lunes, 24 de diciembre de 2012

Qué hacer si se compra un coche de segunda mano



MUCHASCASAS.NET.- Como norma general, antes de realizar la compra de un vehículo, hay que asegurarse de que no tiene cargas, embargos, precintos judiciales o limitaciones de disposición (como renting, leasing, etc.). En ese caso, el propietario del coche   debe cancelarlos antes de proceder a la venta. Por precaución, se puede solicitar un Informe de Antecedentes del vehículo en la Jefatura Provincial de Tráfico que cuesta 8 euros.
El comprador del vehículo dispone de 30 días para solicitar la transferencia o renovación del permiso de circulación
El comprador es quien tiene que proceder al cambio de nombre del vehículo adquirido y el vendedor tiene la obligación de notificar la venta, en un plazo de 10 días, a la Jefatura de Tráfico de la provincia en la que tenga su domicilio o en la que fue matriculado el vehículo. Para ello, resulta necesario un contrato de compraventa donde aparezcan identificados: el comprador, el vendedor, el coche objeto de la transacción, la fecha y la firma de ambos. El comprador del vehículo, por su parte, dispone de 30 días para solicitar la transferencia o renovación del permiso de circulación  .
Es conveniente que, tanto el comprador como el vendedor, acudan juntos para hacer los trámites del cambio de titularidad del vehículo. Si a alguno de ellos le fuera imposible presentarse, podrá acudir en su lugar otra persona con una autorización y con el DNI   original del interesado.
Qué documentos tramitar si el coche es de segunda mano
Cuando se compra un coche en un concesionario   todos los trámites los lleva a cabo una gestoría de la propia tienda. Sin embargo, al adquirir un vehículo de segunda mano a un particular, hay una serie de documentos que hay que presentar en la Delegación de Hacienda del municipio de que se trate, primero, y después en la Jefatura Provincial de Tráfico:
  • La documentación del coche: original y copia de la Ficha Técnica (que incluye las características del vehículo) y el permiso de circulación.
  • Si el vehículo tiene más de cuatro años, deberá tener la ITV en vigor.
  • El DNI en vigor (original y fotocopia) del comprador y el vendedor.
Las personas extranjeras residentes en España tienen que presentar el pasaporte y el NIE (Número de Identificación de Extranjeros). Cuando se trata de empresas o personas jurídicas, hay que aportar la tarjeta de identificación fiscal y el DNI del apoderado.
  • Una copia del Impuesto municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del año en vigor (conocido coloquialmente con "el número del coche"). Si no es posible localizarlo, se puede solicitar un duplicado en el ayuntamiento del municipio en cuestión.
  • El contrato de compraventa del vehículo, que tendrá que ser firmado por comprador y vendedor.
  • El impreso de solicitud de transmisión de vehículo, que debe estar rubricado por el comprador y el vendedor.
  • El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales - Transmisión de determinados medios de transporte usados (modelo 620). Este impreso se puede adquirir en la Delegación de Hacienda local y deberá ir firmado también por el comprador y el vendedor. También se puede descargar desde el portal de Internet de la Agencia Tributaria  
·         La Declaración de Transmisión de Compraventa de vehículos usados (modelo 430) cumplimentada. Se necesita presentar cuatro copias de este modelo, que tiene que estar rubricado por el comprador y el vendedor.
En la delegación de Hacienda pueden resolver las dudas que surjan a la hora de cumplimentar los dos últimos impresos, además de calcular el importe que se debe pagar. El abono se podrá efectuar en la entidad bancaria allí disponible.
·         Una vez abonados en Hacienda los impuestos de transmisiones patrimoniales (modelos 620 y 430), hay que presentar toda la documentación en la Jefatura Provincial de Tráfico y pagar allí la tasa de Transmisión de vehículos. Con ello, Tráfico expide el nuevo permiso de circulación en el que figurará, como titular del coche, el nuevo propietario.
·         Es entonces cuando ambos compradores pueden firmar el contrato privado que determine que los dos son los propietarios del vehículo.

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