El supervisor del mercado, dentro de su política de incrementar los controles internos de todas las entidades, obligará a todas las entidades de servicios de inversión a someterse al examen de un auditor
La CNMV ha dado otro paso adelante en su estrategia de incrementar los controles internos de todo el mercado, al obligar a todas las entidades de servicios de inversión y depositarias a someterse al examente externo de un auditor.
La medida, publicada hoy en el BOE, exige que un censor vierta su opinión sobre los procedimientos y sistemas de control que deben tener las entidades que prestan servicios de custodia de instrumentos financieros y de depósito de fondos.
Con este cambio, el supervisor consigue un doble objetivo. Por una parte, al introducir la figura de un auditor externo, puede constatar que la entidad cuenta con procedimientos formalizados por escrito para dicha custodia; por otro lado, se garantiza que dichos procedimientos sean los adecuados para cumplir con los requisitos normativos exigidos. En otras palabras, con esta medida, el supervisor confía en evitar que se produzcan en España escándalos como Madoff, que mañana celebra su triste primer anivesario.
El informe del auditor, que será remitido a la CNMV, deberá incluir también una opinión sobre las debilidades significativas de la entidad, posibles excepciones identificadas, y la recomendación del experto sobre qué debería hacerse.
El supervisor deberá recibir estos informes en los cinco primeros meses del ejercicio. No obstante, para las cuentas que concluyen el próximo 31 de diciembre, la CNMV ha concedido una prórroga hasta el 30 de junio de 2010.
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