miércoles, 23 de enero de 2013

El alquiler social para desahuciados ya tiene patas



MUCHASCASAS.NET.-REDACCIÓN.-Ya le han salido patas al alquiler social para desahuciados prometido por el gobierno en sus medidas anti-desahucio. Se ha firmado el convenio de constitución del Fondo Social de Viviendas (FSV) que ofrecerá 5.891 viviendas en alquiler social para familias desahuciadas y en situación de especial vulnerabilidad. Ahora ya puede empezar a andar y hacer la primera asignación de hogares prometida para el 31 de marzo.

Quién ha firmado el convenio de constitución del Fondo Social de Viviendas (FSV)

El convenio para la constitución del Fondo Social de Viviendas (FSV) destinadas al alquiler ha sido firmado hoy por los ministerios de Economía y Competitividad, Sanidad y Servicios Sociales, Fomento, Banco de España, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Plataforma del Tercer Sector (Organizaciones no Gubernamentales), las patronales bancarias y 33 entidades de crédito.

La puesta en marcha de este fondo social de viviendas da cumplimiento a la encomienda al Gobierno incluida en el Real Decreto-ley 27/2012 sobre medidas urgentes para reforzar la protección de deudores hipotecarios.

Quién puede solicitar este alquiler social y condiciones del alquiler

Cada entidad de crédito constituirá su propio fondo con un número inicial de viviendas, aunque podrán ampliarlo. Las viviendas serán ofrecidas a las familias que hayan sido desalojadas de su vivienda por el impago de un préstamo hipotecario de la misma entidad propietaria del fondo.

Las familias en situación de especial vulnerabilidad que hayan sido desalojadas de sus viviendas después de 1 de enero de 2008 podrán solicitar los inmuebles a partir de la puesta en marcha del convenio. El alquiler tendrá una duración de dos años y las rentas oscilarán entre 150 euros y 400 euros al mes, con un límite máximo del 30% de los ingresos netos totales de la unidad familiar.

Se van a poder beneficiar de esta medida las personas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual y cumplan las siguientes condiciones:

1. Que el desalojo se haya producido como consecuencia de una demanda de ejecución, por impago de un préstamo hipotecario, iniciada por la misma entidad que constituye el fondo social de viviendas.

2. Que el desalojo se haya producido a partir del día 1 de enero de 2008.

3. Que en el momento de presentación de la solicitud se encuentre en las siguientes circunstancias:
A. Que el conjunto de los ingresos mensuales de los miembros de su unidad familiar no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (1.597 euros conforme al IPREM actual).
B. Que ninguno de los miembros de la unidad familiar disponga de vivienda en propiedad.

4. Que se encuentre en un supuesto de especial vulnerabilidad. A tal fin, se entenderán como tales cualquiera de los siguientes:
A. Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente.
B. Unidad familiar monoparental con dos o más hijos a cargo.
C. Unidad familiar de la que forme parte, al menos, un menor de tres años.
D. Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral.
E. Unidad familiar en la que el deudor se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones por desempleo.
F. Unidad familiar con la que convivan, en la misma vivienda, una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que alguno de sus miembros se encuentre en situación personal de discapacidad, dependencia, enfermedad grave que les incapacite de forma temporal o permanente para realizar una actividad laboral.
G. Unidad familiar en la que exista alguna víctima de violencia de género.

Cómo se gestionará este alquiler socialLas entidades de crédito pondrán a disposición de los posibles beneficiarios, de los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales colaboradores, de las Organizaciones No Gubernamentales que desarrollen y ejecuten proyectos de inclusión social y de la Comisión de Coordinación y Seguimiento de este plan, información relativa a la viviendas incluidas en su fondo social, sus características básicas, su distribución por municipios y comunidades autónomas, los requisitos para acceder al contrato de arrendamiento y los términos básicos del mismo. Esta información estará igualmente disponible en las sucursales de las entidades de crédito y sus páginas electrónicas. La puerta de la esperanza

Quiero saber mes a mes si esas llaves son de verdad la puerta de la esperanza“. Son palabras de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, que ha presidido el acto de firma del convenio del FSV. Ahí ha afirmado que el convenio recoge el derecho de los ciudadanos que perdieron su casa en propiedad a tener una vivienda digna a un precio equitativo si cumplen unos requisitos determinados. Este convenio, según la vicepresidenta, pretende paliar la situación de aquellas personas que confiaron en el futuro, invirtieron para sacar adelante a sus familias y a las que las cosas no les fueron bien no por su irresponsabilidad sino porque la coyuntura económica no era la deseada y perdieron lo que tenían.

Sáenz de Santamaría ha subrayado que en una situación de crisis como la actual las familias tienen derecho a volver a empezar y a tener una vivienda digna donde criar a sus hijos: “Hemos sido justos y equitativos y hemos trabajado para dar una segunda oportunidad mucho más que merecida a todos los que arriesgaron por España, por su familia y no pudieron salir adelante“.

La vicepresidenta considera que la puesta a disposición de las familias de casi 6.000 viviendas no supone un esfuerzo excesivo para las entidades financieras, sino que es un esfuerzo solidario y conjunto de un país que quiere que las familias tengan en un hogar que les haga sentir la cobertura y protección de los poderes públicos.

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