% respecto al mes anterior, lo que sitúa el valor medio de los inmuebles en alquiler en 7,90 euros por metro cuadrado al mes (€/m2 al mes). Se trata de la primera variación mensual positiva en el precio medio de la vivienda en alquiler de España que recoge el Índice fotocasa.es, tras 15 meses de descensos consecutivos. Asimismo, abril de 2011 arroja también datos positivos en cuanto a la variación mensual en 13 de las 17 comunidades autónomas analizadas. Las tres CC.AA. con mayor incremento mensual son País Vasco (1,7%), Extremadura (1,3%) y Navarra (1,0%). Las únicas CC.AA. que han visto descender el precio mensual de la vivienda en alquiler en abril han sido: Galicia (-1,7%), Baleares (-0,9%), Madrid (-0,2%) y Murcia (-0,1%).

Las cinco comunidades autónomas con el precio de la vivienda en alquiler más alto en abril son País Vasco (11,31 €/m2 al mes), Madrid (10,36 €/m2 al mes), Cataluña (9,89 €/m2 al mes), Navarra (7,97 €/m2 al mes) y Baleares (7,87 €/m2 al mes). Por su parte, las CC.AA. con los precios más bajos son Extremadura (4,97 €/m2 al mes), Castilla-La Mancha (5,67 €/m2 al mes), Murcia (5,79 €/m2 al mes), la Comunitat Valenciana (5,91 €/m2 al mes) y Galicia (6,07 €/m2 al mes).


Precio medio de la vivienda por CC.AA y variaciones (mensual, trimestral e interanual)

CCAA Marzo 2011 Abril
2011 Variación
mensual
Andalucía 6,63 6,66 0,5%
Aragón 7,48 7,50 0,2%
Asturias 7,41 7,42 0,2%
Baleares 7,94 7,87 -0,9%
Canarias 6,59 6,61 0,3%
Cantabria 7,37 7,42 0,8%
Castilla y León 6,11 6,14 0,5%
Castilla-La Mancha 5,66 5,67 0,1%
Cataluña 9,83 9,89 0,6%
Extremadura 4,90 4,97 1,3%
Galicia 6,18 6,07 -1,7%
La Rioja 6,15 6,17 0,3%
Madrid 10,38 10,36 -0,2%
Murcia 5,79 5,79 -0,1%
Navarra 7,88 7,97 1,0%
País Vasco 11,12 11,31 1,7%
C. Valenciana 5,90 5,91 0,2%
ESPAÑA 7,80 7,90 1,2%


El 56% de las provincias sube de precio en abril

MUCHASCASAS.NET.-A.RICO.-Por provincias y en términos de variación mensual, el 56% registra incrementos en el precio de la vivienda en alquiler. Así, de las 50 provincias analizadas, el precio del alquiler sube en 28 provincias, baja en 20 (el 40%) y se mantiene en dos (el 4%). Jaén (3,9%), Córdoba (2,9%) y Soria (2,9%) son las provincias que registran los mayores incrementos, mientas que Cuenca (-6,3%), Pontevedra (-2,6%) y Huesca (-2,2%) son las provincias donde el precio del alquiler desciende más en el último mes.

En el análisis destaca que Vizcaya y Guipúzcoa son las únicas provincias de España donde alquilar una vivienda cuesta más de 11 euros el metro cuadrado al mes. En concreto, Vizcaya lidera el ranking de la provincias más cara para alquilar con 11,47 €/m2 al mes y desbanca a Guipúzcoa (11,39 €/m2 al mes) que hasta este mes había sido la provincia con la vivienda en alquiler más cara de España.
Por su parte, Barcelona (10,64 €/m2 al mes) y Madrid (10,36 €/m2 al mes) son la tercera y cuarta provincia respectivamente, con el precio del alquiler más alto en abril. En el lado opuesto se sitúa Jaén, con 4,83 €/m2 al mes en el primer lugar del ranking de provincias con el precio más económico. A continuación se sitúan las provincias de Ourense y Cáceres con 4,85 y 4,88 €/m2 al mes, respectivamente.

Bilbao supera a Barcelona en el precio del alquiler por metro cuadrado

En el análisis por ciudades destacan San Sebastián, Bilbao, Barcelona, Alcobendas y Sitges por ser las cinco poblaciones españolas donde alquilar una vivienda es más caro. En concreto, San Sebastián lidera el ranking con 12,92 €/m2 al mes, tras un descenso del
-2,1% en abril. En segundo lugar le sigue Bilbao, que sitúa su precio en 12,52 €/m2 al mes, y que tras registrar una subida mensual de 0,8% desbanca por primera vez de esta posición a Barcelona capital que desciende al tercer puesto y se sitúa en 12,46 €/m2 al mes.

En el lado opuesto se sitúa en municipio jienense de Baeza con 3,69 €/m2 al mes.

En términos de variación mensual, la ciudad gaditana de Sanlúcar de Barrameda experimentó el mayor incremento de abril, un 10,5%, situando el precio en 6,89 €/m2 al mes. Le siguen Guardamar del Segura con una subida de 7,8% (en 6,96 €/m2 al mes) y Llucmajor con 6,6% (6,99 €/m2 al mes). Por otro lado, la ciudad de Cuenca es la que mayor descenso notó, un -9,6%, situando el valor de la vivienda en alquiler en 5,33 €/m2 al mes.

domingo, 5 de junio de 2011

hacienda vigilará los ingresos procedentes del alquiler de casas para vacaciones

MUCHASCASAS.NET.-A.RICO.-Las compañías eléctricas envían a hacienda los datos de consumo eléctrico de las viviendas desde el pasado mes de marzo, un gesto que permitirá aflorar miles de alquileres no declarados. las casas de vacaciones que se alquilan sin contrato por cortos periodos vacacionales, pero que generan jugosos ingresos a los propietarios, estarán en el punto de mira de hacienda
en españa hay unos 3 millones de viviendas de costa destinadas a segunda residencia cuyos propietarios usan pocas semanas al año y tratan de alquilar el resto del tiempo. según los técnicos de hacienda, otros 1,2 millones de casas de vacaciones, el 45% del total, son susceptibles de alquilar “en negro”, generando no sólo fraude fiscal sino competencia desleal a hoteles y apartamentos turísticos legales
Murcia, andalucía y valencia concentran miles de viviendas en alquiler vacacional, la última gran bolsa de fraude inmobiliario. los administradores de fincas recomiendan ponerse al día en el pago de impuestos antes de que hacienda destape esta fuente habitual de ingresos no declarados. la inclusión de la referencia catastral en la declaración de la renta ya ha sacado a la luz 340.000 alquileres sumergidos en los últimos cuatro años