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miércoles, 5 de junio de 2013

El TSJA recuerda a los jueces que es obligatorio paralizar los desahucios





El juez decano de Almería, Luis Columna, asegura que en Almería “hay muchísimos en trámite”
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LAEDICION.NET.-El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha anunciado que se va a poner en contacto con todos los Decanatos de los Juzgados para trasladarles la obligatoriedad por ley de “paralizar por un periodo de dos años las ejecuciones de desahucios para aquellas personas que se encuentren en riesgo de exclusión social”; una obligatoriedad que llega después de que ayer entrara en vigor la Ley estatal de protección del deudor hipotecario.
Aunque esta ley no tiene carácter retroactivo y no se puede aplicar a los desahucios ya realizados, Del Río ha explicado que con el nuevo texto legal se abre asimismo un plazo de un mes para que todos los procesos de ejecución se paralicen de cara a su revisión, por si hay cláusulas abusivas o impeditivas que exijan su retirada. Del Río ha hecho una “llamada de atención” a todos los jueces, notarios y demás personas que participan en el proceso para que estudien si dichas cláusulas pueden ser abusivas.
“Más facultades”
El presidente del TSJA ha indicado que, aunque los jueces han intentando que en este tipo de casos hubiera un “equilibrio” para que los intereses económicos no primaran siempre sobre el estado social de derecho, con esta nueva normativa cuentan con unas “facultades más amplias” para ello. Ha recordado que “los jueces no han sido insensibles ante este problema y han tenido que ser jurídicamente imaginativos hasta la entrada en vigor de esta normativa”.
El presidente del TSJA se ha congratulado de que ahora puedan contar con “un mayor apoyo legal”, frente a las anteriores “lagunas legislativas”. Tras mostrar su deseo de que se profundice en la aplicación de esta nueva normativa para beneficiar a los colectivos afectados, el presidente del TSJA ha afirmado que este “drama social afecta a muchas personas de carne y hueso” que están sufriendo una crisis con mucha más “virulencia” que otras, por lo que necesitan ayuda “social, legal y jurídica”.
Muchas en Almería
En Almería, por su parte, el juez decano, Luis Miguel Columna, ha señalado en declaraciones a La Cadena SER que”hay una reforma que se publicó ayer” y que, “como ha explicado el TSJA habrá que suspender las ejecuciones hipotecarias”.
En ese sentido ha recordado que en Almería hay “muchísimas en trámite” y que “habrá que revisarlas una por una”.
La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social se publicó el pasado miércoles en el Boletín Oficial del Estado. Con su entrada en vigor se procede a la “suspensión inmediata y por un plazo de dos años de los desahucios de las familias que se encuentren en una situación de especial riesgo de exclusión”. Esta medida, “con carácter excepcional y temporal”, afectará a cualquier proceso judicial de ejecución hipotecaria o venta extrajudicial por el cual se adjudique al acreedor la vivienda habitual de personas pertenecientes a determinados colectivos. En estos casos, la Ley, sin alterar el procedimiento de ejecución hipotecaria, impide que se proceda al lanzamiento que culminaría con el desalojo de las personas.
La suspensión de los lanzamientos afectará a las personas que se encuentren dentro de una situación de especial vulnerabilidad. Para que un deudor hipotecario se encuentre en este ámbito de aplicación será necesario el cumplimiento de requisitos. “De un lado, los colectivos sociales que van a poder acogerse son las familias numerosas, las familias monoparentales con dos hijos a cargo, las que tienen un menor de tres años o algún miembro con discapacidad o dependiente, o en las que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones sociales o las víctimas de violencia de género”.

domingo, 26 de mayo de 2013

El Congreso aprueba una reforma del mercado de alquiler que atenta contra la seguridad jurídica de los inquilinos




El Congreso de los Diputados aprueba hoy una reforma en materia de alquiler que supone un nuevo golpe al derecho a la vivienda. Con la fórmula "dinamizar el mercado de alquiler" el Congreso de los Diputados aprueba una nueva vulneración del derecho a la vivienda: la reforma de la ley de alquiler debilitará aún más la posición de los inquilinos, criminalizará los impagos por razones de necesidad y facilitará los desahucios exprés.
En el actual contexto de crisis los desalojos por impago de la hipoteca y los desalojos por impago de alquiler son dos caras de una misma moneda: la vivienda como mercancía. A la tragedia de los desahucios por ejecuciones hipotecarias se añadirá la de aquellas personas y familias que, en el contexto de la crisis, son incapaces de pagar el alquiler. El Proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Vivienda modifica la legislación de arrendamientos urbanos y la legislación de enjuiciamiento civil sin tener en cuenta la condición socio-económica de los inquilinos. La reforma tiene dos finalidades básicas:
·                 Reducir de 5 a 3 años el contrato de alquiler y facilitar los incrementos ilimitados de la renta. Cada tres años se podrán producir subidas indiscriminadas de la renta o se podrá cancelar el contrato de alquiler sin tener que justificar la necesidad de recuperar la vivienda. La consecuencia para las unidades familiares es de gran inseguridad ya que difícilmente podrán proyectarse de forma mínimamente estable en un hogar por periodos de 3 años. Además, la reforma desvincula la actualización de la renta del aumento del Índice de Precios al Consumo, IPC, y prevé que arrendador y propietario decidan "libremente" qué criterio aplicar. Después de ver los abusos generados por la supuesta libertad contractual en el ámbito hipotecario, no sería de extrañar la firma de contratos de alquiler con criterios de actualización de la renta manifiestamente inalcanzables. A ello se suma la incorporación de nuevos motivos que posibilitan la interrupción del contrato de alquiler y que significan una mayor vulnerabilidad del inquilino.
·                 Permitir los desahucios por impago de un solo mes de alquiler y crear un registro de morosos - "registro de sentencias firmes de impago de alquiler" - en el que durante 6 años constarán los datos de las personas que no han satisfecho las rentas del alquiler. El registro vulnera el derecho a la intimidad y la protección de datos y condenará las personas afectadas a la exclusión habitacional y supone un paso más en la criminalización de las personas afectadas por la crisis.
La propuesta de reforma no hace ninguna mención a la situación de las familias que con motivo de la crisis ven materialmente imposible pagar el alquiler. Tampoco establece ninguna diferencia entre los impagos que afectan a grandes propietarios y entidades financieras y los impagos de alquiler que repercuten en pequeños propietarios.
La reforma, finalmente, establece privilegios inaceptables para los grandes grupos económicos y financieros que especulan con este bien de primera necesidad, a quienes se privilegia con importantes deducciones fiscales.
En el contexto actual, una política de este tipo resulta suicida y se aleja notablemente de las prácticas de los países más avanzados en la materia, donde además de disponer de un parque de vivienda social de alquiler en el que alojar a las personas empobrecidas, se contemplan medidas de intervención en el mercado privado de alquiler. Esto es lo que sucede en Francia, por ejemplo, donde el 20% del parque inmobiliario son viviendas sociales de alquiler, y donde se prohíben los desalojos durante el invierno. En Alemania, por su parte, existen límites a los precios del mercado privado de viviendas que impiden procesos especulativos como los que se han vivido en el estado español.
Para "dinamizar el mercado de alquiler” bastaría con forzar el alquiler social de las viviendas en manos de grandes propietarios y de entidades financieras, cuando menos de las que están siendo apuntaladas con recursos públicos. Las mismas entidades bancarias reconocen tener en propiedad más de un millón de viviendas vacías.
El Observatorio DESC y la PAH denuncian la reforma aprobada por el Congreso de los Diputados como una grave vulneración del derecho a una vivienda digna consagrado en la Constitución Española y en numerosos tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el estado español e instan a los poderes públicos a emprender acciones para garantizar este derecho fundamental.

miércoles, 8 de mayo de 2013

Botín tacha de "muy malo" el decreto de la Junta sobre desahucios




LAEDICION.NET.-El presidente del Banco Santander, Emilio Botín, defiende la política llevada a cabo por los bancos españoles ante los problemas de los ciudadanos a la hora de hacer frente al pago de sus hipotecas inmobiliarias y ha considerado "muy mal, fatal", el Decreto Ley de Función Social de la Vivienda aprobado por la Junta de Andalucía.
     "Ese tipo de medidas no ayuda en absoluto a la economía española", ha manifestado Botín, que ha presidido este viernes la junta general de accionistas de Universia, celebrada en Málaga.
     En el caso del Banco Santander, ha subrayado que desde el pasado mes de noviembre no se ha hecho ni un solo desahucio. "Mis directores tienen instrucciones de ver caso por caso cuando hay problemas". Según ha expuesto, se ha aplazado el crédito de casi 20.000 familias, por un importe de 2.000 millones de euros, y se han bajado las condiciones.
   Se trata, como ha recordado, de medidas voluntarias adoptadas para familias con problemas desde hace dos años por el Santander y por otros bancos españoles.
   En este punto, ha querido distinguir entre los bancos, que "han hecho una labor absolutamente encomiable, sin pedir ayuda al Estado para nada", y las cajas, algunas de las cuales "han tenido que pedir ayudas, por unos 55.000 millones de euros, que han creado todos estos problemas".
   Con las protestas de fondo de miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en la Facultad de Comercio y Gestión de la Universidad de Málaga (UMA), donde se celebraba la junta general de accionistas de Universia, Botín ha reconocido que "el desahucio es la peor solución que se puede dar, es algo muy malo".
LEY HIPOTECARIA
   Sobre la Ley Hipotecaria, el banquero ha indicado que "para España es importantísima, porque es la forma de que en el futuro se sigan dando créditos en buenas condiciones". Ha admitido que estaba "preocupado" ante la posibilidad de que "se hicieran cambios que incentivaran a no pagar, cuando los españoles que tienen casa pagan en conjunto muy bien". "Habría sido gravísimo que eso se hubiera alterado", ha apostillado.
   Por tanto, el responsable del Santander ha concluido que las medidas aprobadas en relación con la Ley Hipotecaria "son duras y nos cuestan dinero a los bancos, pero creo que son positivas".

 

 

 

martes, 23 de abril de 2013

Fadeco teme que el decreto de función social de la vivienda vulnere la Constitución



La Junta aprueba hoy una norma que dará, según Cortés, «argumentos objetivos a las necesidades de la mayoría» La Junta de Andalucía sacará hoy adelante el decreto sobre la función social de la vivienda, que, según la consejera Elena Cortés, dará «argumentos objetivos» para responder «a las necesidades de la mayoría social, del pueblo trabajador y del pueblo que está sufriendo un menoscabo en el derecho a la vivienda».
Mientras la consejera de Fomento y Vivienda resaltó que el fin del decreto es que «se cumpla la función social de la vivienda» y se tenga en cuenta la «situación complicada» de las personas ante la crisis, Fadeco, la patronal andaluza de la construcción, indicó que establecer «posibles sanciones» a viviendas vacías puede «dificultar» la venta de inmuebles y supone «una manera absolutamente equivocada» de afrontar la falta de pisos.
La patronal solicitó que, antes de hablar de sanciones, «primero habrá que saber qué se entiende por pisos vacíos». «Si no se define el concepto, se puede caer en expropiaciones de bienes privados por razón de una finalidad altruista o social, y con esa 'expropiación' no estamos de acuerdo ni tiene el más mínimo sentido».
La patronal advirtió también de la inconstitucionalidad de eventuales sanciones de la Junta a las personas jurídicas que disponen de casas vacías. «Habrá que ver si el legislador tiene competencias y si esa forma de legislar no roza con ningún precepto de la Constitución», añadió Fadeco. «Los avances que nos llegan no nos suenan bien y es una manera de abordar el problema de la vivienda absolutamente equivocada», recogió Europa Press de fuentes empresariales. «Legislar es muy fácil, pero con lo que se legisle debe haber estudios económicos detrás y ver las repercusiones, y hacer un estudio de las viviendas y de la situación del sector», exigió Fadeco. El vicepresidente de la patronal, José Prado, indicó a Efe que la medida supondría un «ataque frontal» a los derechos inherentes al Patrimonio.
Según Elena Cortés, el decreto aportará «argumentos objetivos» para «poner la política al servicio de las necesidades» de los ciudadanos. La consejera añadió que «desde junio de 2012 en el parque público de viviendas de Andalucía no se desahucia a nadie que haya sufrido un menoscabo o empobrecimiento sobrevenido de su economía familiar como consecuencia de la crisis». La Junta informó ayer de que la oficina del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda en Huelva ha evitado «126 desahucios» desde principios de octubre, tras anexionar ayer nuevos ayuntamientos al programa, hasta sumar ya 107 en Andalucía.
Se calcula que en Andalucía hay unas 40.000 viviendas vacías en manos de promotores y constructores; de ellas, 11.000 están en la provincia de Málaga, de las que entre 4.000 y 6.000, en manos de bancos, están en la Costa del Sol. Esta zona, entre 2004 y 2007 acaparó el 40% de las viviendas vendidas a no residentes en España. El excedente de inmuebles se redujo en 8.900 viviendas en 2012, 3.600 de ellas vendidas a británicos, noruegos, rusos o alemanes.

sábado, 20 de abril de 2013

Seis consejeros de la Junta de Andalucía tienen más de una vivienda en propiedad



El comunista Diego Valderas posee dos viviendas en Huelva más otro inmueble urbano sin especificar.

LAEDICION.NET.- Arguyendo una abstracción como el "interés general", la Junta de Andalucía ha aprobado un decreto para "asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda" a través de la expropiación temporal de inmuebles afectados por procedimientos de desahucio. Además de lo anterior, el decreto de la Junta establece sanciones de hasta nueve mil euros para las personas jurídicas que tengan pisos vacíos y no los pongan en alquiler.
La limitación de estas sanciones exclusivamente para el caso de las empresas libera del compromiso de poner en alquiler viviendas vacías a las personas físicas, al menos por el momento. Esta feliz circunstancia permitirá a los políticos socialistas y comunistas andaluces seguir manteniendo a salvo de esta norma sus segundas, terceras, cuartas ¡y hasta quintas residencias!, que de esta forma permanecerán vacías o no dependiendo exclusivamente de la voluntad de sus muy progresistas propietarios.
Es el caso del vicepresidente de la Junta de Andalucía y de otros cinco consejeros que, según sus propias declaraciones patrimoniales en el parlamento andaluz, tienen más de una casa en propiedad a despecho de esa "función social de la vivienda" que quieren preservar con las propiedades de los demás. Según los datos aportados por los propios interesados, Diego Valderas (vicepresidente y responsable de Administración Local y Relaciones Institucionales) posee 2 viviendas en Huelva más otro inmueble urbano sin describir. Susana Díaz Pacheco (Presidencia e Igualdad) declara tener 2 viviendas en Sevilla. Carmen Martínez Aguayo (Hacienda) posee 2 viviendas, una de ellas en Madrid.  Rafael Rodríguez (Turismo) hace todavía más oídos sordos a la socialización del derecho a la vivienda con sus tres casas en Málaga, aunque de una de ellas sólo posee el 16% de la propiedad. Por su parte, María Jesús Montero Cuadrado (Salud y Bienestar Social) vulnera más aún que el anterior el "interés general" con la posesión de otras 3 viviendas y un local comercial, todos ellos en Sevilla. Sin embargo, la ofensa más flagrante a la "función social de la vivienda" la comete el consejero de Agricultura, Pesca y Medio ambiente, Luis Planas, poseedor de dos chalets adosados (en Madrid y Málaga), una casa en Córdoba y otros dos apartamentos, en Bruselas y Chefchauen (Marruecos), con lo que podríamos estar ante un claro supuesto de agresión al "derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas y sus familias", tal y como recoge el decreto de la Junta en su crítica a los poseedores de viviendas vacías.
La rapidez con que la Junta de Andalucía se ha lanzado a vulnerar el derecho de propiedad de empresas privadas contrasta con la manera en que sus dirigentes han decidido preservar la suya propia, dejando sus propiedades a salvo de esa multa de nueve mil euros con que amenazan a los empresarios privados que incumplan su mandato. Si el mantener una vivienda vacía es un comportamiento "anti-social" no amparado por la Constitución, como reza la norma dictada por los socialistas y comunistas andaluces, es difícil justificar que seis de los miembros del Consejo de Gobierno que han firmado ese decreto estén actuando "antisocialmente" con la posesión de varias viviendas para su exclusivo disfrute, a despecho del "interés general" de los ciudadanos andaluces cuyos derechos afirman querer garantizar.

Sí a los desahucios

Imagínese por un momento que usted es propietario de una vivienda. Tras largos años de duro trabajo, en los que se privó de lujos y excesos con el objetivo de ahorrar lo suficiente para afrontar religiosamente el pago de su hipoteca, decide ponerla en alquiler para obtener una renta mensual con la que completar su salario. Finalmente alquila su piso... con tal mala suerte que su inquilino pierde su empleo y deja de pagar. La cuestión es que usted no podrá expulsarlo y, por tanto, recuperar su propiedad de forma legítima, porque se trata de un "deudor de buena fe" con dificultades económicas "sobrevenidas", según los argumentos que emplean los defensores de la paralización de los desahucios y la aplicación de la dación en pago retroactiva.
Ahora imagínese que en lugar de haberse hipotecado para comprar un piso decidió ahorrar durante muchos años hasta hacerse con un depósito de 250.000 euros en una entidad financiera de dudosa solvencia. El Gobierno aprueba la paralización de todos los desahucios y la dación en pago retroactiva, causando un enorme agujero extra en los balances de bancos y cajas, en contra de los dictados de la UE. Puesto que su entidad no es muy sólida, las pérdidas hipotecarias que le causa dicha medida acaban provocando su insolvencia y posterior quiebra al estilo chipriota (aplicando quitas en los depósitos no garantizados), tras el rechazo de Bruselas a salvar nuevamente a las entidades españolas. Usted, ahorrador, acaba perdiendo 100.000 euros para que algunos hipotecados puedan seguir viviendo en sus pisos sin necesidad de pagar, o bien le entreguen la llave al banco para saldar toda su deuda.
Por último, imagínese que es un simple contribuyente, ni propietario ni ahorrador, y que el Gobierno opta por inyectar más dinero público en las entidades financieras –con un nuevo préstamo de la UE o con más deuda pública– para evitar que los depositantes pierdan su dinero –y el PP más votos–. Usted, contribuyente, y sus hijos pagarán la factura con más impuestos presentes y futuros (deuda). Ésta y no otra es la verdad de la dación en pago y la paralización de desalojos que defiende la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), con el apoyo de buena parte del arco parlamentario.
La famosa Iniciativa Legislativa Popular que está tramitando el Congreso perjudica de forma directa a la inmensa mayoría de los españoles, ya que tendría efectos desastrosos, en términos hipotecarios, financieros y económicos, sobre el conjunto del país. Lo trágico es que su contenido –la última muestra del triste qué hay de lo mío– ha cosechado el apoyo de la inmensa mayoría de la población y de la clase política, pese a que se sustenta en una retahíla de falacias y mentiras, como que los desahucios son un "drama social" o que la Ley Hipotecaria es "abusiva" e ilegal".
Por otro lado, los embargos hipotecarios no sólo no son condenables, sino que, muy al contrario, resultan imprescindibles para garantizar la propiedad privada y el estricto cumplimiento de la seguridad jurídica. No en vano el desalojo de una vivienda supone, simple y llanamente, la restitución de la propiedad a su legítimo dueño por incumplimiento de contrato. Y es que un hipotecado no es propietario pleno de su vivienda hasta que salda el crédito, ya que éste se concede sobre una garantía real, de modo que el impago supone en todo caso su ejecución (embargo). Por ello, precisamente, la dación en pago es una excepción, no la norma, en la mayoría de los países europeos, mientras que en Alemania, por ejemplo, donde la crisis se ve desde la barrera, se producen hasta 200 desahucios diarios.
La profunda irresponsabilidad y escasez de miras que ha mostrado el Gobierno del PP alineándose con la PAH, en mayor o menor grado, mediante la paralización temporal de desahucios, la creación de un fondo de alquiler social y la reforma de la Ley Hipotecaria está dando alas a los comunistas para ir mucho más allá: ahí están decretando incluso la "expropiación temporal" de inmuebles inmersos en un procedimiento de desahucio. El populismo hipotecario ya está

Rubalcaba evita pronunciarse sobre la quita en las hipotecas que pide IU en Andalucía



LAEDICION.NET.-.El líder del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha evitado pronunciarse esta mañana sobre la quita en las hipotecas que ha propuesto la consejera andaluza de Vivienda, Elena Cortés (IU). Según ha asegurado en una entrevista en Telecinco, aún no ha tenido tiempo para examinar esta iniciativa en profundidad.

Respecto a su continuidad en la secretaria general del PSOE, Rubalcaba ha afirmado que él se siete “con ganas y con fuerzas” todas las mañanas, pero ha matizado que solo se presentará a las primarias si su partido considera que es “útil”.

“Tenemos que cambiar muchas cosas en el partido y tengo que acabar ese proyecto, luego ya veré”, ha apuntado Rubalcaba en El Programa de Ana Rosa, para añadir que el “problema de los españoles no es saber quién es el candidato, sino que no tienen empleo, que la economía cada vez va peor…”.

Ley Antidesahucios: si el banco logra plusvalías de un piso embargado, tendrá que repartirlas con el cliente





  • El juez podrá paralizar ejecuciones si detecta cláusulas abusivas.
  • El notario podrá advertir a las partes de estas cláusulas.
  • Limitación del interés de demora a tres veces el interés legal.
  • Las costas del procedimiento de ejecución se limitan, como máximo, al 5% del total reclamado.
  • El sistema de quitas se aplicará retroactivamente.
  • Pero el Gobierno no aprueba la dación en pago general y retroactiva.
  • Los impulsores de la ILP para la dación en pago retiran su propuesta: "El texto del PP supone el rechazo frontal a esta proposición".
La Comisión de Economía del Congreso ha aprobado este jueves el proyecto de ley de Protección de los deudores hipotecarios, de reestructuración de las deudas hipotecarias y de alquiler social, sólo con los votos del PP y el rechazo del resto de la oposición.

En síntesis, las principales medidas que plantea esta ley -según recogía Europa Press- son, por un lado, que el juez podrá paralizar ejecuciones si detecta cláusulas abusivas.
  
Además, el notario podrá advertir a las partes de estas cláusulas (se supone que antes de que los que piden el préstamos las firmen). Se establece también una limitación del interés de demora a tres veces el interés legal.

Por otra parte, las costas del procedimiento de ejecución se limitan, como máximo, al 5% del total reclamado.

Y, además, se aprueba un sistema de quitas que se aplicará retroactivamente. Es decir, una reducción del 35% si se paga la deuda en 5 años y del 20% en 10 años, que se aplica retroactivamente a las adjudicaciones de vivienda habitual hipotecadas anteriores a la eventual entrada en vigor de la ley.

Servimedia recogía otras medidas que implanta la ley, como que se prevé una regla de imputación de pagos: si tras la ejecución hipotecaria esta resultase insuficiente para saldar la deuda, la cantidad de la adjudicación del bien se imputará por mandato legal en este orden: intereses remuneratorios, principal, intereses moratorios y costas.

Si el banco vende la vivienda con plusvalías en un plazo de 10 años desde la adjudicación, la mitad de la misma se destinará a reducir la deuda pendiente. Respecto a las subastas, el Gobierno ha establecido que la vivienda no pueda vender por menos del 75% del valor de tasación, y que en el caso de que ésta quedara desierta, el valor de adjudicación al banco no será inferior al 70% del de la subasta. De esta manera, el banco no se podrá hacer con la vivienda por menos del 52,5% del valor de tasación.

Como se sabe, desde el Gobierno se ha descartado la dación en pago general y retroactiva. “La dación en pago con carácter general podría dañar sin remedio la garantía hipotecaria e impedir el acceso al crédito a miles de familias”, advirtió Rajoy.

Según la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) -que ha retirado simbólicamente la Iniciativa Legislativa Popular porque el Gobierno no le ha hecho ni caso- "este proyecto no recoge ninguna de las propuestas" y, en su lugar, "se propone un sistema de quitas moderadas a la deuda al que no se podrá acoger prácticamente ningún deudor, una paralización de los desahucios de viviendas habituales que deja fuera a la inmensa mayoría de las personas afectadas y ninguna medida significativa de impulso del alquiler social", señala la PAH.

Andrés Velázquez

miércoles, 17 de abril de 2013

El PP quiere unir los textos de la Ley Antidesahucios y la ILP



El Partido Popular ha tomado la decisión de reunir los textos del proyecto de ley Antidesahucios y de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) en uno único, antes de llevar a debate los cambios en materia de desahucio, una medida que ha sido criticada por el PSOE.

LAEDICION.NET.-Según el Partido Socialista, temen que, con esta medida, “el PP haya desdibujado absolutamente la ILP” puesto que, tal y como ha denunciado la diputada Leire Iglesias, “su admisión a trámite era un postureo, una impostura, una farsa”.

Por ello, el PSOE defiende la necesidad de mantener ambos textos por separado, así como la nueva comparecencia de los defensores de la ILP, para que puedan promover las medidas que apoyan, entre ellas, la dación en pago con carácter retroactivo, medida que rechaza el Partido Popular.

jueves, 11 de abril de 2013

el fondo social de vivienda para desahuciados recibe 430 solicitudes



el fondo social de vivienda (fsv) de alquiler destinado a familias desahuciadas, que entró en vigor en enero, ha recibido 430 solicitudes para acceder a las cerca de 6.000 disponibles. miguel temboury, subsecretario del ministerio de economía, ha señalado que si con los requisitos actuales no se alcanza el número necesarios de solicitudes, se flexibilizarían los mismos, para que las viviendas puedan ser atribuidas a personas de “características parecidas"
los arrendatarios serán personas desalojadas de su vivienda habitual por impago de la hipoteca a partir del 1 de enero de 2008, con unos ingresos por unidad familiar inferiores a tres veces el iprem (1.597,53 euros mensuales) y que cumplan los requisitos de vulnerabilidad especial fijados en el decreto por el que se paralizaron los desahucios durante dos años
el precio del alquiler oscilará entre 150 y 400 euros mensuales, con un máximo del 30 % de la renta total neta de la unidad familiar, y los contratos tendrán una duración de dos años, prorrogables por uno más

 

 

 

La Junta fomentará el alquiler de viviendas vacías con ayudas a propietarios y sanciones a bancos e inmobiliarias



LAEDICION.NET.-El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto Ley de Medidas para Asegurar el Cumplimiento de la Función Social de la Vivienda. La norma, que posteriormente será tramitada en el Parlamento como proyecto de ley, tiene como principal objetivo hacer aflorar en alquiler el parque residencial desocupado existente en la comunidad autónoma: entre 700.000 y un millón de inmuebles, de los que entre 350.000 y 500.000 pertenecen a personas jurídicas, fundamentalmente bancos y empresas inmobiliarias. Entre otras medidas, la nueva regulación refuerza las ayudas al alquiler, se crea un nuevo régimen sancionador y se establece la expropiación temporal del uso de las viviendas inmersas en procedimientos de desahucio hipotecario en los casos más graves de emergencia social de las familias.


Las subvenciones se detallarán en el futuro Plan Andaluz de Vivienda y Rehabilitación y estarán dirigidas a las personas físicas propietarias de inmuebles vacíos, a quienes además se incentivará con medidas fiscales y un seguro contra impagos y desperfectos. De forma complementaria, la Administración intermediará para favorecer el alquiler del parque residencial deshabitado, facilitando fórmulas de concertación de arrendamiento entre personas propietarias y demandantes. De igual modo, podrá desarrollar programas de bolsa de viviendas en alquiler para ampliar el actual parque a precios adecuados.


En cuanto al régimen disciplinario, el Decreto Ley incluye un sistema de sanciones leves, graves y muy graves para las personas jurídicas, bancos, inmobiliarias o entidades de gestión patrimonial que mantengan ocioso y no destinen al arrendamiento su ‘stock’ residencial. Se considerará infracción muy grave no dar uso de habitación a un inmueble o arrendar, transmitir o ceder su uso con destino a vivienda sin cumplir las condiciones de seguridad establecidas por ley. Para estos casos, la penalización puede alcanzar hasta los 9.000 euros. La recaudación de las multas se destinará al patrimonio público de suelo de la Junta de Andalucía y a la financiación de políticas públicas para promover el cumplimiento efectivo del derecho a la vivienda.

La norma regula la figura de la vivienda vacía y considera como tal aquella que, reuniendo todos los requisitos legales y administrativos para dar derecho de habitación, se encuentra desocupada. Quedan excluidas, por tanto, las residencias secundarias, las destinadas al recreo y las de uso turístico así reguladas.


De acuerdo con el Decreto Ley, una vivienda no está habitada cuando no cuente con contrato de suministro de agua y de electricidad o su consumo sea nulo o escaso, tomando como referencia la media habitual por vivienda y año facilitada por las compañías suministradoras. Asimismo, se tienen en cuenta otros aspectos como los datos del padrón de habitantes y de otros registros públicos de residentes u ocupantes; la recepción de correo y notificaciones en otros lugares, o la utilización habitual de éstos para realizar comunicaciones telefónicas e informáticas.


Para declarar como vacía una vivienda será necesario acreditar durante un periodo de seis meses la no habitación. En todo el proceso de declaración los interesados estarán amparados por un procedimiento garantista.


La nueva regulación establece la creación del un Registro de Viviendas Deshabitadas como instrumento básico para el control y seguimiento de este tipo de inmuebles. Además, dispone la elaboración de un plan de inspección que, con una vigencia de dos años, fijará los criterios para priorizar la actuación de la Administración en este ámbito.


Expropiación temporal del uso
El Decreto-Ley incorpora una disposición adicional que posibilitará a la Administración autonómica expropiar temporalmente, durante un periodo máximo de tres años, del uso de los inmuebles inmersos en procedimientos de desahucio. Con ello se pretende garantizar el derecho a la vivienda de aquellas personas en especiales circunstancias de emergencia social que se ven afectadas por estos procesos de ejecución hipotecaria, dando así una respuesta inmediata al drama social de los desahucios, que en Andalucía suman casi 86.000 desde 2007.


El procedimiento de expropiación temporal será de aplicación a los inmuebles en procedimientos de desalojo instados por entidades financieras y sus filiales inmobiliarias o entidades de gestión de activos.

Entre los requisitos que se fijan para aplicar esta medida excepcional, destacan que el afectado tenga en la vivienda objeto del procedimiento hipotecario la residencia habitual y permanente; que la finalidad del préstamo sea el pago de la casa; que el desalojo pueda generar una situación de exclusión social, acreditada por los servicios sociales de los ayuntamientos, y que las condiciones económicas de las personas hayan sufrido un importante menoscabo y una situación de endeudamiento sobrevenido respecto a las condiciones y circunstancias en las que se concedió el préstamo.


El deterioro de las condiciones económicas familiares tomará como referencia que el esfuerzo para atender la hipoteca se haya multiplicado al menos por 1,5 y suponga más de un tercio de los ingresos familiares. Las personas que se beneficien de esta iniciativa no podrán superar tres veces el Iprem (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples).

viernes, 5 de abril de 2013

La Junta anima a las familias a exigir que se paralicen los desahucios


La Junta anima a las familias a exigir que se paralicen los desahucios

LAEDICION.NET.-La consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés (IU), ha exigido al Gobierno central que "se paralicen todos los desahucios de forma inmediata" y que se restituyan los derechos "vulnerados" por estos desalojos "con carácter retroactivo", algo que cree que las familias pueden y deben también exigirlo, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) haya dictaminado este jueves que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.
   En declaraciones a los periodistas, la consejera ha resaltado la importancia de esta sentencia y ha recordado que en España "se han registrado 400.000 desahucios ilegales y 80.000 en Andalucía desde 2007".
   Por ello, considera que la sentencia del tribunal europeo dice que la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Hipotecaria "no responden ni dan protección a los ciudadanos frente a las cláusulas abusivas, no ha habido tutela judicial efectiva de lo que es un derecho humano que tienen las personas".
   Por ello, tras apuntar la existencia de una "responsabilidad política de todos los gobiernos que se levaron las manos y miraron para otro lado cuando se produjeron en este país tantos desahucios", Cortés considera que el Gobierno "está obligado a aprobar la iniciativa legislativa popular sobre la dación en pago con carácter retroactivo, a cambiar la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Hipotecaria, a trasponer la directiva comunitaria para proteger a consumidores de productos financieros, hipotecas o preferentes que han desprotegido a los consumidores".
   Asimismo, Cortés considera que "tanto la Junta como las propias familias estamos obligados a exigir al Gobierno la paralización inmediata de todos los desahucios", algo que, junto al alquiler social "debe ser el punto de partida para el Gobierno central, que está obligado a restituir el derecho humano de la familia a una vivienda, porque aquí se ha ejercido una violencia sobre las familias que han perdido sus viviendas desde 2007 hasta hoy".
   Cortés, que ha recordado que ha habido varios partidos políticos, entre ellos IU, que han venido planteando iniciativas en el Congreso "pero los partidos mayoritarios han votado en contra de hacer efectivo el derecho humano a la vivienda y de proteger a los trabajadores y las familias, pese a esa violencia que se ha venido ejerciendo desde 2004 pero de forma masiva desde 2007, cuando se intensificó la estafa económica que ha provocado los desahucios".
   Para la consejera, "se ha producido una vulneración de un derecho que ha provocado algo tan gordo como que se despoje a las familias de sus viviendas y además el tribunal dice que la ley es ilegal, por lo que esta restitución de derechos tiene que tener carácter retroactivo".
OBLIGACIÓN "POLÍTICA Y JURÍDICA"
   "Debe existir una restitución política y jurídica de la violencia ejercida sobre las familias", ha aseverado la consejera, quien considera que esas familias "podrán hacer valer esa sentencia del Tribunal de Estrasburgo y están obligadas a exigir al Gobierno que paralice de forma inmediata todos los desahucios, como hemos hecho en Andalucía con el parque público de viviendas".
   Considera que el Gobierno "está obligado jurídica y políticamente a arbitrar la dacion en pago con carácter retroactivo", en insiste en que "cualquier ciudadano desahuciado en los últimos años puede reclamar la restitución de sus derechos con esta sentencia del tribunal europeo, en cuando a todos los desahucios que se hayan producido a partir del 1 de enero de 1995, porque la directiva comunitaria era de obligado cumplimiento y debía estar traspuesta a la normativa estatal el 31 de diciembre de 1994".
   Hay sentencias clarísimas del tribunal sobre las directivas comunitarias que obligan a los estados miembros a trasponer las directivas". Cortes anima a las familias a que "acudan a las oficinas en defensa de la vivienda, donde vamos a seguir defendiendo derechos y ahora con un arma que potencia mucho más esas oficinas, que es esa sentencia del Tribunal e Estrasburgo".
   Asimismo, Cortés ha recordado que la Junta, en el marco de sus competencias, está elaborando una ley de protección a los consumidores de productos financieros, donde "se exprimirán las competencias del Gobierno andaluz".
   "Para IU es innegociable la defensa de las familias que están en proceso de desahucio y es innegociable la defensa de ciudadanos frente a leyes que implican abusos y eliminar derechos humanos", ha aseverado.

 

jueves, 4 de abril de 2013

El Gobierno modificará la ley: solo habrá desahucios después de tres impagos


El Gobierno modificará la ley: solo habrá desahucios después de tres impagos

El Gobierno tiene previsto cambiar la Ley Hipotecaria con el fin de que solo se produzcan desahucios en el caso de que se hayan producido tres impagos de la hipoteca, en lugar de un solo impago como se exige hasta ahora, según ha anunciado este viernes la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría. ¿Se paralizarán los desahucios? El abogado Miquel Samper respondió en directo a los usuarios.
Santamaría ha anunciado estas medidas que se introducirán vía enmienda al nuevo Decreto Ley después de conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha determinado que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.
El Ejecutivo tiene intención de determinar como abusivas algunas cláusulas y eliminarlas del ordenamiento jurídico. En concreto, pretende limitar los intereses de demora y se llevarán a cabo las ejecuciones hipotecarias si ha habido tres impagos. La Ley en la actualidad contempla que la entidad bancaria puede iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria a partir del primer impago.
"Se va a introducir una enmienda en el nuevo decreto de ley de manera que se reduzcan los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero. No se podrá pactar un interés de demora por encima de ese interés", ha precisado De Santamaría.
Además, ha añadido que serán "necesarios" tres impagos para proceder a una ejecución hipotecaria, algo que no contemplaba la sentencia, pero que el Gobierno quiere introducir en la normativa.

miércoles, 3 de abril de 2013

Afectados por desahucios entregan 25 peticiones de paralización a los jueces


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Almería se suma a las protestas llevadas a cabo en todas las capitales del país tras la sentencia del tribunal europeo que declara ilegales algunas cláusulas de la Ley Hipotecaria Después de la sentencia del Tribunal Europea de la Unión Europea relativa a algunos aspectos contenidos en la Ley Hipotecaria española, los afectados por los desahucios, han iniciado una campaña que apenas ha dado sus primeros plazos. Ayer en Almería se presentaron 25 reclamaciones de paralización de otras tantas ejecuciones que afectaban a sendas familias en la provincia. Los abogados que ayudan a estos afectados rellenaban las peticiones en las mismas escaleras de la Ciudad de la Justicia de Carretera de Ronda poco después de las 11:00 horas de ayer. A su alrededor, sus familias, especialmente sus hijos exhibían piruletas con la señal de Stop Desahucios, camisetas, una pancarta en la que se leía Nuestros derechos valen más que sus privilegios y sobre todo la sensación de que ahora cuentan con un respaldo jurídico que antes no tenían.

Lo cierto es que se sienten reivindicados después de la sentencia que emanó del tribunal con sede en Luxemburgo. A casi 2.000 kilómetros de distancia, otra sede judicial en la capital almeriense se producían las primeras reacciones a una pequeña esperanza para miles de dramas en la provincia, unos 11.000 desde el año 2007 y una media de crecimiento de 5 o 7 todos los días.

José del Águila, portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en la provincia, reconoció que se han sumado a la campaña emprendida en todo el país después del varapalo del Tribunal Europeo para que se paralicen todos los procedimientos de ejecución, algo que parece que se ha logrado ya que "hemos conocido que se acaba de parar una nueva sentencia de desahucio hasta 2014, por lo que hemos empezado muy bien la campaña".

Según Del Águila "estos de hoy han sido las primeras reclamaciones de paralización que se van a presentar, aunque de manera individualizada, a lo largo de los próximos días y de una manera constante ante los órganos judiciales. No vamos a parar, porque queremos que sea una cosa continuada en el tiempo, hasta que se consigan anular algunos de los artículos de la Ley Hipotecaria que, según la sentencia son claramente ilegales".

Para ello han puesto a disposición de todos los afectados, un modelo de reclamación que deberá presentarse "siempre de manera individual" en la página web de la asociación, en la dirección afectadosporlahipoteca.com donde han notado "un aumento más que notable de las peticiones de información durante os últimos días".

 

domingo, 31 de marzo de 2013

Las acusaciones proetarras son una 'cortina de humo' para no modificar la ley hipotecaria




‘El único caso de violencia es lo que hacen las entidades financieras’

La portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), Ada Colau, no descarta tomar acciones legales contra la delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, por haberla acusado de apoyar a grupos proetarras, y contra otras acusaciones de dirigentes del PP.

‘Es realmente inmoral, y no descartamos acciones legales por la difamación y el clima de confusión y tensión’, ha deplorado Colau. Según ha dicho, estas palabras han provocado que usuarios de las redes sociales la hayan ‘amenazando de muerte’ durante los últimos dos días.

Ha defendido de forma contundente que la PAH es una plataforma ‘apartidista, independiente y plural’, y ha atribuido las afirmaciones de Cifuentes y de otros responsables del PP a la voluntad de desviar la atención con mentiras e infamias.

La activista ha manifestado que se trata de una ‘cortina de humo’ para no modificar la ley hipotecaria pese a la sentencia europea que la ha declarado ilegal, porque el gobierno está presionado por las entidades financieras para no cambiar la norma, según ella.

Así, ha defendido la PAH al asegurar que es un movimiento ‘ejemplar y pacífico’, por lo que considera que, relacionándola con el terrorismo, Cifuentes insulta a la Plataforma, a la ciudadanía y, además, a las víctimas del terrorismo.

Colau ha rechazado también las acusaciones de que los integrantes de la PAH utilizan la violencia y la coacción en sus acciones, y ha agregado que realizan un ejercicio democrático: ‘El único caso de violencia es lo que hacen las entidades financieras’.

‘Estamos esperando que el gobierno condene con contundencia el acoso y la violencia de las entidades financieras contra la población’, ha exigido la portavoz, quien ha agregado que la PAH sólo se ocupa de defender el derecho a la vivienda.

 

sábado, 30 de marzo de 2013

los bancos tendrán que esperar seis meses para iniciar el desahucio de los inquilinos del fondo social de viviendas


los bancos tendrán que esperar seis meses para iniciar el desahucio de los inquilinos del fondo social de viviendas



Los deudores hipotecarios que accedan a los pisos del fondo social de vivienda (fsv) y que no paguen el alquiler tendrán más tiempo que el resto de ciudadanos para evitar el desahucio. el gobierno ha establecido una disposición por la que la banca, propietaria de estos inmuebles, no podrá emprender medidas de desahucio contra los inquilinos morosos hasta seis meses después de que se produzca el impago. desde la asociación española de banca (aeb) explican que esta excepción en los plazos se hace en virtud de la “situación de especial necesidad” de estos inquilinos
a falta de dos semanas para que el fondo social de vivienda (fsv) destinado a los afectados por un embargo hipotecario se ponga en marcha, el gobierno ha optado por fortalecer la protección de los futuros inquilinos de estos pisos. tal y como consta en las normas para el fondo social de vivienda en el boletín oficial del estado (boe
el gobierno ha establecido una disposición adicional por la que los bancos (dueños de estas viviendas) sólo podrán iniciar el proceso de desahucio de estos inquilinos seis meses después de que se haya producido el impago del alquiler. “a los seis meses de producido el impago de la renta sin que este se haya regularizado en su integridad, el arrendador podrá iniciar el desahucio del arrendatario”, recoge el boe
fuentes de la aeb consultadas por idealista news destacan que esta “excepción” en los plazos se hace en virtud de la “situación de especial necesidad” de estos inquilinos, que han sido desalojados de sus vivienda habitual por la falta de medios económicos para atender el pago de su hipoteca
así, las entidades no podrán recurrir al denominado ‘desahucio exprés’ que nació en 2009, y que pretendía acortar los plazos en el que el casero podía recuperar su vivienda si el inquilino dejaba de pagar. además, desde hace dos años la ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesa
permite aplicar a este tipo de conflictos el sistema de juicio monitorio, reduciendo a 10 días el tiempo que se otorga al inquilino moroso para pagar, abandonar la vivienda o presentar las alegaciones por las que se opone al pago. pasado ese plazo, si el inquilino no se decanta por una de estas tres opciones, el secretario judicial es quien fija una fecha para el desalojo del deudor y la recuperación del piso por parte del propietario
excepciones a la lau
la disposición fijada por el ejecutivo determina también que los alquileres de los pisos que están dentro del fsv se considerarán contratos de arrendamiento de viviendas y estarán sujetos a la ley de arrendamientos urbanos (lau) excepto en lo previsto en los artículos 9 y 18, que son los que se refieren al plazo mínimo de duración del contrato y a la actualización de la renta
en este sentido, este régimen especial de aplicación de la lau para los alquileres de viviendas del fondo determina que la duración de estos contratos de arrendamiento será de dos años, prorrogables por otro año. asimismo, si transcurrido el plazo de duración del contrato el inquilino no abandona la vivienda, el banco podrá iniciar el proceso de desahucio
en total, la banca ha cedido cerca de 6.000 inmuebles para alquilarlos a personas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual por no pagar la hipoteca, tal y como establece el real decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembrelos posibles beneficiarios tendrán que encontrarse en situación de "especial vulnerabilidad" para poder acceder a estas viviendas cuyos alquileres oscilan entre los 150 y los 400 euros

viernes, 29 de marzo de 2013

El fin de los desahucios tendrá que esperar: los diez puntos negros de la sentencia europea


El fin de los desahucios tendrá que esperar: los diez puntos negros de la sentencia europea

LAEDICION.NET.-.El fin de los deshaucios que algunos se prometían con la histórica sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitida el pasado jueves tendrá que esperar. Aunque los magistrados europeos llaman a revisar la normativa y estudiar con más profundidad cada caso para detectar posibles abusos, aún quedan puntos negros por esclarecer. Al menos, una decena.

Aunque sí es cierto que de ahora en adelante cualquier juez podría paralizar una ejecución hipotecaria hasta comprobar si el contrato contiene alguna cláusula abusiva, lo cierto es que los deshaucios no quedan automáticamente paralizados, como ya advertía poco después de darse a conocer la sentencia la patronal de la banca hipotecaria. Mientras tanto, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), con su portavoz Ada Colau a la cabeza, sí reclama la completa paralización de estos procesos.

Algo que sin embargo, según los expertos de HelpMyCash.com, no será posible de momento y recomiendan no “lanzar las campanas al vuelo” todavía. Y es que, la sentencia no es universal, los cambios en la normativa española podrían demorarse y quedan muchos puntos en el aire a los que ni los jueces de Bruselas han dado una respuesta clara.

Precisamente la posible demora es uno de los puntos flacos de la sentencia. Al no imponerse plazos, aunque el presidente de Gobierno, Mariano Rajoy, y el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se han apresurado a anunciar cambios en la Ley Hipotecaria, todavía hay que esperar. Si bien, el primer escollo es que porque se haya dictado esta sentencia, no podrán beneficiarse de ella todos los afectados por desahucios. Es más, y éste es el tercer punto débil, la paralización del desahucio solo se podrá contemplar “en los casos de contratos con cláusulas abusivas y no en los contratos que se consideren en regla”, recuerdan desde HelpMyCash.com.

En este sentido, la sentencia no explica qué puede considerarse como abusivo. Habrá que solicitar los servicios de un abogado ante un juez y plantearse si los costes del proceso valdrían la pena. Quinto punto negro: aunque se dictaminara que el contrato es ilegal, la decisión siempre dependerá del criterio final del juez que además -sexto- no podrá contemplar la sentencia del TJUE para casos ya resueltos porque no tiene carácter retroactivo.

Sobre la por muchos deseada dación e pago, ni una palabra en la sentencia. Y tampoco la paralización del proyecto, y van ocho puntos flacos, exime a los hipotecados de pagar sus deudas ni disminuye la cuantía adeudada. A no ser que la tasa de intereses se declarase abusiva. En otras palabras, nada garantiza que el afectado pueda perder su casa si no puede hacer frente a las deudas pendientes.

Y, punto décimo, termina el comunicado de estos asesores financieros, “a pesar de que es previsible que los jueces españoles decidan paralizar procesos de desahucio a la espera de declarar abusivas algunas cláusulas del contrato, la sentencia tendrá un impacto limitado para el grueso de los procesos de desahucios en marcha”.

Se abren razones para mantener la esperanza, dice la nota que acompaña este peculiar decálogo, pero la euforia tendrá que esperar. Este mismo sábado, los abogados de la PAH se reúnen para analizar las “inmediatas estrategias jurídicas posibles ante el fallo del TJUE”, tal y como ha informado la asociación.

martes, 26 de marzo de 2013

¿Se van a paralizar todos los desahucios tras la resolución de la justicia europea?


¿Se van a paralizar todos los desahucios tras la resolución de la justicia europea?

La sentencia permite a los jueces parar desahucios abusivos

LAEDICION.NET.-El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado este 14 de marzo de 2013 en contra de la legislación de desahucios española, con el argumento de que no garantiza la protección del consumidor frente a los bancos en el caso concreto de las clausulas abusivas.
Ahora, se plantean varios interrogantes:
  • ¿Cuántas personas personas podrán beneficiarse?
  • ¿A partir de cuándo?
El tribunal europeo ha sido tajante en su crítica a la legislación española de desahucios, que no permite paralizar un proceso de lanzamiento alegando abuso por parte de la entidad, sino que insta a resolver la cuestión en otro juicio posterior.
Como consecuencia, en la mayoría de los casos ya se ha procedido a la ejecución de la hipoteca y el afectado ha perdido su casa.
Desde ya y para todos
Esto cambiará con la sentencia del TJUE, aunque falta saber en qué medida. La asociación de usuarios de bancos, cajas y seguros Adicae ha reclamado la paralización "inmediata y de oficio" de todos los procedimientos de ejecución hipotecaria sobre préstamos con cláusulas suelo.
Desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PHA) y la asociación de consumidores FACUA, entre otras, van más allá y exigen que suspendan todos los procesos de desahucio.
¿Pero es esto posible? Según explica el decano del Colegio de Abogados de Terrasa y vicepresidente del Consejo General de la Abogacía Española, Miquel Sàmper, sí.
En un principio se podrán acoger todos los afectados por un proceso de ejecución hipotecaria. Es decir, con cualquier tipo de contrato hipotecario y para "cualquier proceso que esté ahora en marcha".
"Entiendo que la aplicación es para todos".
¿Y cómo? A través de los abogados. Los letrados pueden solicitar la paralización del proceso en base al fallo del TJUE, solo con añadir la anotación en su causa de oposición alegando la existencia de clausulas abusivas.
Esto se realizará durante el mismo proceso de ejecución, no en uno posterior. Después será cometido del magistrado analizar si se cumple en todos los casos recurridos y tomar la resolución pertinente.
"Tengo el derecho a defenderme, luego es el juez que decide", señala el decano de Terrassa.
¿Y cuándo? A la espera de que el Ejecutivo anuncie la forma en la que aplicará los cambios y el plazo para implementarlos, los abogados pueden comenzar a incluir desde ya el escrito de petición, basado en la jurisprudencia emitida hoy por el tribunal europeo.
"Nos amparamos en las leyes y en la interpretación clara de los jueces, y la jurisprudencia dictada por el Tribunal Europeo es clara".
Legislación obsoleta
En un país donde las cifras de lanzamientos se cuentan por decenas de miles, la decisión del TJUE va muy ligado a la demanda social.
Por este motivo, Sàmper no cree que el Gobierno vaya a tomar medidas que vayan en defensa de la normativa española y, por lo tanto, en contra del contenido de la sentencia.
La sentencia no deja lugar a dudas, según el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE):
"Nuestra legislación es obsoleta, hay que cambiarla".
La predisposición del Gobierno a adaptar la normativa vigente a la exigencia europea, manifestada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, y el propio Mariano Rajoy, apunta a que se verán modificaciones.
Ante la pregunta de si la resolución del TJEU es de obligado cumplimiento, el vicepresidente de la Abogacía española responde que "sí se puede apelar, pero las palabras de Gallardón indican a que recogerá el guante". Y añade:
"Desde la Abogacía española solo pedimos que los cambios sean rápidos".
Según el jefe de estudios de Idealista:
"Es una buena noticia para el consumidor y para el mejor funcionamiento del mercado hipotecario y ayudará a un mejor tratamiento de algunos puntos de las hipotecas como los intereses de demora".
Eso sí, es probable que el impacto sobre el mercado inmobiliario sea reducido.
"La onda expansiva de esta norma sobre el precio o la concesión de las hipotecas será reducido".


jueves, 14 de marzo de 2013

Los ‘Afectados por la Hipoteca’ piden que se anulen todos los desahucios de los últimos 20 años


La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) ha celebrado hoy la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha declarado ilegal la ley española de desahucios, y ha reclamado que se anulen todas los lanzamientos ejecutados desde 1993, año en que se aprobó la norma.

“Son 20 años de incumplimiento”, ha aseverado Martí Batllori, uno de los abogados del colectivo, que ha reclamado a Mariano Rajoy una legislación “radical” y contundente para acabar con los desahucios. “Los jueces tienen que aplicar la sentencia de la Unión Europea porque está por encima de la normativa española, y cualquier reforma del Gobierno que no respete los términos de Luxemburgo no servirá” para nada.

Tras criticar que haya tenido “que venir Europa a decir que la ley española está mal”, el letrado ha aseverado que todo esto ha ocurrido porque “España es un paraíso jurídico para las entidades financieras. España es España, y aquí los bancos tienen poder, son un lobby y cuentan con el servilismo de los grupos parlamentarios”, ha aseverado.

Por su parte, otro de los abogados, Rafael Mayoral, ha defendido que la “retroactividad” que exige la PAH ahora es “completamente razonable” porque la sentencia europea dictamina que “se ha producido una violación de los derechos fundamentales”.

El planteamiento de Luxemburgo dice que “no hay mecanismos de defensa para los ciudadanos en la ejecución hipotecaria”, una sentencia que es contraria a lo que ha venido defendiendo el Tribunal Constitucional hasta ahora sobre los desahucios, que “avalaba diciendo que no violaba los derechos de las personas”.

Por ello, si el Gobierno no toma una decisión contundente, ha dicho Mayoral, la PAH acudirá a los tribunales para “hacer valer los derechos de la ciudadanía”. “Este fin de semana los abogados nos reuniremos para estudiar las consecuencias de la sentencia y las posibles acciones legales a tomar” si no se frenan los desahucios.

En la rueda de prensa que la PAH ha ofrecido frente al Congreso de los Diputados para valorar la resolución de Luxemburgo, la portavoz de la plataforma, Ada Colau, ha señalado que la sentencia europea es un “espaldarazo a las denuncias que venimos haciendo desde hace cuatro años, en los que se han producido más de 400.000 desahucios.

“Hace falta cambiar la ley, que sea justa y no vulnere los derechos fundamentales. Por suerte, todo el trabajo está hecho en la Iniciativa Legislativa Popular (ILP)” que la plataforma presentó en la Cámara baja con el aval de casi millón y medio de firmas, ha dicho Colau. “El Gobierno debe rectificar, acabar de una vez con la inseguridad jurídica de las personas afectadas. No tiene otra opción que cambiar la ley e incluir los mínimos irrenunciables planteados por la plataforma: dación en pago retroactiva, una moratoria en los desahucios y la creación de un alquiler social”.

Asimismo, Colau ha aseverado que con la sentencia europea se pararán “miles de desahucios” y ha instado a Rajoy y al grupo parlamentario del PP a aceptar y aprobar la ILP “de forma inmediata”

La justicia europea considera abusiva la ley española de desahucios (sentencia)


el tribunal de justicia europeo ha declarado que la ley española que regula los embargos hipotecarios vulnera las normas europeas de protección de los consumidores. según la sentencia, la ley española no protege al consumidor contra algunas cláusulas abusivas de la hipoteca, al permitir que el embargado pierda la casa antes de que pueda reclamar daños y perjuicios por las cláusulas abusivas. el fallo del tribunal abre el camino para la suspensión cautelar de algunos -no todos- procesos de ejecución hipotecaria. consulta la sentencia completa contra los desahucios en españa
la sentencia responde a una consulta efectuada por un juzgado mercantil de Barcelona ante la demanda presentada en enero de 2011 por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que fue expulsado de su vivienda. el ciudadano reclamaba que se anulase una de las cláusulas del préstamo hipotecario y el procedimiento de ejecución
mucho ruido y pocas nueces
aunque la declaración ha tenido una gran repercusión mediática, hay que acotar que tiene una aplicación limitada. el tribunal europeo viene a decir que un juez debe poder pausar un desahucio si en paralelo hay una reclamación del hipotecado por una clausula abusiva en otro procedimiento. esta pausa tendrá por objetivo esperar a resolución primero sobre esa reclamación del hipotecado para que pueda defenderse de una forma óptima
hasta ahora, el proceso de ejecución no podía pararse por este motivo y además, era irreversible, por lo que cuando el afectado tenía una sentencia favorable por el tema de la clausula abusiva después de haber perdido la casa, ya no podía recuperar la casa y sólo tenía acceso a una indemnización. el tribunal señala que esto no tiene sentido y que hay que poder paralizar el desahucio hasta conocerse si realmente la claúsula o el préstamo es abusivo, porque después ya no tiene remedio. una vez conocida la sentencia sobre la claúsula abusiva, ya se procedería según fuera necesario y en consecuencia
es decir, que la declaración de europa tiene una aplicación limitada y concreta, lejana a la de suspender de forma general los desahucios, muchos de los cuales seguirán de forma normal su camino
la abogada general del tribunal de justicia de la unión europea (ue), Juliane Kokott, consideró que la normativa española no es compatible con la europea en unas conclusiones publicadas en noviembre pasado, una opinión que no es vinculante de cara a la sentencia pero que habitualmente adelanta el sentido de la misma
las reacciones ante la sentencia
tras esta sentencia, el ministro de justicia, alberto ruiz-gallardón, ha señalado que se incluirán en la reforma de la legislación hipotecaria las modificaciones que sean "consecuencia necesaria" de la sentencia del tribunal de justicia de la ue
"Todos los aspectos que ese Tribunal haya declarado contrarios a la legislación europea serán corregidos", ha asegurado. Y lo serán, según explicó el ministro, aprovechando la reforma hipotecaria que se está tramitando en el Congreso de los Diputados, que ahora está ahora en fase de enmiendas
por su parte, el colegio de registradores de españa solicita que se rescate la figura del funcionario independiente para que medie entre el banco y el cliente para evitar las cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios. aseguran que este control fue eliminado en la reforma de la ley hipotecaria de 2007 y que "el resultado ha sido el indiscriminado acceso al registro de todo tipo de cláusulas abusivas"
"el anteproyecto de ley de reforma integral de los registros incluye expresamente el rescate de tal control independiente y preventivo que ahorraría gran parte de los problemas y abusos que tanta alarma social han creado", añade el colegio de registradores
fernando encinar, jefe de estudios de idealista.com, aclara que "se trata de una sentencia que permitirá a los jueces pausar algunos procesos. sólo será aplicable en los casos en los que el hipotecado estime que ha sido víctima de una cláusula abusiva a la hora de contratar el préstamo sobre su vivienda, y sólo tendrá efecto hasta que se resuelva ese punto. es por tanto una buena noticia para el consumidor y para el mejor funcionamiento del mercado hipotecario, pero que tendrá un impacto limitado para el grueso de los procesos de desahucios en marcha. por este motivo, en idealista.com creemos que la onda expansiva de esta norma sobre el precio o la concesión de las hipotecas será reducido, aunque ayudará a un mejor tratamiento de algunos puntos de las hipotecas como los intereses de demora”

los bancos tendrán que esperar seis meses para iniciar el desahucio de los inquilinos del fondo social de viviendas


los deudores hipotecarios que accedan a los pisos del fondo social de vivienda (fsv) y que no paguen el alquiler tendrán más tiempo que el resto de ciudadanos para evitar el desahucio. el gobierno ha establecido una disposición por la que la banca, propietaria de estos inmuebles, no podrá emprender medidas de desahucio contra los inquilinos morosos hasta seis meses después de que se produzca el impago. desde la asociación española de banca (aeb) explican que esta excepción en los plazos se hace en virtud de la “situación de especial necesidad” de estos inquilinos
a falta de dos semanas para que el fondo social de vivienda (fsv) destinado a los afectados por un embargo hipotecario se ponga en marcha, el gobierno ha optado por fortalecer la protección de los futuros inquilinos de estos pisos. tal y como consta en las normas para el fondo social de vivienda en el boletín oficial del estado (boe), el gobierno ha establecido una disposición adicional por la que los bancos (dueños de estas viviendas) sólo podrán iniciar el proceso de desahucio de estos inquilinos seis meses después de que se haya producido el impago del alquiler. “a los seis meses de producido el impago de la renta sin que este se haya regularizado en su integridad, el arrendador podrá iniciar el desahucio del arrendatario”, recoge el boe
fuentes de la aeb consultadas por idealista news destacan que esta “excepción” en los plazos se hace en virtud de la “situación de especial necesidad” de estos inquilinos, que han sido desalojados de sus vivienda habitual por la falta de medios económicos para atender el pago de su hipoteca
así, las entidades no podrán recurrir al denominado ‘desahucio exprés’ que nació en 2009, y que pretendía acortar los plazos en el que el casero podía recuperar su vivienda si el inquilino dejaba de pagar. además, desde hace dos años la ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal permite aplicar a este tipo de conflictos el sistema de juicio monitorio, reduciendo a 10 días el tiempo que se otorga al inquilino moroso para pagar, abandonar la vivienda o presentar las alegaciones por las que se opone al pago. pasado ese plazo, si el inquilino no se decanta por una de estas tres opciones, el secretario judicial es quien fija una fecha para el desalojo del deudor y la recuperación del piso por parte del propietario
excepciones a la lau
la disposición fijada por el ejecutivo determina también que los alquileres de los pisos que están dentro del fsv se considerarán contratos de arrendamiento de viviendas y estarán sujetos a la ley de arrendamientos urbanos (lau) excepto en lo previsto en los artículos 9 y 18, que son los que se refieren al plazo mínimo de duración del contrato y a la actualización de la renta
en este sentido, este régimen especial de aplicación de la lau para los alquileres de viviendas del fondo determina que la duración de estos contratos de arrendamiento será de dos años, prorrogables por otro año. asimismo, si transcurrido el plazo de duración del contrato el inquilino no abandona la vivienda, el banco podrá iniciar el proceso de desahucio
en total, la banca ha cedido cerca de 6.000 inmuebles para alquilarlos a personas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual por no pagar la hipoteca, tal y como establece el real decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre. los posibles beneficiarios tendrán que encontrarse en situación de "especial vulnerabilidad" para poder acceder a estas viviendas cuyos alquileres oscilan entre los 150 y los 400 euros

qué hacer si tengo problemas para pagar el alquiler

en los tiempos que estamos viviendo, inmersos en una crisis permanente, es muy común que se produzcan situaciones complicadas. una de estas situaciones puede ser tener problemas para pagar el alquiler de la vivienda por parte del inquilino por una pérdida de empleo o bajada de sueldo
ante este panorama, ¿cómo debe actuar el inquilino?
1) en primer lugar, debe ser consciente de la situación y debe conocer si esta situación de inestabilidad se prolongará en el tiempo
2) ante esto lo mejor es hablar con el arrendador del inmueble, explicarle la situación y llegar a un acuerdo para no acumular una deuda
3) si la situación por la que atraviesa el inquilino es algo temporal debe explicárselo al arrendador con el fin de llegar a un buen entendimiento para que en un plazo razonable de tiempo se recupere la normalidad en los pagos
4) si este entendimiento no es posible, lo mejor y más recomendable es abandonar la vivienda para no generar un conflicto con la otra parte, siempre dentro de los márgenes que marque la ley de arrendamientos urbanos (lau)
5) es muy importante que el inquilino trate por todos los medios de no dejar de pagar el alquiler, ya que esa situación va a desencadenar en un conflicto que ni a arrendatario ni a arrendador le conviene
6) es preferible renegociar el precio del alquiler a la baja antes que dejar de abonar las mensualidades
desde el punto de vista del casero, actualmente tiene a mano instrumentos con los que protegerse de un impago del alquiler por parte del inquilino gracias a las empresas que protegen y garantizan el cobro de la renta mensual
cualquiera puede pasar por un momento complicado debido a la crisis económica que azota nuestro país, pero para evitar futuros conflictos lo mejor es  ser claro con el arrendador y tratar de alcanzar un acuerdo, ya sea la rescisión de contrato, renegociar el contrato a la baja o el aplazar el pago dando ciertas garantías de cobro

 

el fin de las ayudas fiscales disparó la venta de viviendas

 

la venta de viviendas se disparó un 68,6% en enero con respecto al mes anterior, al venderse 39.670 casas, gracias al efecto llamada provocado por el fin de la desgravación fiscal y por el iva superreducido en la vivienda nueva hasta final de año, según el instituto nacional de estadística (ine). recordemos que al ser datos del registro recogen ventas firmadas entre dos y tres meses antes. la cifra publicada por el ine confirma el dato también positivo señalado por el ministerio de fomento
en tasa interanual, la venta de viviendas aumentó un 18,9%. el 87,8% de las viviendas transmitidas por compraventa en enero fueron libres y el 12,2% protegidas. en términos anuales, el número de viviendas libres transmitidas por compraventa aumentó un 21,4% y el de protegidas un 3,8%
el 51,0% de las viviendas transmitidas por compraventa en enero fueron nuevas y el 49,0% usadas.  el número de operaciones sobre viviendas nuevas subió un 13,5% y el de usadas se incrementó un 25,1% respecto a enero de 2012
en este sentido, fernando encinar, jefe de estudios de idealista.com, explica que “reflejan una situación excepcional provocada por el fin de las ayudas fiscales y el incremento del iva en vivienda nueva, no a indicios de recuperación del sector en españa. los propietarios que hicieron caso a los profesionales inmobiliarios y aplicaron fuertes rebajas en sus precios consiguieron cerrar las operaciones. la mala noticia para aquellos que no aceptaron los consejos es que ahora tendrán que realizar mayores descuentos si quieren deshacerse de sus inmuebles”

consejos para alquilar un piso

el alquiler está en plena ebullición y genera constantes dudas a propietarios e inquilinos. te mostramos una guía con recomendaciones para que afrontes con éxito tu entrada en el mercado del alquiler

 

consejos para el casero:
1. ¿por qué alquilar tu vivienda vacía?
tener una casa vacía es caro por los gastos fijos que genera y alquilándola puedes obtener una rentabilidad del 4%
2. claves del casero para alquilar con seguridad
el propietario puede hacer una cuidadosa selección del inquilino o pedir garantías adicionales (leer más)
3. el decálogo del propietario para encontrar al inquilino ideal
el propietario debe de publicitar la vivienda o pedir consejo profesional (leer más)
4. descubre qué precio poner a tu vivienda en alquiler
los factores que influyen son la localización, la oferta existente en la zona o las zonas verdes y deportivas que haya (leer más)
5. pasos que debe seguir el propietario para recuperar su piso alquilado en caso de impago
el propietario deberá contactar con el inquilino y después ir al juzgado (leer más)
6. si alquilo mi piso vacío: ¿cuánto tengo que pagar a hacienda?
el propietario tiene que declarar los ingresos por el alquiler pero no tiene por qué resultar caro, hay deducciones fiscales (leer más)
7. ¿quién paga las reparaciones de una vivienda alquilada?
inicialmente el casero debe pagar las reparaciones pero hay casos en que le toca al inquilino sufragar los daños (leer más)
8. cómo alquilar habitaciones de tu casa de forma legal
se trata de una práctica extendida ante las dificultades para llegar a fin de mes (leer más)

 

consejos para el inquilino:
1. alquilar una casa mediante un profesional
algunas ventajas son el asesoramiento a la hora de firmar el contrato o una mayor profesionalización en la gestión (leer más)
2. ventajas y desventajas de vivir de alquiler
puedes vivir en una casa mejor con un mismo presupuesto pero lo malo es la relación con el casero (leer más)
3. ¿qué piso de alquiler te puedes permitir en función de tus ingresos?
los expertos recomiendan que este gasto no supere el 30% de los ingresos (leer más)
4. conoce los gastos que supone alquilar una vivienda
además de la primera mensualidad del alquiler también hay que contar con la fianza o la mudanza (leer más)
5. consejos a la hora de visitar una vivienda de alquiler
acude con papel y lápiz para apuntar los diferentes detalles de cada casa (leer más)
6. el papeleo que debe realizar un inquilino para alquilar una vivienda sin sorpresas
es útil comprobar quién es el propietario del piso que se quiere alquilar o si ha depositado la fianza como exige la ley (leer más)
7. qué negociar con el casero antes de firmar el contrato de alquiler de un piso
se puede negociar el precio, el pago de los impuestos o las reparaciones y la duración del contrato (leer más)
8. ¿es posible irse de un piso de alquiler antes del fin del contrato?
si no se cumple el tiempo pactado el inquilino debe pagar una indemnización