DANIELLA MONTENEGRO.- MUCHASCASAS.NET.-
El derecho a la vivienda y el reconocimiento de ésta como bien de primera necesidad se recoge por primera vez en 1948 en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pero más de cincuenta años después la vivienda sigue siendo un problema en muchos lugares.
En España, por ejemplo, el derecho a la vivienda viene recogido en el artículo 47 de la Constitución de la siguiente manera:
“Todos los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La Comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”.
Política de vivienda en España
En España, la mayor parte de la población tiene una vivienda en propiedad (82%), frente a un 11% que opta por el alquiler y un 7% restante en otras situaciones, situándose en los puestos de cabeza de los países de la UE con mayor vivienda en propiedad y muy por encima de las principales economías europeas como Alemania, Francia, los países nórdicos o Reino Unido, que tienen unos porcentajes mucho mayores de vivienda en alquiler, debido a que sus políticas han incentivado más el mercado del alquiler tanto privado como social.
Las distintas políticas de vivienda, especialmente las tributarias, llevadas a cabo en España desde la segunda mitad del siglo XX han incentivado de forma especial la adquisición de vivienda favoreciendo a quienes contaban con una mayor capacidad económica. En este contexto la alternativa del alquiler quedó tan desprotegida que la población vio en la adquisición la única alternativa rentable.
De este modo, la alta rentabilidad que el mercado inmobiliario español llegó a alcanzar durante los años de la burbuja favoreció la adquisición de vivienda como forma de inversión dificultando, cada vez más, el acceso a la misma de los sectores más desfavorecidos de la población y dejando como una opción residual el alquiler.
Durante la última campaña electoral todos los partidos políticos hicieron mucho hincapié en la necesidad de –aparte de incentivar de nuevo la compra- potenciar el mercado de la vivienda social. La pregunta que surge entonces es evidente: ¿hasta qué punto la política de vivienda social española está desarrollada? Una buena piedra de toque sería contraponer la situación española con la de algunos de los modelos más representativos de la UE.
El caso alemán
Alemania es el único país de la UE en que predomina la vivienda en alquiler sobre la vivienda en propiedad. Precisamente en el extremo opuesto a esta situación se encuentra España, donde la preeminencia de la propiedad frente al alquiler es aplastante.
Según algunos especialistas inmobiliarios, esto puede deberse a varias circunstancias como la constante adaptación a las circunstancias del mercado de la normativa sobre el alquiler; la garantía al propietario ante una posible insolvencia del inquilino, mediante subvenciones al alquiler; el establecimiento de sistemas de financiación privilegiados; un tratamiento fiscal favorable de la inversión inmobiliaria, etc.
A todo esto hay que añadir que, a pesar de los intentos por equilibrar las dos opciones, alquiler y adquisición, en Alemania, al contrario de lo que ocurre en España, la opción de compra es menos interesante. Resulta que la opción por la adquisición se encuentra en Alemania con dos problemas fundamentales: por un lado unas restricciones urbanísticas que hacen que el precio de la vivienda sea muy elevado y, por otro, que el sector financiero exige al comprador la financiación del 25% del valor de adquisición de la vivienda.
También hay que destacar que en Alemania la vivienda social en alquiler tiene una representación débil, sólo supone el 6% del parque de viviendas.
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