MUCHASCASAS.NET.-REDACCIÓN.-El Gobierno trabaja en las modificaciones legales para que los extranjeros que adquieran una vivienda de más de 160.000 euros reciban automáticamente el permiso de residencia. Los expertos explican cómo los extranjeros pueden comprar actualmente una vivienda en España
1. EXTRANJEROS:
¿Cualquier extranjero puede comprar un piso en España?. ¿Se requiere cumplir algún requisito -trabajo, residencia- para poder comprar un piso en España?
Para comprar un piso en España
Cuando se trata de comprar una vivienda, las agencias inmobiliarias
pueden agilizar este trámite. Si se ha realizado la búsqueda de vivienda y se tiene claro el inmueble que se va a comprar, un agente de la propiedad inmobiliaria, por ejemplo, puede redactar un contrato de arras o señal que servirá para agilizar la tramitación del NIE. También es importante hacer una provisión de impuestos.
2. IMPUESTOS:
Si un extranjero compra un piso pero mantiene su residencia en otro país, ¿paga los impuestos en España?
Se entiende que todos los impuestos y gastos asociados a la compra de la vivienda deben pagarse en España, es decir, IVA en caso de vivienda nueva o ITP en caso de segunda mano, así como los gastos de tasación, notaría, gestoría y registro. Igualmente, impuestos como el IBI o la tasa de basuras, derivados de la compra de ese inmueble, se pagan aquí.
En España existe el Impuesto sobre la Renta de No Residentes
(IRNR), que es un tributo directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y entidades no residentes, salvo que sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se entenderá que una persona tiene su residencia habitual en territorio español cuando permanezca en España más de 183 días durante el año natural. En tal caso, se tributa por IRPF, no por IRNR.
Todo dependerá, no obstante, de si se soporta o no un impuesto personal en el extranjero y de la existencia de convenios de doble imposición. Así, por ejemplo, en cuanto a los rendimientos del capital inmobiliario, habría que establecer la base imponible sobre el valor catastral o, si el inmueble está alquilado, sobre la renta anual obtenida. El tipo general del IRNR es del 24%.
3. HIPOTECA:
¿La hipoteca ha de concederla un banco español o pueden pedir el préstamo a un banco de su país?
No se ha hecho ningún tipo de aclaración a este respecto, dado que las modificaciones propuestas para la Ley de Extranjería anunciadas aún están valorándose. En el mercado existen hipotecas para no residentes
En principio, el extranjero puede tener una cuenta bancaria
4. PERMISO DE RESIDENCIA:
Hasta ahora, ¿tener un piso en España no daba a los extranjeros el derecho a empadronarse en nuestro país u obtener permiso de residencia?
No es lo mismo el empadronamiento
Respecto al permiso de residencia
5. TITULARES DE LA RESIDENCIA:
¿El permiso de residencia que conceda el Gobierno será solo al titular de la vivienda o también a su familia directa? ¿Quiénes podrán agregarse como beneficiarios de ese permiso de residencia?
El Gobierno habla de la concesión de un permiso de residencia temporal
En Portugal obtienen el permiso de residencia todos los extranjeros que compren una propiedad a partir de 500.000 euros. En Irlanda, también existe una cantidad mínima de medio millón de euros y, además, se controla mucho más a los solicitantes porque la concesión de residencia queda sujeta a la decisión de un comité.
En cuanto a si la residencia se otorga al titular o a toda su familia, entendemos que existirán trámites y plazos que cumplir para extender esta autorización a los familiares. En España, la reagrupación familiar
6. EXTINCIÓN DE LA RESIDENCIA:
Cuando vendan ese piso, ¿los extranjeros perderán el permiso de residencia?
Es posible que el Gobierno establezca plazos en este sentido, eliminando la posibilidad especulativa a corto plazo, aunque lo que se pretende con esta iniciativa es, precisamente, aliviar el stock.
En cuanto a la renovación del permiso de residencia
En este sentido, es importante que el Gobierno defina de qué tipo de permiso de residencia se trata. Un permiso de residencia temporal permite estar en España entre 90 días y 5 años. La primera concesión es de un año y se puede renovar. En términos generales, sin entrar en excepciones, tras cinco años de residencia temporal continuada es posible solicitar la de carácter permanente.
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