¿Quién puede acogerse a la suspensión de una ejecución hipotecaria?
El Gobierno ha aprobado la creación de un fondo social de viviendas para desalojados
MUCHASCASAS.NET.-
El Consejo de Ministros ha aprobado este 15 de noviembre de 2012 un Real
Decreto-Ley de protección de los deudores hipotecarios que establece un mandato
al Gobierno para crear un «fondo social de viviendas», que podrán ser alquiladas
por personas desahuciadas, y una paralización de los desahucios durante dos
años.
La medida protegerá a colectivos sociales
desfavorecidos.
El requisito previo es tener un nivel de
renta inferior a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
(IPREM) -1.597 euros mensuales, es decir, 19.164 euros anuales- o que se haya
producido una «alteración significativa de las circunstancias económicas».
Ello supone que el peso de la cuota
hipotecaria sobre los ingresos aumente en un 50 por ciento en los últimos
cuatro años, o que la cuota hipotecaria supere el 50 por ciento de los ingresos
netos.
En todos los casos, la vivienda hipotecada
tiene que ser la residencia habitual.
Una vez cubierto el requisito económico, los
colectivos sociales a los que se ha referido el Gobierno son los siguientes:
- - Familias numerosas,
- - Monoparentales con dos hijos
- - Familias con menores de tres años a su cargo
- - Familias en las que al menos uno de sus miembros tenga una discapacidad superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia o enfermedad que le impida trabajar, o que
- - Familias en las que alguno de sus miembros haya sufrido violencia de género
- - Deudores desempleados y que hayan agotado la prestación por desempleo.
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