lunes, 7 de diciembre de 2009

La Ley de Economía Sostenible refuerza el papel de la CNMV

El Gobierno persigue ampliar el rol supervisor, inspector y de control del organismo y situarlo al nivel del Banco de España


Muchascasas.net.-A.Rico.-El anteproyecto de Ley de Economía Sostenible aprobado por el Gobierno amplía y refuerza el papel supervisor, inspector y de control de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), y sitúa al supervisor bursátil prácticamente al mismo nivel que el Banco de España.

El anteproyecto puede sufrir modificaciones durante su periplo parlamentario, pero en conjunto concede a la CNMV las competencias de supervisión y sanción que su presidente, Julio Segura, deseaba.

En concreto, una de las principales novedades de la ley coincide con la propuesta que la CNMV remitió el pasado 15 de octubre al Ministerio de Economía sobre transparencia en la retribución de los consejeros de sociedades cotizadas. El anteproyecto incluye la obligación de poner a disposición de sus accionistas toda la información sobre las remuneraciones de directivos y ejecutivos, que deberán además ser votadas en las juntas generales de las sociedades. Además, se penalizarán fiscalmente las retribuciones variables por un importe superior a 600.000 euros.

Otra prueba del interés que ha puesto la CNMV en estrechar el control sobre las remuneraciones de ejecutivos y directivos estriba en la obligación para las entidades financieras de hacer públicas sus políticas de remuneración referidas a empleados "cuyas actividades profesionales puedan tener impacto en sus perfiles de riesgo".

También se amplían significativamente las facultades de inspección de la CNMV, que en caso necesario podrá presentarse físicamente en la entidad inspeccionada y tomar declaración a cualquier persona, acceder a todo tipo de documentos y, por tanto, exigir el embargo o congelación de activos así como la paralización de la actividad o el inicio de acciones penales.

La reforma aumenta los importes de las sanciones mínimas a las entidades financieras tanto para sanciones leves (de 60.000 a 150.000 euros), graves (de 150.000 a 500.000 euros) o muy graves (de 300.000 a un millón de euros).

Asimismo, se amplían los supuestos de infracciones muy graves para las gestoras de fondos de inversión y de planes de pensiones, que incluirá la valoración inadecuada de activos siempre que perjudique los intereses de los participes o se haga de forma reiterada.

Otro de los puntos llamativos de la reforma se refiere a la colocación de emisiones que no están obligadas a emitir folleto, pero que a partir de ahora deberán contar con una entidad autorizada para prestar servicios de inversión. Este tipo de emisiones exentas de publicar folleto afecta a aquéllas cuyo importe mínimo de inversión sea superior a 50.000 euros o esté dirigida sólo a inversores cualificados.

Las empresas de servicios de inversión deberán publicar una vez al año datos suficientes sobre su situación financiera y su solvencia que permitan a los inversores calibrar los riesgos. Serán la CNMV y el Banco de España los encargados de valorar qué datos -recursos propios, estrategias de mercado, organización interna- deben facilitar las entidades.




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