MUCHASCASAS.NET.-El Gobierno recupera el recibo de la
electricidad bimestral basado en lecturas reales de los contadores Las
eléctricas remitirán una carta a los abonados para informar de los cambios Los
consumidores con potencias contratadas inferiores o iguales a 15 kilovatios
(kW) -fundamentalmente hogares y pequeñas y medianas empresas- volverán a
recibir, a partir del mes de abril, los recibos de la luz cada dos meses y
basados en lecturas reales.
Sin embargo, los usuarios que deseen mantener la facturación mensual, por la que una de cada dos lecturas es estimada, podrán hacerlo siempre que lo soliciten de forma expresa, según el real decreto aprobado por el Gobierno en diciembre y publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado.
Las compañías eléctricas deben remitir a los abonados una carta junto a los tres primeros recibos de la luz que emitan a partir de ahora en la que informen del nuevo modelo de facturación bimestral aprobado por el Gobierno, que no hace sino recuperar el sistema previo al de recibos mensuales a partir de estimaciones.
La norma, que eleva de 10 a 15 kilovatios (kW) la potencia de los consumidores afectados por la medida, establece que los recibos se deben emitir conforme a lecturas reales, con lo que acaba con las estimaciones de consumo, que tantas reclamaciones generaron entre los consumidores.
La facturación mensual, puesta en práctica en septiembre de 2008, hacía que uno de cada dos meses se emitiese la factura a partir de la estimación del consumo realizado el año anterior.
Este método de cálculo, implantado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero poco después de la liberalización del mercado eléctrico de baja tensión, generaba importantes distorsiones, sobre todo en casos en los que existían diferencias notables de demanda entre el mes de facturación y el de referencia. Dicha situación se daba fundamentalmente en periodos en los que se registraban grandes oscilaciones meteorológicas o en los que la vivienda estaba desocupada. Como consecuencia, las compañías eléctricas han recibido multitud de quejas en los últimos años.
La nueva norma fue aprobada por el último Consejo de Ministros del año pasado y aún debe ser convalidada por el Congreso de los Diputados, aunque ya se encuentra en vigor a raíz de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Entre otras novedades, el real decreto también establece que, si el consumidor lo requiere, el consumidor podrá seguir acogido al sistema de facturaciones mensuales de los equipos de medida, si bien las lecturas reales seguirán haciéndose cada dos meses.
El real decreto también introduce la posibilidad de que los consumidores puedan aportar la lectura de su contador en el caso de que sea imposible la toma de datos por parte del distribuidor. Esta posibilidad de lectura del propio contador ya existe en otros suministros como el gas o el agua.
Sin embargo, los usuarios que deseen mantener la facturación mensual, por la que una de cada dos lecturas es estimada, podrán hacerlo siempre que lo soliciten de forma expresa, según el real decreto aprobado por el Gobierno en diciembre y publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado.
Las compañías eléctricas deben remitir a los abonados una carta junto a los tres primeros recibos de la luz que emitan a partir de ahora en la que informen del nuevo modelo de facturación bimestral aprobado por el Gobierno, que no hace sino recuperar el sistema previo al de recibos mensuales a partir de estimaciones.
La norma, que eleva de 10 a 15 kilovatios (kW) la potencia de los consumidores afectados por la medida, establece que los recibos se deben emitir conforme a lecturas reales, con lo que acaba con las estimaciones de consumo, que tantas reclamaciones generaron entre los consumidores.
La facturación mensual, puesta en práctica en septiembre de 2008, hacía que uno de cada dos meses se emitiese la factura a partir de la estimación del consumo realizado el año anterior.
Este método de cálculo, implantado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero poco después de la liberalización del mercado eléctrico de baja tensión, generaba importantes distorsiones, sobre todo en casos en los que existían diferencias notables de demanda entre el mes de facturación y el de referencia. Dicha situación se daba fundamentalmente en periodos en los que se registraban grandes oscilaciones meteorológicas o en los que la vivienda estaba desocupada. Como consecuencia, las compañías eléctricas han recibido multitud de quejas en los últimos años.
La nueva norma fue aprobada por el último Consejo de Ministros del año pasado y aún debe ser convalidada por el Congreso de los Diputados, aunque ya se encuentra en vigor a raíz de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Entre otras novedades, el real decreto también establece que, si el consumidor lo requiere, el consumidor podrá seguir acogido al sistema de facturaciones mensuales de los equipos de medida, si bien las lecturas reales seguirán haciéndose cada dos meses.
El real decreto también introduce la posibilidad de que los consumidores puedan aportar la lectura de su contador en el caso de que sea imposible la toma de datos por parte del distribuidor. Esta posibilidad de lectura del propio contador ya existe en otros suministros como el gas o el agua.
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