La ley ayudará al propietario a echar al inquilino moroso más rápido
REDACCIÓN.-A.RICO.-el próximo 24 de diciembre entrará en vigor en españa una reforma legal que permite 'echar' al moroso de manera más rápida de lo que venía ocurriendo y que popularmente se ha bautizado como "deshaucio express"
la medida busca impulsar el mercado del alquiler, ya que busca quitar el tradicional miedo que tienen los propietarios a alquilar sus viviendas y que el inquilino no pague y les cueste echarle de la casa. algunos estiman que aumentará el parque de viviendas en alquiler, por lo que también podría ayudar a una moderación de precios
con la nueva ley se acortan los plazos, los formalismos y los demoras y el propietario podrá tomar cartas en el asunto desde el primer impago. además, en caso de reincidencia el inquilino lo tendrá dificil si el casero quiere echarle de la casa
actualmente, en Barcelona se tarda entre cuatro y seis meses en dictar una sentencia desde que se presenta la demanda hasta que se produce el desalojo. en madrid, se eleva a siete y nueve meses y en localidades medianas puede tardar más de un año. luego está el plazo para ejecutar la sentencia. Con la reforma, se espera que podría haber desalojo hasta en dos meses, en el mejor de los casos
algunos dudan de que los juzgados puedan ser tan rápidos, pese a que la ley les ayudará simplificándole el camino. por otro lado, las asociaciones de consumidores no ven tan clara la medida y afirman que perjudica a los inquilinos. opinan que la mayoría de los inquilinos pagan de forma puntual y que en muchos casos sufren contratos abusivos que la nueva ley no trata porque en su mayoría mira por el propietario
según la ministra, Beatriz Corredor, la norma mejora la "seguridad jurídica" para los propietarios que ponen en alquiler sus viviendas "sin que se menoscaben los derechos de los inquilinos de buena fe”, tal como ha expresado la ministra de Vivienda
cómo funciona el desahucio express
- si un inquilino deja de pagar un mes, el propietario podrá instar el desalojo (antes dos meses)
- si el inquilino paga la deuda para el proceso y podrá seguir en casa, pero a la segunda vez que ocurra se tendrá que dejar la vivienda si el propietario lo solicita
- el propietario no tendrá que esperar 20 días desde la sentencia para solicitar su ejecución, sino que el juez podrá decirlo directamente en la sentencia si ésta va acompañada de petición de desalojo
- La reforma obliga al juez a dictar sentencia en seis días
- no será necesario localizar al inquilino para citarle al juicio
- acuerdos: si el propietario perdona parte o toda la deuda podrá pedir que el inquilino se marche de la vivienda en el plazo que él diga (no antes de 15 días)
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